Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2016 (09/09/2016)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 88

598874

NORMAS LEGALES

Viernes 9 de setiembre de 2016 /

El Peruano

condición de "ocupados" y cincuenta (50) se encuentran en la condición de "previstos", conforme al anexo adjunto, que forma parte integrante de la presente Ordenanza Regional. Artículo Noveno.- ENCARGAR a la Gerencia de Administración y a la Gerencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondicionamiento Territorial del Gobierno Regional del Callao, dar cumplimento de la presente Ordenanza Regional. Artículo Décimo.- DISPONER la publicación de la presente Ordenanza Regional en la página web del Gobierno Regional del Callao: www.regioncallao.gob.pe Artículo Undécimo.-. ENCARGAR a la Oficina de Trámite Documentario y Archivo del Gobierno Regional del Callao, notificar la presente Ordenanza Regional, a las Unidades Orgánicas correspondientes, a la Autoridad Nacional del Servicio Civil - SERVIR y al Ministerio de Salud para su conocimiento y fines pertinentes POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. FELIX MORENO CABALLERO Gobernador 1425654-1

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Aprueban Directiva que regula el otorgamiento del Beneficio de Defensa y Asesoría Legal para servidores y ex servidores del Servicio de Administración Tributaria
SERVICIO DE ADMINISTRACIÓN TRIBUTARIA - SAT RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 001-004-00003793 Lima, 31 de agosto de 2016 CONSIDERANDO: Que, mediante Edicto Nº 225, se creó el Servicio de Administración Tributaria - SAT, como organismo público descentralizado de la Municipalidad Metropolitana de Lima, con personería jurídica de derecho público interno y con autonomía administrativa, económica, presupuestaria y financiera; Que, de conformidad a lo dispuesto en el literal l) del artículo 35 de la Ley N.° 30057, Ley del Servicio Civil, constituye un derecho individual del servidor público el contar con la defensa y asesoría legal, asesoría contable, económica o afín, con cargo a los recursos de la entidad para su defensa en procesos judiciales, administrativos, constitucionales, arbitrales, investigaciones congresales y policiales, ya sea por omisiones, actos o decisiones adoptadas o ejecutadas en el ejercicio de sus funciones, inclusive como consecuencia de encargos, aun cuando al momento de iniciarse el proceso hubiese concluido la vinculación con la entidad; Que, el artículo 154 del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM, dispuso que SERVIR emitirá la Directiva que regulará el procedimiento para solicitar y acceder al mencionado beneficio, requisitos, plazos, montos, entre otros. Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva N° 284-2015-SERVIR-PE, se aprobó la Directiva N° 004-2015-SERVIR/GPGSC "Reglas para acceder al

beneficio de defensa y asesoría de los servidores y ex servidores civiles", cuyo objeto es regular las disposiciones para solicitar y acceder al beneficio de la defensa y asesoría de los servidores y ex servidores civiles de la administración pública, con cargo a los recursos de la Entidad, en procesos que se inicien por omisiones, actos o decisiones adoptadas o ejecutadas en el ejercicio regular de sus funciones o en el ejercicio de encargos; Que, la Tercera Disposición Complementaria Final de la Directiva citada en el párrafo precedente, establece que a partir de la entrada en vigencia de dicho documento normativo, las entidades de la administración pública deberán adecuar progresivamente sus procedimientos sobre asesoría legal y defensa judicial para servidores o ex servidores civiles a las estipulaciones señaladas en el referido instrumento, incluso respecto de aquellas solicitudes de asesoría legal y defensa judicial en trámite; Que, en ese sentido resulta necesario que el SAT apruebe la directiva que regule los aspectos necesarios para dar cumplimiento a las disposiciones sobre el otorgamiento del beneficio de asesoría legal y defensa judicial, al que se hace referencia en los párrafos precedentes; Que, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 5.1.5. del Acápite 5 del Manual Interno del SAT, Código: SAT-MN001, versión 01, la directiva es el documento por el cual el SAT establece la forma en que la entidad y los administrados realizan sus actuaciones, conducentes al correcto cumplimiento de las normas que regulan las materias de su competencia; debe ser aprobada por resolución jefatural y publicada en el Diario Oficial El Peruano; Que, según lo establecido en el literal l) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT, aprobado mediante la Ordenanza N.° 1698 y modificado por la Ordenanza N.° 1881, publicadas el 5 de mayo de 2013 y el 26 de abril de 2015, respectivamente, la Jefatura de la institución tiene entre sus funciones específicas, aprobar las directivas y circulares; Estando a lo dispuesto en el literal l) del artículo 13 del Reglamento de Organización y Funciones del SAT, aprobado por Ordenanza N.° 1698 y modificado por Ordenanza N.° 1881; así como el numeral 5.1.5. del Acápite 5 del Manual Interno del SAT; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar la Directiva Nº 001-00600000020 "Directiva que regula el otorgamiento del Beneficio de Defensa y Asesoría Legal para servidores y ex servidores del Servicio de Administración Tributaria", la misma que como anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Encargar a la Oficina de Imagen Institucional del SAT la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 3°.- Encargar al responsable del Portal de Transparencia del SAT la publicación de la presente resolución y de su anexo en la página Web de la Entidad: www.sat.gob.pe, en la misma fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. DANITZA CLARA MILOSEVICH CABALLERO Jefa del Servicio de Administración Tributaria 1426219-1

MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA
Aprueban el Reglamento del Centro de Conciliación Extrajudicial de la Municipalidad Distrital de Jesús María
DECRETO DE ALCALDÍA Nº 010-2016-MDJM Jesús María, 16 de agosto de 2016

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.