Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2016 (09/09/2016)


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TEXTO DE LA PÁGINA 86

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CONSIDERANDO:

NORMAS LEGALES

Viernes 9 de setiembre de 2016 /

El Peruano

Que, el Artículo 38º de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Gobierno Nacional con fecha 06 de Diciembre del 2015, ha publicado en el Diario Oficial "El Peruano", la Ley Nº 30372 "Ley de Presupuesto del Sector Publico para el año Fiscal 2016" en cuyo artículo 8, numeral 8.1 literal h), autoriza el nombramiento de hasta el veinte por ciento (20%) de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los Gobiernos Regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud ­ CLAS, definidos a la fecha de entrada en vigencia del Decreto Legislativo 1153; Que, mediante el Decreto legislativo Nº 1023, se creó la Autoridad Nacional del Servicio Civil ­ SERVIR, como organismo técnico especializado, rector del Sistema Administrativo de Gestión de Recursos Humanos, ejerciendo la función normativa, que comprende la potestad de dictar normas técnicas, directivas de alcance nacional y otras normas referidas a la gestión de los recursos humanos del Estado; Que, la Autoridad Nacional de Servicio CivilSERVIR, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 304-2015-SERVIR-PE, aprobó la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH, modificada mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016 SERVIR-PE, el cual resuelve: Artículo 1º Formalizar la aprobación de las siguientes modificaciones de la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH "Normas para la Gestión del Proceso de Administración de Puestos, y Elaboración y Aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE", así mismo que de acuerdo al numeral 1.2 del Anexo Nº 4 de la directiva en mención, indica que, Aquellas entidades exceptuadas de las prohibiciones de ingreso, nombramiento, designación y contratación previstas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico u otra norma nacional con rango de Ley, podrán hacer ajustes a su CAP con la aprobación de un CAP Provisional, respetando las limitaciones establecidas en la Ley Anual de Presupuesto del Sector Publico. En este contexto de excepción, de igual manera estas entidades podrán hacer ajustes a su CAP Provisional en el año fiscal vigente; Que, el Ministerio de Salud mediante la Resolución Ministerial Nº 136-2016/MINSA publicado en el diario oficial el Peruano de fecha 03 de Marzo del 2016, aprueba los "Lineamientos para la composición del 20% de los profesionales de la salud y de los técnicos y auxiliares asistenciales de la salud del Ministerio de Salud, sus organismos públicos y las unidades ejecutoras de salud de los gobiernos regionales y las Comunidades Locales de Administración en Salud ­ CLAS, en el marco del nombramiento dispuesto en la Ley Nº 30372, Ley del Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016" y el "Cronograma de Actividades para el Nombramiento 2016"; Que, asimismo en el numeral 5.10.1 de la indicada Resolución Ministerial referida en el considerando anterior, señala que se deberá Contar con cargos previstos para el personal de la salud considerado apto al nombramiento, para lo cual deberá contarse con el Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P, sobre la base de lo dispuesto en la Directiva Nº 002-2015- SERVIR/ GDSRH, que aprueba las "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos, y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad-CPE"; Que, es requisito indispensable, conforme a lo dispuesto en el artículo 6º de la Ley Nº 28175-Ley Marco del Empleo Público, norma de aplicación transversal a todo el sector público, que los cargos a ocupar se encuentren aprobados en el Cuadro para Asignación de Personal ­ CAP y en el Presupuesto Analítico de Personal- PAP; Que, visto el OFICIO Nº 3466-2016-GRC/DIRESA/DG/ OEGDRH/UPP de fecha 17 de Agosto del 2016, mediante el cual el Director General de la Dirección Regional de Salud ­ DIRESA ­ Callao, remite los proyectos de Cuadro

para Asignación de Personal Provisional ­ CAP- P de las 04 Unidades Ejecutoras del Sector Salud del Pliego 464 Gobierno Regional del Callao: U.E. Nº 400 DIRESA CALLAO, U.E. Nº 401 HOSPITAL NACIONAL DANIEL ALCIDES CARRION, U.E. Nº 402 HOSPITAL SAN JOSE Y U.E. Nº 403 HOSPITAL DE VENTANILLA. Así mismo la U.E. Nº 400 DIRESA CALLAO, remite el CAP-P de la Administración Central, de las tres Direcciones de Red de Salud: Bonilla ­ La Punta, BEPECA y Ventanilla y el Hospital de Rehabilitación del Callao, adjuntando la documentación requerida para su aprobación, como el INFORME TECNICO Nº 012-2016-GRC/DIRESA/ OEGDRH/UPP, de fecha 25 de Abril 2016, mediante el cual el Jefe de la Unidad de Programación y Presupuesto de la Oficina Ejecutiva de Gestión de Desarrollo de Recursos Humanos y el INFORME Nº 005-2016-GRC/ DIRESA/OEPE/UO, de fecha 26 de Abril 2016, mediante el cual la Jefa de la Unidad de Organización de la Oficina Ejecutiva de Planeamiento Estratégico ­ DIRESA Callao sustentan la propuesta de modificación del Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP-P, a fin de crear los cargos "previstos" necesarios para el nombramiento del personal asistencial de salud y así dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 30372 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016, en tal sentido propone crear setenta y seis (76) cargos "previstos" en la DIRESA y en sus Direcciones de Red de Salud para el nombramiento del personal asistencial del año 2016, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 244-2016/MINSA, de fecha 12 de Abril del 2016; Que, visto el OFICIO Nº 1276-2016-DG/OEPE-HNDAC, recepcionado de fecha 06 de Mayo 2016, mediante el cual la Directora General del Hospital Nacional Daniel Alcides Carrión ­ HNDAC remite a la Dirección Regional de Salud ­ DIRESA ­ Callao, el proyecto del Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP ­ P, adjuntando la documentación requerida para su aprobación, como es el INFORME TECNICO Nº 012-2016-OEPE-UO-HNDAC, de fecha 05 de Mayo 2016, emitido por el Director Ejecutivo de Planeamiento del HNDAC, mediante el cual concluye que el proyecto de Cuadro para Asignación de Personal Provisional CAP-P elaborado por la Unidad de organización de OEPE-HNDAC, se encuentra sustentado conforme a la normatividad de la materia vigente. Asimismo, adjunta el INFORME Nº 084-2016-OARHHNDAC-C, de fecha 06 de Mayo 2016, emitido por la Jefa de la Oficina de Administración de Recursos Humanos del HNDAC, mediante el cual expone el sustento técnico, justificando el proyecto del CAP Provisional, que propone la creación de cincuenta y dos (52) cargos en la condición de previstos que son necesarios para el nombramiento del personal asistencial de salud del HNDAC y así dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 30372 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016, de los profesionales de la salud, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 244-2016/MINSA, de fecha 12 de Abril del 2016; Que, visto el OFICIO Nº 861 -2016- GRC-DE-HSJ, recepcionado de fecha 03 de Mayo del 2016 mediante el cual la Directora Ejecutiva del Hospital San José -HSJ remite la propuesta de Cuadro para Asignación de Personal Provisional ­ CAP-P del Hospital San José adjuntando la documentación requerida para su aprobación, como es el INFORME Nº 02-2016 de fecha 25 de Abril del 2016, del Area de Organización del Hospital San José, se encuentra sustentado conforme a la normatividad de la materia vigente, así como el Informe Nº 0006-UGRHHSJ-GRC-2016 de fecha 21 de Abril del 2016, emitido por la Jefa de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos del HSJ mediante el cual expone el sustento técnico, justificando el proyecto del CAP provisional, que propone la creación de treinta y siete (37) cargos en la condición de "previstos" que son necesarios para el nombramiento del personal asistencial de salud del HSJ y así dar cumplimiento a lo dispuesto por la Ley Nº 30372 Ley de Presupuesto del Sector Público para el año fiscal 2016, de los profesionales de la salud, de acuerdo a lo establecido en la Resolución Ministerial Nº 244-2016/MINSA, de fecha 12 de Abril del 2016; Que, visto el OFICIO Nº 743-2016-GRC/DHV/UA/OP, recepcionado de fecha 03 de mayo, mediante el cual el

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