Norma Legal Oficial del día 13 de diciembre del año 2017 (13/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 47

El Peruano / Miércoles 13 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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Artículo Segundo.- Los egresos que demande la presente Resolución, serán atendidos con afectación a la Fuente de Financiamiento: Recursos Determinados del Presupuesto Institucional en vigencia. Artículo Tercero.- Los Vicerrectorados Académico y de Investigación, las Facultades, la Dirección General de Administración, Oficina General de Planificación y Desarrollo, Oficina General de Recursos Humanos, Oficina General de Gestión Financiera, y demás dependencias correspondientes de la institución quedan encargados del cumplimienío de la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PORFIRIO ENRIQUEZ SALAS Rector 1595792-1

contenidas en el Decreto Supremo N° 021-2017-JUS, por los motivos que se exponen en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Disponer que la Gerencia General del Ministerio Público adopte las acciones pertinentes para el cumplimiento de la presente resolución. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Despacho de la Fiscalía de la Nación, Fiscalía Suprema de Control Interno, Presidencias de Juntas de Fiscales Superiores, Jefes de las Oficinas Desconcentradas de Control Interno a nivel nacional, Gerencia General, Gerencia Central de Potencial Humano y Oficina de Registro y Evaluación de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese. PABLO SÁNCHEZ VELARDE Fiscal de la Nación Presidente de la Junta de Fiscales Supremos 1596504-1

MINISTERIO PUBLICO
Facultan a la Fiscalía Suprema de Control Interno la implementación de las disposiciones contenidas en el D.S. N° 021-2017-JUS
RESOLUCIÓN DE JUNTA DE FISCALES SUPREMOS Nº 178-2017-MP-FN-JFS Lima, 11 de diciembre de 2017 VISTOS y CONSIDERANDO: El oficio N° 3824-2017-MP-FN-FSCI, de fecha 21 de noviembre de 2017, emitido por el señor doctor Víctor Raúl Rodríguez Monteza, Fiscal Supremo Titular de la Fiscalía Suprema de Control Interno. Que, por Decreto Supremo N° 021-2017-JUS, publicado en el Diario Oficial El Peruano con fecha 10 de noviembre de 2017 se aprueba el Reglamento del Decreto Legislativo N° 1342, que promueve la transparencia y el derecho de acceso de la ciudadanía al contenido de las decisiones jurisdiccionales. Que en los Artículos 2° y 3° del mencionado Decreto Legislativo se establece: "Finalidad (...) tiene como finalidad regular el desarrollo y el funcionamiento de la Plataforma de Acceso a Resoluciones jurisdiccionales, los Reportes de Jurisprudencia relevantes que se difunden a través de ella y las obligaciones de las instituciones involucradas, a fin de promover la transparencia de las decisiones jurisdiccionales y el fácil acceso de los ciudadanos a las mismas."; y "Ámbito de Aplicación (...) se aplican a todas las entidades que conforman el sistema de administración de justicia de acuerdo a lo establecido en el inciso 4.1 del artículo 4 del Decreto Legislativo", respectivamente. Asimismo, en el Artículo 4° del mencionado cuerpo legal preceptúa: "Entidades obligadas a publicar sus decisiones 4.1 De acuerdo a lo establecido en los artículos 5° y 7° del Decreto Legislativo, las entidades obligadas a publicar sus decisiones en la Plataforma son: (...) c) La Fiscalía Suprema de Control Interno y Oficinas Desconcentradas del Ministerio Público: Los funcionarios que designen las jefaturas son responsables de publicar las decisiones en las cuales se impongan medidas disciplinarias. (...)" Que, mediante Acuerdo N° 4868 adoptado por Junta de Fiscales Supremos en Sesión Extraordinaria de fecha 23 de noviembre de 2017, se aprobó por unanimidad con la dispensa de la lectura y aprobación del acta: Facultar a la Fiscalía Suprema de Control Interno la implementación de las disposiciones contenidas en el Decreto Supremo N° 021-2017-JUS. Que, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 64° del Decreto Legislativo N° 052, Ley Orgánica del Ministerio Público y en cumplimiento del Acuerdo N° 4868 adoptado por Junta de Fiscales Supremos. SE RESUELVE: Artículo Primero.- Facultar a la Fiscalía Suprema de Control Interno la implementación de las disposiciones

OFICINA NACIONAL DE PROCESOS ELECTORALES
Autorizan viaje de Jefe de la ONPE a Chile, en comisión de servicios
RESOLUCIÓN JEFATURAL N° 000288-2017-JN/ONPE Lima, 11 de diciembre del 2017 VISTOS: la Carta N° 180/LNT-2017 de fecha 04 de diciembre de 2017, suscrita por los Presidentes del Tribunal Calificador de Elecciones y del Consejo Directivo del Servicio Electoral de la República de Chile; el Oficio N° 001647-2017-SG/ONPE, de la Secretaría General; el Memorando N° 003079-2017-GAD/ONPE, de la Gerencia de Administración; el Informe N° 001182-2017-SGF-GAD/ ONPE, de la Sub Gerencia de Finanzas; el Informe N° 001833-2017-SGL-GAD/ONPE, de la Sub de Gerencia de Logística; las Certificaciones de Crédito Presupuestario N° 0000001343 y N° 0000001365, emitidas por la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto; así como el Informe N° 000523-2017-GAJ/ONPE de la Gerencia de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: A través de la Carta de vistos, en cumplimiento de los estatutos de la Unión Interamericana de Organismos Electorales ­ UNIORE, se invita cordialmente al Jefe de la Oficina Nacional de Procesos Electorales (ONPE) a participar en la Segunda Vuelta de la Elección Presidencial que se llevará a cabo el 17 de diciembre, añadiendo que el objeto del evento es que los participantes tengan conocimiento de la situación electoral y política del país, así como su asistencia a los locales de votación. Asimismo, del programa remitido por la organización del evento, se observa que se han dispuesto actividades del 14 al 18 de diciembre del presente año. Cabe resaltar que la organización del evento cubrirá sólo los gastos de transporte interno, por lo que los participantes deberán cubrir los gastos relativos a los pasajes aéreos, alojamiento y alimentación; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 27619 y su reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 0472002-PCM, se precisa que la resolución de autorización de viajes al exterior de la República será debidamente sustentada en el interés nacional o institucional y deberá ser publicada en el diario oficial El Peruano, con anterioridad al viaje; Es oportuno mencionar que nuestra institución, como miembro de la UNIORE, participó el pasado 19 de noviembre de 2017, en la Elección Presidencial, de Senadores, Diputados y Consejeros Regionales 2017; por lo que, con ocasión de la Segunda Vuelta de la

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