Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2017 (30/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 240

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NORMAS LEGALES

Sábado 30 de diciembre de 2017 /

El Peruano

Horacio Hinostroza Delgado ­ Gerente de Asesoría Jurídica de la MPC, concluye que: 1) Es factible se ratifique para el ejercicio fiscal 2018, la vigencia de la Ordenanza Nº 050-2016-MPC publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 31 de diciembre de 2016, vigente y aplicable para el ejercicio fiscal 2017, la misma que ratificó la vigencia de la Ordenanza Nº 036-2013-MPC, reajustándose y actualizándose con el índice de Precios al Consumidor (IPC) de 1.21% (UNO PUNTO VEINTIUNO POR CIENTO), tal como lo señala la Resolución Jefatura Nº 395-2017-INEI de fecha 30/11/2017, publicada en el Diario El Peruano el 01 de diciembre de 2017; 2) Que, se derive a la Comisión de Planificación, Económica y Administración Municipal a efectos de que emita su dictamen correspondiente; posterior a ello se derive al Pleno del Concejo, para su deliberación y determinación; 3) Que, aprobada la ordenanza se publiquen en el Diario Oficial El Peruano, asimismo en el portal institucional de la entidad; 4) Que, se faculte al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias y necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza; y 5) Que, se disponga dejar sin efecto las normas y/o disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza, respetando las finalidades de aquellas que por su contenido y fin tengan carácter permanente; Que, con Dictamen Nº 76-2017-CPEyAM-MPC, de fecha 28 de diciembre de 2017, la Comisión de Planificación Económicas y Administración Municipal, sugiere por unanimidad: 1) Se ratifique para el ejercicio fiscal 2018, la vigencia de la Ordenanza Nº 050-2016-MPC, publicada en el Diario Oficial El Peruano, el 31 de diciembre de 2016, vigente y aplicable para el ejercicio 2017, la misma que ratificó la vigencia de la Ordenanza Nº 036-2013-MPC...; 2) Que, se faculte al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias y necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza; y 3) Remitir el presente dictamen con todos sus antecedentes ante su Despacho a fin de poner en conocimiento al Pleno del Concejo Municipal, para su deliberación y pronunciamiento; Estando a lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del Art. 9º y el Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, con voto UNÁNIME de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; se aprobó: ORDENANZA QUE RATIFICA LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA MUNICIPAL Nº 050-2016-MPC, QUE RATIFICÓ LA VIGENCIA DE LA ORDENANZA Nº 0362013-MPC, PARA EL COBRO DE LOS ARBITRIOS MUNICIPALES EN EL AÑO 2018 Artículo 1º.- RATIFICAR para el Ejercicio Fiscal 2018, la vigencia de la Ordenanza Nº050-2016-MPC, que ratificó la vigencia de la Ordenanza Nº 036-2013-MPC; reajustándose y actualizándose con el Índice de Precios al Consumidor (IPC) de 1.21% (UNO PUNTO VEINTIUNO POR CIENTO), tal como lo señala la Resolución Jefatural Nº 395-2017-INEI, publicada en el Diario Oficial El Peruano con fecha 01 de diciembre de 2017. Artículo 2º.- RATIFICAR el Informe Técnico Financiero de Costos detallado en el Anexo Nº 01 que forma parte de la Ordenanza Municipal Nº036-2013-MPC, los mismos que se encuentran publicados con las formalidades de Ley y de conformidad con los Arts. 69º, 69º-A y 69º-B del Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, el cual contiene lo siguiente: · Explicación de los costos de los servicios prestados según el número de contribuyentes registrados a quienes se les prestarán los servicios. · Cuadro indicando el número de predios y contribuyentes de cada servicio, así como el número de predios de las personas que gozan de inafectación y/o exoneración. · Metodología de Distribución de costos para el cálculo de cada uno de los arbitrios. Los cuales deberán ser reajustados en aplicación de la variación acumulada del Índice de Precios al Consumidor

al mes de noviembre ascendente a 1.21% (UNO PUNTO VEINTIUNO POR CIENTO) establecido en la Resolución Jefatural Nº 395-2017-INEI, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 01 de diciembre de 2017. Artículo 3º.- PRECISAR Y/O MODIFICAR LA TERCERA DISPOSICIÓN FINAL DE LA ORDENANZA Nº 036-2013-MPC, en donde dispone: "La Ordenanza tendrá vigencia a partir del 01 de enero del ejercicio siguiente a la publicación", previa Publicación de la presente Ordenanza con su respectivo Informe Técnico, Estructura de Costos y Estimación de Ingresos. DEBIENDO DECIR: "La Ordenanza tendrá vigencia a partir del 01 de enero del año 2018". Artículo 4º.- FACULTAR al señor Alcalde, para que mediante Decreto de Alcaldía, dicte las disposiciones complementarias y necesarias para la adecuada aplicación de la presente ordenanza. Artículo 5º.- DISPONER se deje sin efecto las normas y/o disposiciones legales que se opongan a la presente Ordenanza, respetando las finalidades de aquellas que por su contenido y fin tengan carácter permanente. Artículo 6º.- ENCARGAR el cumplimiento de la presente Ordenanza a la Gerencia Municipal, Gerencia de Administración y Finanzas, Gerencia de Administración Tributaria, Sub Gerencia de Imagen Institucional y la Sub Gerencia de Racionalización, Estadística e Informática, en lo que les corresponda. Artículo 7º.- ENCARGAR, a la Gerencia de Secretaría General, la publicación de la presente ordenanza en el Diario Oficial El Peruano y así como a la Sub Gerencia de Racionalización, Estadística e Informática, la publicación en el portal institucional de la Municipalidad Provincial de Cañete (www.municanete.gob.pe). Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1602464-1

Aprueban monto mínimo y cronograma de vencimiento del Impuesto Predial, Impuesto al Patrimonio Vehicular y Arbitrios Municipales, derecho de emisión mecanizada y Tasa de Interés Moratorio (TIM) aplicable a tributos, para el Ejercicio Fiscal 2018
ORDENANZA Nº 048-2017-MPC Cañete, 28 de diciembre de 2017. EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE POR CUANTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha; a pedido del Regidor Provincial ­ Jesús Gianpier Custodio Cama, sobre el Informe Nº 293-2017-GAT-MPC de fecha 20 de diciembre de 2017 de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Cañete; y, CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el Art. 194º de la Constitución Política del Perú, en concordancia con el artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº27972, los gobiernos locales tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, con sujeción al ordenamiento jurídico, correspondiéndole al Concejo Municipal, la función normativa que se ejerce a través de las Ordenanzas, las mismas que tienen rango de Ley; conforme al numeral 4) del artículo 200º de la Carta Magna; Que, el Art. 39º de la Ley Orgánica de Municipalidades ­ Ley Nº 27972, establece que los Concejos Municipales

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