Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2016 (31/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 65

El Peruano / Jueves 31 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES GOBIERNOS LOCALES

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la exposición de los temas seleccionados para el análisis de las políticas monetarias; Que, asimismo en este evento se desarrollarán temas vinculados sobre la construcción y el análisis de las curvas de rendimiento, el modelado de volatilidad y la previsión, el uso de precios de las opciones para inferir las funciones de densidad de probabilidad, entre otros; Que, en atención a la invitación cursada, y en tanto los temas que se desarrollarán redundarán en beneficio del ejercicio de las funciones de supervisión y regulación de la SBS, se ha considerado conveniente designar al señor Boris Marcelino Galarza Arellano, Economista Principal del Departamento de los Sistemas Asegurador y Previsional de la Superintendencia Adjunta de Estudios Económicos, para que participe en el citado evento; Que, la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, mediante Directiva SBS N° SBS-DIR-ADM-085-19, ha dictado una serie de Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el Ejercicio 2016, estableciéndose en el Numeral 4.3.1, que se autorizarán viajes para eventos cuyos objetivos obliguen la representación sobre temas vinculados con negociaciones bilaterales, multilaterales, foros o misiones oficiales que comprometan la presencia de sus trabajadores, así como para el ejercicio de funciones o participación en eventos de interés para la Superintendencia, como el presente caso; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del citado funcionario para que participe en el indicado evento de capacitación, cuyos gastos por concepto de pasajes aéreos, viáticos y Tarifa CORPAC serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016; y En uso de las facultades que le confiere la Ley Nº 26702 "Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros", la Resolución SBS Nº 6879-2015, de conformidad con lo dispuesto en la Ley Nº 27619 y en virtud a la Directiva N° SBS-DIR-ADM-085-19, sobre Medidas Complementarias de Austeridad en el Gasto para el ejercicio 2016, que incorpora lo dispuesto en el Decreto Supremo N° 047-2002-PCM y el Decreto Supremo N° 056-2013-PCM; RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje del señor Boris Marcelino Galarza Arellano, Economista Principal del Departamento de los Sistemas Asegurador y Previsional de la Superintendencia Adjunta de Estudios Económicos de la SBS, del 01 al 10 de abril de 2016, a la ciudad de Londres, Inglaterra, Reino Unido, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo Segundo.- El citado funcionario, dentro de los 15 (quince) días calendario siguientes a su reincorporación, deberá presentar un informe detallado describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo Tercero.- Los gastos que irrogue el cumplimiento de la presente autorización, según se indica, serán cubiertos por esta Superintendencia con cargo al Presupuesto correspondiente al ejercicio 2016, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes US$ Viáticos US$ 1,304.84 4,860.00

MUNICIPALIDAD DE CIENEGUILLA
Ratifican el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social del distrito de Cieneguilla para el ejercicio 2016
ORDENANZA Nº 235-MDC Cieneguilla, 23 de marzo de 2016. EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE CIENEGUILLA VISTO, en Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el Informe Nº 020-2016-MDC/GSCCM de la Gerencia de Seguridad Ciudadana y Control Municipal de la entidad, a través del cual solicita la ratificación del Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Cieneguilla, para el ejercicio 2016; CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, señala que los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; autonomía que se encuentra reconocida en la Constitución Política del Perú y que radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico vigente; Que, por Ley Nº 27933, se crea el Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana (SINACEC), norma que tiene por objeto proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades, garantizar la seguridad, paz, tranquilidad, el cumplimiento y respecto de las garantías individuales y sociales a nivel nacional; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 010-2015IN, se aprueba la Directiva Nº 001-2015-IN sobre los "Lineamientos para la formulación, aprobación ejecución y evaluación de los Planes de Seguridad Ciudadana, Supervisión y Evaluación de los Comités de Seguridad Ciudadana; Que, el Gerente de Seguridad Ciudadana, mediante Informe Nº 020-2016-MDC/GSCCM de fecha 19 de marzo de 2016, solicita la ratificación por el Concejo Municipal de Cieneguilla, del Plan Distrital de Seguridad Ciudadana de Cieneguilla para el ejercicio 2016, el mismo que fue aprobado por los integrantes del CODISEC, por unanimidad, a efecto de su obligatorio cumplimiento como política distrital; Que, la Gerencia de Asesoría Jurídica a través del Informe Nº 052-2016-MDC/GAJ de fecha 22 de enero de 2016 opina que de acuerdo a lo prescrito en el numeral e) del artículo 34º y tercer parágrafo del artículo 47º del Reglamento de La Ley de Sistema Nacional de Seguridad Ciudadana, el referido Plan debe ser ratificado por el Concejo Municipal a través de Ordenanza; Estando a lo expuesto y de conformidad a lo dispuesto por el artículo 9º, numeral 8), artículo 20º numeral 4) de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, con el voto unánime de los señores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta se aprobó la siguiente: ORDENANZA QUE RATIFICA EL PLAN DISTRITAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE CIENEGUILLA PARA EL EJERCICIO 2016 Artículo Primero.- Ratificar el Plan Distrital de Seguridad Ciudadana y Convivencia Social del distrito de Cieneguilla para el ejercicio 2016, aprobado por el Comité

Artículo Cuarto.- La presente resolución no otorga derecho a exoneración o liberación de impuestos de aduana de cualquier clase o denominación a favor del funcionario cuyo viaje se autoriza. Regístrese y comuníquese y publíquese. JAVIER POGGI CAMPODÓNICO Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (e) 1361667-1

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