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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE OCTUBRE DEL AÑO 2016 (27/10/2016)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 61

602711 NORMAS LEGALES Jueves 27 de octubre de 2016 El Peruano / estableciendo que dichas transferencias deberán ser aprobadas mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016, autoriza de manera excepcional realizar transferencias fi nancieras con entidades públicas, para cubrir los costos realizados por las entidades públicas con las cuales se suscriban convenios de colaboración interinstitucional, para los procesos de formación, capacitación y evaluación en materia educativa, y de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo, debiendo autorizarse las transferencias fi nancieras mediante resolución del titular del pliego y publicadas en el Diario Ofi cial “El Peruano”; Que, mediante literal m) del artículo 11 del Manual de Operaciones del Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes Productivos”, aprobado por Resolución Ministerial N° 179-2012-TR, se autoriza aprobar y suscribir convenios o contratos y sus modifi catorias necesarias durante el desarrollo de las acciones del Programa; Que, a través del numeral 8.2.4 de la Directiva N° 01-2016-MTPE-JOVENES PRODUCTIVOS/DE, “Procedimiento y mecánica operativa para la suscripción de convenios con entidades de capacitación pública para los servicios de capacitación y autorización de inicio de cursos”, aprobada por Resolución de Dirección Ejecutiva N° 041-2016-MTPE/3/24.2/JOVENES PRODUCTIVOS/ DE, se establece el procedimiento para la suscripción de convenios de cooperación interinstitucional y autorización de transferencias fi nancieras; Que, la Unidad Gerencial de Capacitación e Inserción Laboral Juvenil, mediante Memorando N° 2392-2016/ JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGC e Informe Nº 1190- 2016/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGC/ACSEC, señala que “… los convenios cuentan con su respectiva viabilidad técnica que permitirá la ejecución de los convenios suscritos.”, por lo que corresponde aprobar las transferencias fi nancieras a dichas entidades con la fi nalidad de cubrir los costos establecidos; Que, en atención a lo señalado precedentemente, la Unidad Gerencial de Planifi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación del Programa, mediante Memorando N° 1644-2016/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGP, emite opinión favorable sobre la procedencia de la transferencia fi nanciera a favor de las Unidades Ejecutoras y señala que mediante Informe Nº 498-2016-JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGP/AP, se otorgó la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 676-2016, por el monto total de S/ 3 882 527,00 (TRES MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y DOS MIL QUINIENTOS VEINTISIETE Y 00/100 SOLES) e Informe Nº 1050-2016-JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGP/AP, la Certifi cación de Crédito Presupuestario Nº 1077-2016, por el monto total de S/ 1 045 036,00 (UN MILLÓN CUARENTA Y CINCO MIL TREINTA Y SEIS Y 00/100 SOLES), que corresponden a la fuente de fi nanciamiento de Recursos Ordinarios; dichos montos fi nanciarán los costos de cuatro (04) convenios de colaboración interinstitucional suscritos con entidades de capacitación del sector público, ascendente a la suma de S/ 474 322,00 (CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTIDÓS Y 00/100 SOLES); Que, mediante Informe N° 266-2016/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGAL, la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa considera procedente que se apruebe las transferencias fi nancieras a las entidades de capacitación pública, con la fi nalidad de cubrir los costos establecidos en los convenios de colaboración interinstitucional, para los procesos capacitación técnica laboral y el servicio de capacitación en competencias básicas y transversales para el empleo, de conformidad con lo establecido en la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; Que, mediante Ofi cio N° 974-2016-MTPE/4/9, la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto del Pliego, adjunta el Informe Técnico N° 505-2016- MTPE/4/9.2, de la Ofi cina de Presupuesto, con el cual emite opinión favorable sobre las referidas transferencias fi nancieras y recomienda continuar con el trámite de aprobación de la resolución ministerial solicitada por el mencionado Programa; Que, en mérito a las consideraciones expuestas y los antecedentes que se acompañan a la presente, la Ofi cina General de Asesoría Jurídica opina mediante Informe N° 2943-2016-MTPE/4/8, sobre la procedencia de la emisión del acto de administración interna solicitado; Con las visaciones del Viceministerio de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, de la Dirección Ejecutiva, de la Unidad Gerencial de Capacitación e Inserción Laboral Juvenil, la Unidad de Planifi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación y de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal del Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes Productivos”, y de las Ofi cinas Generales de Planeamiento y Presupuesto, y de Asesoría Jurídica del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; y, De conformidad con lo dispuesto en el numeral 8 del artículo 25 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; el artículo 8 de la Ley Nº 29381, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo; el literal d) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, aprobado por Decreto Supremo 004-2014-TR; el numeral iv) literal a) del inciso 15.1 del artículo 15 y la Quincuagésima Primera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30372, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2016; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar las transferencias fi nancieras del Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes Productivos” a favor de las entidades ejecutoras del sector público, hasta por la suma de S/ 474 322,00 (CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTIDÓS Y 00/100 SOLES), en el marco de los convenios suscritos detallados en el anexo que forma parte integrante de la presente resolución ministerial. Artículo 2.- Disponer que la presente resolución y el anexo adjunto, se publiquen en la página web del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo (www. trabajo.gob.pe), en la misma fecha de publicación de la presente resolución ministerial en el Diario Ofi cial “El Peruano”, siendo responsable de dicha acción el Jefe de la Ofi cina General de Estadística y Tecnologías de la Información y Comunicaciones. Regístrese, comuníquese y publíquese. ALFONSO GRADOS CARRARO Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo 1446608-2 RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 262-2016-TR Lima, 25 de octubre de 2016 VISTOS: El Ofi cio Nº 649-2016-MTPE/3 del Despacho Viceministerial de Promoción del Empleo y Capacitación Laboral, el Informe N° 258-2016-JOVENES PRODUCTIVOS/DE/ UGAL, de la Unidad Gerencial de Asesoría Legal, el Memorando N° 1597-2016/JOVENES PRODUCTIVOS/DE/UGP de la Unidad Gerencial de Planifi cación, Presupuesto, Monitoreo y Evaluación, el Memorando N° 504-2016/JOVENES PRODUCTIVOS/ DE/UGEJ de la Unidad Gerencial de Emprendimiento Juvenil, el Ofi cio N° 848-2016-MTPE/3/24.2 del Director Ejecutivo del Programa Nacional de Empleo Juvenil “Jóvenes Productivos”, el Ofi cio N° 975-2016-MTPE/4/9 de la Ofi cina General de Planeamiento y Presupuesto, y el Informe N° 2952-2016-MTPE/4/8 de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Decreto Supremo N° 013-2011-TR, modifi cado por los Decretos Supremos N° 004-2012-TR y