Norma Legal Oficial del día 20 de marzo del año 2016 (20/03/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Domingo 20 de marzo de 2016
NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Estatal 0 a 30 30 a más 0 a más 0 a más

NORMAS LEGALES
Cargo por Volumen de Alcantarillado
0.767 0.943 0.943 0.767 CLASE CATEGORÍA RESIDENCIAL Social Doméstico 0 a más 0a8 8 a 20 20 a más NO RESIDENCIAL 0 a 30 30 a más 0 a más 0 a más 0.033 0.033 0.071 0.096 0.096 0.118 0.118 0.096 RANGOS (m /mes)
3

581377

Tarifa (S/./m3) Año 1

(*) Las tarifas no incluyen IGV. Cargo por Volumen de Alcantarillado
CLASE CATEGORÍA RESIDENCIAL Social 0 a más 0a8 Doméstico 8 a 20 20 a más NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Estatal 0 a 30 30 a más 0 a más 0 a más 0.190 0.233 0.233 0.190 Social 10 0.095 0.095 0.144 0.190 RANGOS (m3/mes) Tarifa (S/./m3) Año 1 Comercial Industrial Estatal

(*) Las tarifas no incluyen IGV. Asignación Máxima de Consumo
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Doméstico 20 Comercial 25 Industrial 45 Estatal 25

(*) Las tarifas no incluyen IGV. Asignación Máxima de Consumo
VOLUMEN ASIGNADO (m3/mes) Social 10 Doméstico 20 Comercial 25 Industrial 45 Estatal 25

Nota: Debido a las correcciones de los niveles tarifarios que no cumplían con los criterios de jerarquía establecidos en el Reglamento General de Tarifas, el consumo asignado de la categoría comercial disminuye de 30 m3 a 25 m3; el consumo asignado de la categoría industrial disminuye de 50 m3 a 45 m3; el consumo asignado de la categoría estatal disminuye de 30 m3 a 25 m3. Para determinar el importe a facturar por los servicios de agua potable, se aplicará el siguiente procedimiento: a. Para las categorías social, industrial y estatal, se les aplicará la tarifa correspondiente a todo el volumen consumido. El mismo criterio aplica para la categoría comercial en el caso de las localidades de Villa Rica y Oxapampa. b. Para determinar el importe a facturar por el servicio de agua potable a los usuarios de la categoría doméstico se utilizará el siguiente procedimiento: · Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del primer rango (0 a 8 m3), se le aplicará la tarifa correspondiente a dicho rango. · Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del segundo rango (8 a 20 m3) se le aplicará: i) la tarifa correspondiente al primer rango por los primeros 8 m3 consumidos, y ii) la tarifa correspondiente al segundo rango por el volumen en exceso de 8 m3. La suma de los resultados parciales determinará el importe a facturar. · Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del tercer rango (más de 20 m3), se aplicará: i) la tarifa correspondiente al primer rango por los primeros 8 m3 consumidos, ii) la tarifa correspondiente al segundo rango por el volumen comprendido entre 8 m3 y 20 m3, y iii) la tarifa correspondiente al tercer rango por el volumen en exceso de 20 m3. La suma de los resultados parciales determinará el importe a facturar. c. Para determinar el importe a facturar por el servicio de agua potable a los usuarios de la categoría comercial (a excepción de las localidades de Villa Rica y Oxapampa), se aplicará la tarifa establecida para cada nivel de consumo, de acuerdo al procedimiento siguiente: · Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del primer rango (0 a 30 m3), se le aplicará la tarifa correspondiente a dicho rango. · Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del segundo rango (30 a más) se le aplicará: i) la

Nota: Debido a las correcciones de los niveles tarifarios que no cumplían con los criterios de jerarquía establecidos en el Reglamento General de Tarifas, el consumo asignado de la categoría comercial disminuye de 30 m3 a 25 m3; el consumo asignado de la categoría industrial disminuye de 50 m3 a 45 m3; el consumo asignado de la categoría estatal disminuye de 30 m3 a 25 m3. V. Estructura Tarifaria de la Localidad de San Ramón Cargo por Volumen de Agua Potable
CLASE CATEGORÍA RESIDENCIAL Social 0 a más 0a8 Doméstico 8 a 20 20 a más NO RESIDENCIAL Comercial Industrial Estatal 0 a 30 30 a más 0 a más 0 a más 0.379 0.463 0.463 0.379 0.129 0.129 0.280 0.379 RANGOS (m3/mes) Tarifa (S/./m3) Año 1

(*) Las tarifas no incluyen IGV.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.