Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2016 (31/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

El Peruano / Jueves 31 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES
POR TANTO:

582029

Que, según Informe Nº 157-2016-GAJ/MDC de fecha 14 de Marzo, la Gerencia de Asuntos Jurídicos, de Conformidad con lo establecido en el numeral 1º del Artículo 67º del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF de la Municipalidad de Comas, OPINA, que es PROCEDENTE la solicitud formulada en los actuados respecto a la modificación el artículo 3º de la Ordenanza Nº 257-C/MC, Que, con el Informe Nº 007-2016-SG/MC, el Secretario General remite al Gerente Municipal el Proyecto de la Ordenanza modificatoria de la Ordenanza Nº 257-C/MC de fecha 06 de febrero del 2008, respecto del Artículo 3º del Reglamento de Elección de los Representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital ­ CCLD, para que la haga suya y proceda con el trámite correspondiente; Que, según Proveído Nº 459-GM/MC de fecha 15 de Marzo, la Gerencia Municipal haciendo suya la propuesta del Proyecto de Ordenanza modificatoria y remite los actuados para que esta eleve al Concejo y continúe el trámite según corresponda. Que, El Reglamento Interno del Concejo Municipal de Comas aprobado mediante Ordenanza Nº 371-MDC, prescribe en su Art..55º:"las comisiones de Regidores son órganos consultivos del Consejo Municipal, cuya labor es el estudio y el análisis de los asuntos de su competencia y que son sometidos a su conocimiento o en aquellos que el Concejo les encarguen, debiendo emitir el Dictamen correspondiente, para lo cual los regidores deberán de participar obligatoriamente en las sesiones de trabajo de dichas comisiones...". Que, el Acuerdo de Concejo Nº 001-2016/MC, Acuerda en su Artículo Primero: "ESTABLECER LAS COMISIONES PERMANENTES DE TRABAJO del Concejo Municipal Distrital de Comas para el periodo 2015". Que, con fecha 16 de Marzo del 2016, la Comisión Permanente de Regidores de Participación Vecinal y Desarrollo Comunal solicita elevar al Pleno de Concejo para su respectiva consideración el Dictamen que aprueba la modificación del Reglamento Interno del Concejo conforme a la propuesta del Proyecto de modificación de la Ordenanza que Reglamenta la elección de los representantes de la Sociedad Civil ante el Consejo de Coordinación Local Distrital en el Distrito de Comas; Estando a lo expuesto y en ejercicio dela facultad conferida por el artículo 9º numeral 8) de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades; el Concejo Municipal, luego del debate correspondiente aprobó por UNANIMIDAD, la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL ARTÍCULO 3º DE LA ORDENANZA Nº 257-C/MC QUE REGLAMENTA LA ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL EN EL DISTRITO DE COMAS Artículo Primero.- MODIFÍQUENSE el artículo3º de la Ordenanza Nº 257-C/MC,que aprueba el REGLAMENTO DE ELECCIÓN DE LOS REPRESENTANTES DE LA SOCIEDAD CIVIL ANTE EL CONSEJO DE COORDINACIÓN LOCAL DISTRITAL EN EL DISTRITO DE COMAS, el mismo que quedará redactado de la siguiente manera: "Artículo 3º.-INTEGRANTES.- Son integrantes del CCLD del distrito de Comas, los siguientes: A. El Alcalde, quien lo presidirá, pudiendo delegar al Teniente Alcalde. B. Los Regidores (15)Quince. C. (06) Seis representantes de la Sociedad Civil. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal disponga la publicación de la presente en el Diario Oficial El Peruano y queel órgano correspondiente, publique el íntegro de este documento en el Portal Institucional (www.municomas.gob.pe) Artículo Tercero.- DEROGAR todas las disposiciones que se opongan a la presente Ordenanza.

Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. MIGUEL ANGEL SALDAÑA REATEGUI Alcalde 1361773-1

MUNICIPALIDAD DE LA MOLINA
Otorgan beneficios tributarios diferenciados a favor de contribuyentes del distrito sobre deudas generadas como resultado de acciones de fiscalización y/o actualización catastral
ORDENANZA Nº 308 La Molina, 23 de marzo de 2016 EL CONCEJO DISTRITAL DE LA MOLINA VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Dictamen Conjunto Nº 03-2016 de la Comisión de Administración, Administración Tributaria, Presupuesto e Informática y la Comisión de Asuntos Jurídicos, sobre Proyecto de Ordenanza que otorga "Beneficios Tributarios Diferenciados a favor de los Contribuyentes del distrito de La Molina sobre deudas generadas producto de un Proceso de Fiscalización Tributaria y/o Actualización Catastral"; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8) y 9) del artículo 9° y artículo 40° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, por mayoría y con dispensa del trámite de su lectura y aprobación del acta, emitió la siguiente: ORDENANZA QUE OTORGA BENEFICIOS TRIBUTARIOS DIFERENCIADOS A FAVOR DE LOS CONTRIBUYENTES DEL DISTRITO DE LA MOLINA SOBRE DEUDAS GENERADAS PRODUCTO DE UN PROCESO DE FISCALIZACIÓN TRIBUTARIA Y/O ACTUALIZACIÓN CATASTRAL Artículo Primero.- Objetivo La presente Ordenanza tiene como objetivo regular beneficios tributarios de carácter temporal a favor de los contribuyentes del distrito de La Molina con la finalidad de incentivar la regularización de la declaración jurada de inscripción y/o de rectificación de predios y la regularización de la deuda tributaria por concepto de Impuesto Predial y Arbitrios Municipales, generada como resultado de acciones de fiscalización tributaria y/o procedimiento de actualización catastral; sea cual fuere el estado en el que la deuda se encuentre. Artículo Segundo.- Alcance Podrán acogerse al presente beneficio, las personas naturales, sociedades conyugales, sucesiones indivisas y personas jurídicas que sean propietarias o poseedoras de inmuebles, que se encuentren en calidad de omisos a la inscripción de su predio o no hubieran actualizado las características del mismo, siempre que permitan la inspección de sus predios, cumplan con declarar y pagar la deuda generada producto de las diferencias detectadas, dentro de los alcances de la presente Ordenanza. Artículo Tercero.- Beneficios Los contribuyentes con calidad de omisos y/o subvaluadores que dentro de la vigencia de la presenta Ordenanza cumplan con la presentación de la Declaración Jurada respectiva en base a la inspección realizada, conforme la ficha de fiscalización, y en base a lo determinado mediante su carta de liquidación y/o RD, obtendrán los siguientes beneficios:

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