Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2017 (30/12/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 243

El Peruano / Sábado 30 de diciembre de 2017

NORMAS LEGALES

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lo establecido en la Política Nacional de Ambiente y deben guardar concordancia entre sí; el cual, es concordante con el párrafo h, del inciso 127.2 del Art. 127º del mismo cuerpo normativo, establece que el Ministerio de Educación y la Autoridad Ambiental Nacional coordinan con las diferentes entidades del estado para el cumplimiento de la Política Nacional de Educación Ambiental teniendo entre sus lineamientos orientadores desarrollar programas de educación ambiental, como base para la adaptación e incorporación de materia y conceptos ambientales, en forma transversal, en los programas educativos formales y no formales de los diferentes niveles; Que, mediante el informe Nº 979-2017-SGGA-MPC de fecha 22 de diciembre de 2017, el Bach. Leoncio Brandon Carrasco Porras - Subgerente de Gestión Ambiental de la Municipalidad Provincial de Cañete, solicita la aprobación del Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de la Municipalidad Provincial de Cañete de 20172022 (Programa Municipal EDUCCA-CAÑETE); Que, en ese sentido, tratándose de que el programa municipal EDUCCA propuesto por la Sub Gerencia de Gestión Ambiental de la Municipalidad Provincial de Cañete es el instrumento de planificación y gestión de los gobiernos locales para la implementación de la Política Nacional de Educación Ambiental 2018-2022 y otros instrumentos vinculados, así como, es unificador de las acciones programadas a nivel local a través de procesos participativos, con el propósito de alcanzar un alto grado de conciencia y cultura ambiental: educación ambiental, cultura y comunicación ambiental, y ciudadanía y participación ambiental, resulta atendible su aprobación por el Pleno del Concejo Municipal; Que, es de precisar que la Municipalidad Provincial de Cañete requiere dotarse de un marco claro y específico en materia de educación, cultura y ciudadanía ambiental que la regule, estableciendo lineamientos de política e instrumentos de gestión que contribuirá directamente a los objetivos propuestos, por lo que es necesario contar con una Ordenanza que tenga por objetivo establecer las bases de una educación ambiental orientada hacia el desarrollo sostenible y el fortalecimiento de las organizaciones públicas y privadas, mediante disposiciones y acciones educativas para mejorar la calidad de vida de la población de nuestra jurisdicción; Que, es atribución del pleno de concejo municipal, de conformidad con lo previsto por el Art. 9 de la Ley Orgánica de Municipalidades, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efecto los acuerdos, por ello deben elevarse al Pleno del Concejo Municipal para su deliberación y determinación; Que, mediante el Informe Legal Nº 510-2017-GAJMPC de fecha 28 de diciembre de 2017, el Abg. Horacio Hinostroza Delgado - Gerente de Asesoría Jurídica de la Municipalidad Provincial de Cañete, concluye: 1) Que, es factible la aprobación de la Ordenanza Municipal que aprueba el programa municipal de Educación, cultura y ciudadanía ambiental de la Municipalidad Provincial de Cañete de 20182022, contenida en el anexo que forma parte integrante del acto aprobatorio, por los sustentos expuestos en el presente informe, debiendo previamente remitirse a la Comisión de Servicios Públicos; 2) Que, se encargue a la Gerencia Municipal, coordinación con la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental, Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática y demás órganos administrativos relacionados con su implementación accionar lo conveniente para ejecutar el programa municipal que se apruebe mediante Ordenanza, bajo responsabilidad funcional; 3) Que, se alcance la ordenanza aprobatoria y sus anexos al Ministerio del Ambiente para conocimiento y fines, 4) Que, se disponga a través de la Gerencia de Secretaría General su publicación de acuerdo a Ley y que su anexo en 22 folios forma parte integral del presente dispositivo legal, el mismo que se encontrará publicado en el portal institucional de la Entidad, para su vigencia, y 5) Que, se encargue a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto y Tecnologías de la Información, publicar el anexo en 22 folios "Programa Municipal de Educación, Cultura y Ciudadanía Ambiental de Cañete 20182022 ­ Programa Municipal EDUCCA-Cañete; Que, mediante el Dictamen Nº 05-2017-CSP-MPC de fecha 28 de diciembre de 2017, la Comisión de Servicios Públicos, recomienda por Unanimidad aprobar la Ordenanza Municipal que aprueba el programa municipal de educación, cultura y ciudadanía ambiental

de la Municipalidad Provincial de Cañete de 2018-2022; Que, se alcance la ordenanza aprobatoria y sus anexos al Ministerio del Ambiente para conocimiento y fines; elevar a Despacho de Alcaldía todos los antecedentes, para su deliberación y pronunciamiento; Estando a lo dispuesto en los numerales 8) y 9) del Art. 9º y el Art. 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, con voto UNÁNIME de los señores Regidores y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta; se aprobó: ORDENANZA QUE APRUEBA EL PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANIA AMBIENTAL DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE DE 2018-2022 Artículo 1º.- APROBAR el PROGRAMA MUNICIPAL DE EDUCACIÓN, CULTURA Y CIUDADANÍA AMBIENTAL de la Municipalidad Provincial de Cañete de 2018-2022 (Programa Municipal EDUCCA-CAÑETE), contenida en el anexo en veintidós (22) folios que forman parte integrante de la presente Ordenanza; conforme a los considerandos expuestos. Artículo 2º.- ENCARGAR a la Gerencia Municipal en coordinación con la Gerencia de Servicios a la Ciudad y Gestión Ambiental y Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática y demás órganos administrativos de la Municipalidad Provincial de Cañete relacionados con su implementación accionar lo conveniente para ejecutar el programa municipal que se apruebe mediante Ordenanza, bajo responsabilidad funcional. Artículo 3º.- DISPONER la publicación de la Ordenanza de acuerdo a Ley en el Diario Oficial El Peruano y en la página Institucional de la Municipalidad Provincial de Cañete la Ordenanza y su anexo en 22 folios. Artículo 4º.- REMITIR al Ministerio del Ambiente la presente Ordenanza y su anexo para conocimiento y fines. Artículo 5º.- ENCARGAR a la Gerencia de Secretaría General de la Municipalidad Provincial de Cañete, la publicación de la Ordenanza en el Diario Oficial El Peruano; asimismo, la notificación a las áreas correspondientes para conocimiento. Artículo 6º.- ENCARGAR a la Gerencia de Planeamiento, Presupuesto e Informática de la Municipalidad Provincial de Cañete, la publicación de la Ordenanza y su anexo en 22 folios, en la página institucional de la Municipalidad Provincial de Cañete (www.municañete.gob.pe). Regístrese, comuníquese y cúmplase. ALEXANDER JULIO BAZÁN GUZMÁN Alcalde 1602464-2

Ratifican para el año 2018 Ordenanzas sobre el régimen tributario de los Arbitrios Municipales (Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo); que establecen la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal y sobre los derechos de emisión mecanizada de actualización de valores determinados de impuestos y recibos de pagos de la Municipalidad Distrital Cerro Azul
ACUERDO DE CONCEJO Nº 195-2017-MPC Cañete, 12 de diciembre de 2017 EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL DE CAÑETE VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de la fecha, el pedido del Regidor Provincial Jesús Giampier Custodio

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