Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2016 (31/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES
VISTOS:

Jueves 31 de marzo de 2016 /

El Peruano

para tal efecto, que los gastos por concepto de pasajes y viáticos en los que incurran los mencionados funcionarios, sean asumidos íntegramente por el INDECOPI; De conformidad con lo establecido en el Decreto Legislativo Nº 1033, Ley de Organización y Funciones del INDECOPI; Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; Ley Nº 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; y, el inciso g) del Artículo 7° del Reglamento de Organización y Funciones del INDECOPI, aprobado por el Decreto Supremo Nº 009-2009-PCM y modificado por Decreto Supremo Nº 107-2012-PCM; RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje a la Ciudad de México, Estados Unidos Mexicanos, de los señores Jesús Eloy Espinoza Lozada, Secretario Técnico de la Comisión de Defensa de Libre Competencia (CLC), Mauricio Gonzales del Rosario, Gerente de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales (GCT), y Jorge Roberto Miranda Assen, Ejecutivo 2 de la Gerencia de Cooperación Técnica y Relaciones Institucionales (GCT) del Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, del 11 al 15 de abril de 2016, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución y de conformidad con el ordenamiento vigente. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente Resolución de la Presidencia del Consejo Directivo del INDECOPI serán cubiertos por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual - INDECOPI, de acuerdo al siguiente detalle:
Pasaje US$ 1900 1900 1900 Viáticos Total Número por día Viáticos Total US$ de días US$ US$ 440 440 440 3+1 3+1 3+1 1760 1760 1760 3660 3660 3660

La Resolución Administrativa N°034-2013-CE-PJ de fecha 13 de febrero de 2013, la Resolución Administrativa N° 709-2013-P-CSJLI/PJ de fecha 09 de julio de 2013; y CONSIDERANDO: Que, por Resolución Administrativa N°034-2015-CEPJ, el Consejo Ejecutivo del Poder Judicial aprueba el "Proyecto de Mejoramiento de los Sistemas Judiciales para el Comercio y la Economía (Proyecto Justicia)", el mismo que se aplicará, entre otras Cortes Superiores de Justicia del país, en la Corte Superior de Justicia de Lima; Que, a través de la Resolución Administrativa N° 709-2013-P-CSJLI/PJ se dispuso que la ejecución del Plan Piloto del "Proyecto de Mejoramiento de los Sistemas Judiciales para el Comercio y la Economía (Proyecto Justicia) se realice en el 1º y 2º Juzgado Civil con Sub especialidad Comercial de la Corte Superior de Justicia de Lima, así mismo la Presidencia de esta Corte dispuso conformar la Comisión Distrital que realice las coordinaciones y acciones convenientes para la implementación del proyecto mencionado; Que, la implementación en este Distrito judicial del Proyecto de Mejoramiento de los Sistemas Judiciales para el Comercio y la Economía (Proyecto Justicia), tiene por objeto el desplazamiento de actividades administrativa que realizan los jueces a áreas administrativas especializadas en la atención de los usuarios de justicia, otorgándose así a los jueces mayor tiempo para la atención de sus funciones jurisdiccionales; Que, como se indica en el Informe de fecha 16 de marzo de 2016, del Responsable Técnico del Programa Presupuestal Celeridad en los Procesos de Materia Civil Comercial 0119 del Poder Judicial, han culminado las adecuaciones logísticas y de infraestructura realizadas en el primer piso de la sede de los órganos jurisdiccionales de la Sub especialidad Comercial, existiendo por ende las condiciones materiales para el funcionamiento del Plan Piloto del "Proyecto de Mejoramiento de los Sistemas Judiciales para el Comercio y la Economía (Proyecto Justicia); correspondiendo emitir el documento que disponga el inicio del Plan Piloto dentro de referida la Sub especialidad; Que, si bien mediante Resolución Administrativa N° 09-2013-P-CSJLI/PJ se dispuso que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima presida la Comisión de Implementación del Proyecto de Mejoramiento de los Sistemas Judiciales para el Comercio y la Economía (Proyecto Justicia); y, que en la Resolución Administrativa N° 034-2013-CE-PJ se establece a la referida Presidencia como responsable, en este distrito judicial, de la ejecución del Plan Piloto del referido Proyecto; es pertinente indicar que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, actualmente, por disposición del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, tiene a su cargo la implementación en este distrito judicial del Decreto Legislativo N° 1194 ­ Decreto Legislativo que regula el proceso inmediato en los casos de flagrancia (Resolución Administrativa N° 347-2015-CEPJ); asimismo, tiene a su cargo la implementación del Tercer Sub Módulo del Módulo Corporativo Laboral y las Salas Laborales Transitorias (Resolución Administrativa N° 179-2015-CE-PJ; y, Resolución Administrativa N° 33-2016-CE-PJ); y la implementación de la Ley N° 30364 ­ Ley para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres y los integrantes del grupo familiar; de otro lado, también forma parte de la Comisión de Productividad, del Plan Operativo Institucional, del Equipo Técnico de Implementación del nuevo Código Procesal Penal y la nueva ley procesal laboral; entre otras; Que, lo indicado en el considerando anterior acredita las recargadas funciones de la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima, por ello es necesario que se delegue las funciones de la Presidencia de la Comisión de Implementación del Proyecto de Mejoramiento de los Sistemas Judiciales para el Comercio y la Economía (Proyecto Justicia) en un Juez de la Sub especialidad Comercial, quien periódicamente informará sobre el estado de implementación del referido Proyecto; Por lo expuesto, la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Lima en ejercicio de las facultades conferidas

Nombre y Apellidos Jesús Eloy Espinoza Lozada Mauricio Gonzales del Rosario Jorge Roberto Miranda Assen

Artículo 3°.- Dentro de los quince (15) días calendario siguientes de efectuado el viaje, los participantes deberán presentar ante el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual ­ INDECOPI, un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos. Artículo 4º.- El cumplimiento de la presente Resolución no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. HEBERT EDUARDO TASSANO VELAOCHAGA Presidente del Consejo Directivo 1361878-1

PODER JUDICIAL

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen inicio del Plan Piloto del "Proyecto de Mejoramiento de los Sistemas Judiciales para el Comercio y la Economía (Proyecto Justicia)"
CORTE SUPERIOR DE JUSTICIA DE LIMA RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 136-2016-P-CSJLI/PJ Lima, 30 de marzo de 2016

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