Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2016 (31/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Jueves 31 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

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manera automática, con la sola verificación en la base de datos del Sistema de Rentas, que los predios sean de propiedad de una Institución y/o Congregación Religiosa y que tengan los usos establecidos en el artículo primero de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- La Administración Tributaria, podrá dentro de sus facultades de Fiscalización establecidas en el TUO del Código Tributario, verificar el uso de los predios de las Instituciones y/o Congregaciones Religiosas a las cuales se les condone los Arbitrios Municipales, así como requerir cualquier otra documentación que acredite que se cumple con los requisitos de la presente Ordenanza. Artículo Cuarto.- Déjese sin efecto, todos los valores tributarios emitidos a nombre de las Instituciones y/o Congregaciones Religiosas que se encuentren pendientes de pago por Arbitrios Municipales hasta diciembre de 2015, debiéndose suspender y archivar definitivamente los procesos de ejecución coactiva que se hayan iniciado y que tengan su origen en dichos valores, así como levantar las medidas cautelares en el caso que hubieren sido trabadas, sin costas ni gastos administrativos. Artículo Quinto.- La condonación establecida en la presente norma no implica la devolución de los pagos por lo arbitrios que ya hubieran sido cancelados. Artículo Sexto.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración Tributaria y Rentas y a la Subgerencia de Informática y Estadística, el cumplimiento de lo dispuesto en la presente Ordenanza, en lo que sea de su competencia. Artículo Sétimo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir del día siguiente de su publicación. Artículo Octavo.- Encárguese a la Gerencia de Comunicaciones su difusión, a Secretaría General la publicación en el Diario Oficial El Peruano y a la Subgerencia de Informática y Estadística su publicación en el Portal de la Municipalidad de Magdalena del Mar www.munimagdalena.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano: www.peru.gob.pe. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. FRANCIS JAMES ALLISON OYAGUE Alcalde 1361266-1

materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa..."; Que, el inciso 32) del artículo 9º de la Ley acotada, establece que corresponde al Concejo Municipal "... aprobar el cuadro de asignación de personal y las bases de las pruebas para la selección de personal y para los concursos de provisión de puestos de trabajo..."; Que, mediante Ordenanza Nº 354-MPL, se aprobó el Cuadro de Asignación de Personal (CAP) de la Municipalidad de Pueblo Libre, la misma que entró en vigencia a partir del 1 de Enero de 2011; Que, mediante Ordenanza Nº 444-MPL, se aprobó el REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE que contiene las modificaciones de la nueva Estructura Orgánica, la misma que entró en vigencia a partir del 21 de agosto de 2015; Que, Informe Nº 190-2015-MPL/GPP de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto señala que se ha procedido a actualizar el Cuadro para Asignación de Personal en función a las nuevas Unidades Orgánicas establecidas en la Ordenanza Nº 444-MPL y tomando en cuenta la ubicación del personal a la fecha, en cada una de las Oficinas actuales, todo ello en coordinación con la Subgerencia de Recursos Humanos dependiente de la Gerencia de Administración y Finanzas; Que, la Opinión Legal Nº 350-2015-MPL/GAJ y el Informe Legal Nº 012-2016-MPL/GAJ de la Gerencia de Asesoría Jurídica señalan que es procedente la aprobación del Proyecto de Cuadro de Asignación de Personal en la Municipalidad de Pueblo Libre; Que, el Informe Nº 868-2015-MPL-GAF/SGRH de la Subgerencia de Recursos Humanos, señala que el objetivo del citado proyecto es regular la cantidad y calidad de los cargos, plazas o puestos con sus respectivas características para el adecuado funcionamiento de la Entidad, ya que los cargos que se definen en el CAP deben de estar en concordancia con la estructura orgánica aprobada en el ROF; asimismo, el objetivo del CAP es priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos; Por lo que en uso de las facultades conferidas por los numerales 8) y 32) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, el Concejo Municipal, por unanimidad y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, aprobó la siguiente: ORDENANZA Artículo Primero.- APROBAR la ORDENANZA QUE APRUEBA EL CUADRO DE ASIGNACIÓN DE PERSONAL EN LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE. Artículo Segundo.- DEROGAR toda disposición municipal que contravenga a la Ordenanza citada en el artículo primero de la presente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, a la Gerencia de Administración y Finanzas y a la Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico el cumplimiento de la presente Ordenanza. POR TANTO Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. JHONEL LEGUIA JAMIS Alcalde 1361107-1

MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE
Aprueban el Cuadro de Asignación Personal en la Municipalidad
ORDENANZA Nº 465-MPL Pueblo Libre, 17 de marzo de 2016 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DE PUEBLO LIBRE VISTO: en Sesión Ordinaria Nº 06 de la fecha; el Dictamen Nº 007-2016-MPL-CPL/CODEAL de la Comisión Ordinaria de Desarrollo Económico, Administrativo y Legal del Concejo Distrital de Pueblo Libre; y, CONSIDERANDO: Que, los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, conforme lo establece el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972; Que, el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, señala que "...Las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las

Aprueban reconversión de los términos porcentuales de los derechos administrativos vigentes contenidos en el TUPA de la Municipalidad, actualizados en función a la UIT establecida para el año Fiscal 2016
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 02-2016-MPL-A Pueblo Libre, 16 de marzo de 2016.

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