Norma Legal Oficial del día 31 de marzo del año 2016 (31/03/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 79

El Peruano / Jueves 31 de marzo de 2016

NORMAS LEGALES

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Municipalidad de San Isidro, para que, en comisión de servicios, asista al Quinto Foro Mundial de la Bicicleta (FMB) 2016, a llevarse a cabo en la ciudad de Santiago de Chile, Chile, del 31 de marzo al 05 de abril de 2016, con el siguiente detalle de gastos: - Pasaje Aéreo Lima ­ Santiago de Chile - Lima - Viáticos (6 días) TOTAL: S/. 1,866.15 S/. 4,900.00 ========= S/. 6,766.15

Artículo Segundo: ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y demás unidades orgánicas el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo, en el ámbito de sus respectivas competencias, y a la Secretaría General, su publicación en el diario oficial "El Peruano". Regístrese, comuníquese y cúmplase MANUEL VELARDE DELLEPIANE Alcalde 1361178-3 ACUERDO DE CONCEJO Nº 033-2016-MSI San Isidro, 23 de marzo de 2016 EL CONCEJO DISTRITAL DE SAN ISIDRO VISTO: En Sesión Ordinaria la fecha, el Informe N° 16-2016-0130-OPU/MSI de la Oficina de Planeamiento Urbano, el Informe N° 318-2016-0830-SLSG-GAF-MSI de la Subgerencia de Logística y Servicios Generales; el Memorándum N° 29-2016-0510-SPP-GPPDC/MSI de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto; el Informe N° 042-2016-0800-GAF/MSI de la Gerencia de Administración y Finanzas; el Pase N° 1032-2016-0200GM/MSI de la Gerencia Municipal y el Informe 0140-20160400-GAJ/MSI de la Gerencia de Asesoría Jurídica, y; CONSIDERANDO: Que, al respecto, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú indica que los Gobiernos Locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia la misma que radica, conforme al artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, conforme a ello, el artículo 41° de la citada Ley Orgánica, indica que los acuerdos son decisiones, que toma el concejo, referidas a asuntos específicos de interés público, vecinal o institucional, que expresan la voluntad del órgano de gobierno para practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional; Que, en efecto, el artículo 8° de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades indica que la administración municipal está integrada por los funcionarios y servidores públicos, empleados y obreros, que prestan servicios para la municipalidad, correspondiendo a cada municipalidad organizar la administración de acuerdo con sus necesidades y presupuesto; Que, por su parte, el artículo 9°, numeral 11, de la citada norma, establece que corresponde al Concejo Municipal, autorizar los viajes al exterior del país que, en comisión de servicios o representación de la municipalidad, realicen el alcalde, los regidores, el gerente municipal y cualquier otro funcionario; Que, en ese sentido, el artículo 10°, numeral 10.1, literal c), de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Ley Nº 30372, establece que están exceptuados de la prohibición de viajes al exterior, con cargo a recursos públicos, los altos funcionarios y autoridades del Estado señalados en el artículo 2 de la Ley 28212, Ley que Regula los Ingresos de los Altos

Funcionarios Autoridades del Estado y Dicta Otras Medidas, y modificatoria; entre los que se encuentran los alcaldes y regidores; Que, no obstante, el penúltimo párrafo del citado numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley de Presupuesto, establece que en caso de requerimiento de autorizaciones de viajes al exterior por supuestos distintos a los señalados desde el literal a) hasta el literal g) del numeral 10.1, la excepción es autorizada en los gobiernos locales mediante acuerdo de Concejo Municipal, el que es publicado en el diario oficial El Peruano; Que, ahora bien, los artículos 2° y 3° de la Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, Ley Nº 27619, en concordancia con los artículos 2° y 4° de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y modificatorias, establecen que las resoluciones de autorización de viajes al exterior se deberán sustentar en el interés nacional o institucional, bajo responsabilidad, y deberá indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y tarifa Corpac, así como que las resoluciones de autorización de viaje deberán publicarse en el Diario Oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; Que, efectivamente, la Jefa de la Oficina de Planeamiento Urbano con el Informe del visto, solicitó la autorización de viaje en comisión de servicios, desde el Domingo 17 al Jueves 21 de Abril para participar en la Reunión Regional de Hábitat III para América Latina y El Caribe a realizarse en la Ciudad de Toluca ­ México del 18 al 20 de Abril de 2016, organizada por la Secretaría General de la Conferencia de las Naciones Unidas sobre vivienda y desarrollo urbano sostenible (Hábitat III) y el Gobierno del Estado de México; la misma que tiene por objetivo centrar la discusión en las políticas y estrategias para hacer de las ciudades y los territorios, espacios más sostenibles e inclusivos; lo cual resulta de interés para la Municipalidad de San Isidro, toda vez que conforme a la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, los gobiernos locales representan al vecindario, promueven la adecuada prestación de los servicios públicos locales y el desarrollo integral, sostenible y armónico de su circunscripción; Que, contando con la opinión favorable de la Subgerencia de Logística y Servicios Generales, Subgerencia de Contabilidad y Costos, Gerencia de Administración y Finanzas y de la Subgerencia de Planeamiento y Presupuesto a través de los documentos del visto; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por los artículos 9º, numeral 11 y 41º de la Ley N° 27972, Ley Orgánica de Municipalidades y el último párrafo del numeral 10.1 del artículo 10° de la Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, Ley Nº 30372, el Concejo Municipal por Mayoría y con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta: ACORDÓ: Artículo Primero.- AUTORIZAR, el viaje al exterior de la Jefa de la Oficina de Planeamiento Urbano, SOLANGEL FERNANDEZ HUANQUI, para que en comisión de servicios asista la "Reunión Regional de Hábitat III para América Latina y El Caribe" a llevarse a cabo en la ciudad de Toluca ­ México del 18 al 20 de Abril, la misma que tiene por objetivo centrar la discusión en las políticas y estrategias para hacer de las ciudades y los territorios, espacios más sostenibles e inclusivos, con el siguiente detalle de gastos: Pasaje Aéreo Lima - Ciudad de México - Lima Viáticos (05 días) TOTAL: S/. 2,660.87 S/. 3,500.00 ============ S/. 6,160.87

Articulo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Desarrollo Corporativo y demás unidades orgánicas el cumplimiento de lo dispuesto en el presente

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