Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2016 (31/03/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 61

El Peruano / Jueves 31 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES
VISTOS:

582023

por los incisos 3) y 4) del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del PoderJudicial; RESUELVE: Artículo Primero: DISPONER el inicio del Plan Piloto del "Proyecto de Mejoramiento de los Sistemas Judiciales para el Comercio y la Economía (Proyecto Justicia)", a partir del 5 de abril del presente año, en el 1°, 2° y 3° juzgado con Sub especialidad Comercial de este Distrito Judicial; los mismos que conforman el módulo del primer piso de la Sede Comercial, ubicada en la Av. Petit Thouars N° 4979, Miraflores, debiendo los jueces de los referidos juzgados y su personal facilitar y cumplir las disposiciones tendientes a la implementación del mencionado Plan Piloto. Artículo Segundo: RECONFORMAR la Comisión Distrital de Implementación del Proyecto de Mejoramiento de los Sistemas Judiciales para el Comercio y la Economía (Proyecto Justicia), que también tendrá a su cargo la evaluación y la correcta implementación del Plan Piloto, la misma que estará integrada por: - Dr. Miguel Ángel Benito Rivera Gamboa (Presidente). - Juez del 1º Juzgado Civil con Sub especialidad Comercial. - Juez del 2º Juzgado Civil con Sub especialidad Comercial. - Juez del 3º Juzgado Civil con Sub especialidad Comercial. - El Administrador de la especialidad Comercial asignado para atender el primer piso o quien haga sus veces. Las funciones de Juez Coordinador de la Comisión Distrital mencionada será ejercida por un periodo de seis meses, alternadamente, por los Jueces del 1°, 2° y 3° Juzgado Civil con Sub especialidad Comercial; iniciándose por el Juez del 1° Juzgado Civil con Sub especialidad Comercial y así sucesivamente. Artículo Tercero: FACULTAR a la Comisión a realizar las coordinaciones con los órganos de gestión de este Distrito Judicial, con las unidades organizacionales de la Gerencia de Administración Distrital, así como con entidades públicas o privadas, previa coordinación con este Despacho para realizar la implementación del proyecto. Artículo Cuarto: DISPONER que el Juez Superior Coordinador de la Sede Comercial, coadyuve con los fines a los que se contrae la implementación dispuesta; representando a este despacho en cuanto corresponda; realizando los acuerdos pertinentes a los que hubiere lugar con las diferentes áreas administrativas de la Corte Superior de Justicia de Lima y el Programa Presupuestal Celeridad en los Procesos de Materia Civil Comercial 0119 del Poder Judicial. Artículo Quinto: PONER la presente Resolución Administrativa en conocimiento del Presidente del Poder Judicial; Consejo Ejecutivo del Poder Judicial; Gerencia General; Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial; Oficina Distrital de Control de la Magistratura; Gerencia de Administración Distrital y a los Magistrados y funcionarios integrantes de la Comisión para los fines pertinentes.Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.OSWALDO ALBERTO ORDÓÑEZ ALCÁNTARA Presidente 1361922-1

La Resolución Administrativa N° 033-2016-CE-PJ de fecha 10 de febrero de 2016, publicada el 20 de febrero del año en curso en el diario oficial El Peruano. CONSIDERANDO: Primero: Que, mediante el artículo tercero de la Resolución Administrativa N° 033-2016-CE-PJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial dispuso crear, a partir del 01 de abril y hasta el 30 de noviembre de 2016, la 2° Sala Laboral Liquidadora Transitoria de la Corte Superior de Justicia de Lima, con las tres plazas de Juez Superior que se encuentran inactivas y presupuestadas en el Cuadro para Asignación del Personal (CAP) de la 2° Sala Penal para procesos con Reos en Cárcel de la Corte Superior de Justicia de Lima, para que atienda la liquidación de los procesos de la Ley N° 26636, en apoyo a la 1°, 2° y 7° Salas Laborales Permanentes Liquidadores de la referida Corte Superior. Segundo: Que, a través del artículo sétimo de la citada resolución, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial faculta a la Presidencia de esta Corte disponer las acciones administrativas necesarias para el cumplimiento de las disposiciones contenidas en ella. Tercero: Que, el Presidente de la Corte Superior es la máxima autoridad administrativa de la sede judicial a su cargo, dirige la política interna de su Distrito Judicial a fin de garantizar un eficiente servicio de impartición de justicia; en tal sentido, corresponde a la Presidencia de esta Corte dictar las medidas administrativas pertinentes a fin de optimizar el funcionamiento de las Salas Laborales de este Distrito Judicial. Por lo expuesto, y en uso de las facultades conferidas por los incisos 3 y 9 del artículo 90 del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DISPONER que en el plazo de 07 (siete) días hábiles, contados a partir de la fecha de publicación de la presente resolución, se ejecute la siguiente medida: - La 1° y 7° Salas Laborales Permanentes de Lima remitan a la Mesa de Partes correspondiente a su sede, los expedientes signados con numeración par, ingresados al 31 de enero de 2016, excepto aquellos expedientes que hayan quedado al voto y con programación de vista de causa hasta el 15 de abril del año en curso, a la 2° Sala Laboral Transitorio de Lima que se encargará de atender la liquidación de los procesos de la Ley N° 26636. Artículo Segundo.- DISPONER que los expedientes a ser redistribuidos deberán ser remitidos con todos sus cuadernos, debidamente cosidos y foliados. Los expedientes que no cumpla con tales requerimientos no serán objeto de redistribución, bajo responsabilidad de los Presidentes de las Salas Laborales a que se refiere el articulo primero de la presente resolución, y del Relator y Secretario de las mismas. Artículo Tercero.- DISPONER que los Presidentes de las Salas Laborales a que se refiere el articulo primero de la presente resolución, deberán informar a la Unidad de Planeamiento y Desarrollo sobre el cumplimiento de lo ordenado, bajo responsabilidad funcional, dentro del plazo de 5 (cinco) días hábiles contados a partir de la fecha de culminación de la redistribución ordenada. Artículo Cuarto.- DISPONER que la Unidad Administrativa y de Finanzas mediante su Coordinación de Informática, lleve a cabo la adecuación del Sistema Informático Judicial (SIJ) para el cumplimiento de la presente resolución, asegurando la operatividad de los módulos informáticos a utilizarse en la presente resolución administrativa, realizando un seguimiento y monitoreo del sistema; así mismo, informar de las

Dictan medidas administrativas para optimizar el funcionamiento de las Salas Laborales de la Corte Superior de Justicia de Lima
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 140-2016-P-CSJLI/PJ Lima, 30 de marzo de 2016.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.