Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2016 (09/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 73

El Peruano / Viernes 9 de setiembre de 2016
Orden de Servicio

NORMAS LEGALES
Mes Monto

598859

Fecha

Nombre Luis Roberto Fung Ortega Luis Roberto Fung Ortega Luis Roberto Fung Ortega Luis Roberto Fung Ortega Luis Roberto Fung Ortega Luis Roberto Fung Ortega

Detalle Coordinador de la Academia Deportiva Municipal Coordinador de la Academia Deportiva Municipal

02/07/2015 002131

Julio

2 000.00

07/08/2015 002470

Agosto

2 000.00

vii) Cuadro de Necesidades N° 323, N° 828, N° 1129, N° 1825, N° 2338, N° 2868, N° 3419, N° 3930, N° 4281, N° 5082 y N° 2166, así como del Pedido de Servicio N° 00037, de la Gerencia de Desarrollo Humano, Subgerencia de Educación, Cultura y Deporte, relacionado con el requerimiento de personal como coordinador de la academia deportiva municipal, correspondiente a los meses de enero a diciembre de 2015 (fojas 185, 193, 204, 217, 228, 238, 249, 261, 272, 283, 294 y 305). 14. Así, con la información detallada en los considerandos precedentes se encuentra acreditada la concurrencia del segundo elemento, pues, durante el año 2015 (enero a diciembre), Luis Roberto Fung Ortega prestó servicios en la Municipalidad Provincial de Barranca como Coordinador de la Academia Deportiva Municipal. Determinación de la injerencia en la contratación 15. Sobre el ejercicio de injerencia en la contratación de un pariente, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones contempla la posibilidad de que los regidores puedan cometer nepotismo por medio de la injerencia sobre el alcalde o los funcionarios con facultades de contratación, nombramiento o designación. Consecuentemente con ello, es posible declarar la vacancia de los regidores por la comisión de nepotismo si se comprueba que han ejercido influencia o injerencia para la contratación de sus parientes (Resolución N° 137-2010-JNE). Siguiendo esta línea jurisprudencial, dicha injerencia se presentaría si se verifica cualquiera de los dos siguientes supuestos: i) Realizar acciones concretas que evidencien una influencia sobre el alcalde o los funcionarios con facultades de contratación, nombramiento o designación. ii) Omitir acciones de oposición pese al conocimiento que tengan sobre la contratación de su pariente, en contravención a su deber genérico de fiscalización de la gestión municipal establecido en el inciso 4 del artículo 10 de la LOM. 16. Ahora bien, para adoptar una decisión fundada en derecho, el Concejo Provincial de Barranca debió tener a la vista, para su correspondiente evaluación, todos los elementos probatorios relativos a la contratación de Luis Romero Fung Ortega como Coordinador de la Academia Deportiva Municipal. Así, en aplicación de los principios de impulso de oficio y verdad material establecidos en el artículo IV del Título Preliminar de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, LPAG), debió incorporar al procedimiento de vacancia originales o copias certificadas de los siguientes medios probatorios: i) Informe emitido por el órgano o funcionario responsable en el que se dé cuenta de los antecedentes de la contratación de Luis Romero Fung Ortega, en el que se explique y detalle cómo es que dicho proveedor ingresó a prestar servicios en la Municipalidad Provincial de Barranca. ii) La relación de los proveedores y las cotizaciones que se presentaron para el servicio de Coordinador de la Academia Deportiva Municipal, con los documentos sustentatorios pertinentes. iii) Los informes de aprobación de la contratación de dicho proveedor emitido por las áreas o funcionarios correspondientes. iv) Un informe detallado del lugar donde Luis Romero Fung Ortega desempeñaba sus funciones y de las actividades realizadas por dicho proveedor. v) Un informe con relación al trámite que se dio al Oficio N° 016-2015-JAPF-RP/SR-MPB, del 15 de setiembre de 2016, emitido por el regidor Juan Antonio Paredes Fung. Ello con la finalidad de determinar si la autoridad cuestionada tuvo la posibilidad de conocer la mencionada contratación, tanto más, si del reporte del portal de Transparencia Económica del Ministerio de Economía y Finanzas, se aprecia que Luis Roberto Fung Ortega figura como proveedor de la citada entidad edil durante los años 2009, 2010, 2013, 2015 y 2016 (fojas 337).

04/09/2015 002769

Coordinador de la Academia Deportiva Setiembre Municipal Coordinador de la Academia Deportiva Municipal Octubre

2 000.00

21/10/2015 003523

2 000.00

11/11/2015 003946

Coordinador de la Academia Deportiva Noviembre 2 000.00 Municipal Coordinador de la Academia Deportiva Diciembre Municipal Total 2 000.00 24 000,00

04/12/2015 004382

13. Dicha información se corrobora con las copias certificadas de los siguientes documentos: i) Comprobante de Pago N° 0920, N° 1555, N° 2167, N° 2356, N° 3046, N° 3621, N° 4282, N° 4917, N° 5410, N° 6157, N° 7472 y N° 0014, girados por la Municipalidad Provincial de Barranca, a su favor por los servicios prestados como Coordinador de la Academia Deportiva Municipal durante los meses de enero a diciembre de 2015 (fojas 173, 187, 199, 211, 222, 233, 243, 255, 266, 277, 288 y 299). ii) Memorándum N° 530-2015/GA/MPB, N° 1093-2015GA/MPB, N° 1858-2015-GA-MPB, N° 2161-2015-GA/ MPB, N° 3051-2015-GA/MPB, N° 3709-2015-GA/MPB, N° 004444-2015-GA-MPB, N° 05342-2015-GA-MPB, N° 5974-2015-GA/MPB, N° 006996-2015-GA-MPB, N° 8218-2015-GA-MPB y N° 00020-2016-GA/MPB, emitidos por el gerente de Administración, a través de los cuales se solicita al subgerente de Tesorería autorización de pago de las órdenes de servicio de Luis Roberto Fung Ortega, de los meses de enero a diciembre de 2015 (fojas 174, 188, 200, 212, 223, 234, 244, 256, 267, 278, 289 y 300). iii) Informes N° 304-2015 GDH-MPB, N° 048-2015-SGECD/GDH-MPB, N° 069-2015-SGECD/ GDH-MPB, N° 149-2015-SGECD/GDH-MPB, N° 236-2015-SGECD/GDH-MPB, N° 314-2015-SGECD/ GDH-MPB, N° 382-2015-SGECD/GDH-MPB, N° 436-2015-SGECD/GDH-MPB, N° 482-2015-SGECD/ GDH-MPB, N° 510-2015-SGECD/GDH-MPB, N° 560-2015-SGECD/GDH-MPB y N° 585-2015-SGECD/ GDH-MPB, a través de los cuales se remite al subgerente de Logística la conformidad de servicio de Luis Roberto Fung Ortega, por los servicios de Coordinador de la Academia Deportiva Municipal por los meses de enero a diciembre de 2015 (fojas 177, 190, 202, 214, 225, 235, 246, 258, 269, 280, 291 y 302). iv) Recibos por Honorarios Electrónico N° E001-5, N° E001-6, N° E001-7, N° E001-9, N° E001-10, N° E00111, N° E001-13, N° E001-14, N° E001-15, N° E001-17, N° E001-18 y N° E001-19, emitidos por Luis Roberto Fung Ortega a nombre de la Municipalidad Provincial de Barranca, por concepto de servicios prestados como Coordinador de la Academia Deportiva Municipal correspondiente a los meses de enero a diciembre de 2015 (fojas 178, 192, 203, 215, 226, 236, 247, 259, 270, 281, 292 y 303). v) Solicitudes de cotización de Luis Romero Fung Ortega, por el servicio como Coordinador de la Academia Deportiva Municipal correspondiente a los meses de enero a diciembre de 2015 (fojas 183, 195, 207, 220, 230, 251, 263, 274, 285, 296 y 307). vi) Informe N° 062-2015-SGLSG/MPB, emitido por el subgerente de Logística y Servicios Generales, mediante el cual se solicita al gerente de Administración la certificación presupuestal del personal que presta servicios bajo la modalidad de locación de servicios, en la subgerencia de Educación, Cultura y Deporte, entre los que se detalla a Luis Roberto Fung Ortega (fojas 184).

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