TEXTO PAGINA: 244
244 NORMAS LEGALES Sábado 30 de diciembre de 2017 / El Peruano Cama, sobre el O fi cio Nº 413 – 2017 – AL/MDCA con fecha de ingreso el 31 de octubre de 2017, suscrito por el Abg. Abel Miranda Palomino – Alcalde de la Municipalidad Distrital de Cerro Azul; y, CONSIDERANDO:Que, de acuerdo a lo establecido en el Art. 194º de la Constitución Política del Perú y la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, la Municipalidad es un órgano de gobierno local de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; concordante con el Art. II del Título Preliminar de la Ley Orgánica antes mencionada, la autonomía (que la Constitución establece para las municipalidades) radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativo y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico; Que, el Art. 40º de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades, establece que “Las Ordenanzas en materia tributaria expedida por las Municipalidades Distritales, deben ser rati fi cadas por las Municipalidades Provinciales de su circunscripción para su vigencia”; en el caso de la Provincia de Cañete, corresponderá a la Municipalidad Provincial de Cañete pronunciarse respecto de la solicitud de rati fi cación, teniendo en cuenta el marco legal vigente; Que, según la Norma IV del Decreto Supremo Nº 133 – 2013 – MEF – Texto Único Ordenado del Código Tributario, establece en el último párrafo que “los Gobiernos Locales, mediante Ordenanza, pueden crear, modi fi car y suprimir sus contribuciones, arbitrios, derechos y licencias o exonerar de ellos, dentro de su jurisdicción y con los límites que señala la Ley”; Que, el Art. 66º del Decreto Supremo Nº 156 – 2004 – EF – Texto único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, señala que: ”Las tasas municipales son los tributos creados por los concejos municipales cuya obligación tiene como derecho generador la prestación efectiva por la Municipalidad de un servicio público o administrativo, reservado a las Municipalidades de acuerdo con la Ley Orgánica de Municipalidades”; asimismo, el Art. 68º del mismo cuerpo normativo, dispone que las municipalidades pueden imponer entre otras tasas, por estacionamiento de vehículos, con los límites que determine la municipalidad provincial respectiva y en el marco de las regulaciones sobre tránsito que dicte la autoridad competente del Gobierno Central; Que, el Art. 69 – A del Decreto Supremo Nº 156– 2004–EF – Texto único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal, dispone que las ordenanzas que aprueben el monto de las tasas por arbitrios, explicando los costos efectivos que demanda el servicio según el número de contribuyentes de la localidad bene fi ciada, así como los criterios que justi fi quen incrementos, de ser el caso, deberán ser publicadas a más tardar el 31 de diciembre del ejercicio fi scal anterior al de su aplicación; Que, el Art. 4º de la Ordenanza Nº 022 – 2015 – MPC de fecha 15 de diciembre de 2015 – Procedimiento para Ratifi cación de Ordenanzas Distritales para la Provincia de Cañete, establece que el plazo de presentación de las solicitudes de rati fi cación (entre otra) de las ordenanzas que establecen arbitrios aplicables a partir del ejercicio siguiente y las que aprueban derechos de emisión mecanizada aplicables en el ejercicio, es el último día hábil del mes de noviembre del año en curso. Asimismo, el Art. 6º y los numerales 7.1) y 7.3) del Art. 73º de la ordenanza antes mencionada, regulan los requisitos generales y especí fi cas que las municipalidades distritales tienen que presentar para la rati fi cación de sus ordenanzas; Que, de conformidad con lo establecido en los Art. 12º y 13º de la Ordenanza Nº 022-2015-MPC, re fi eren que la evaluación de la información contenida en la solicitud de ratifi cación está a cargo de la Gerencia de Administración Tributaria de la Municipalidad Provincial de Cañete (MPC), quien además elabora el informe técnico que deben elevarse al Gerente Municipal para el trámite correspondiente ante el Pleno de Concejo, el mismo que ha sido cumplido mediante el informe enunciado precedentemente; Que, mediante O fi cio Nº 413-2017-MDCA (con fecha de presentación 31 de octubre de 2017, ante el Sub Gerencia de Gestión Documentaria de la MPC), la Municipalidad Distrital de Cerro Azul representado por su Alcalde – Sr. Abel Miranda Palomino; presenta el Acuerdo de Concejo Nº 11-2017-MDCA-E de fecha 28 de octubre de 2017 y las siguientes ordenanzas: • Ordenanza Municipal Nº 12 -2017-MDCA de fecha 28 de octubre de 2017, que aprobó mantener la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 015-2015-MDCA de fecha 22 de diciembre de 2015, que mantiene el régimen tributario de los Arbitrios Municipales (Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo), para su aplicación ejercicio 2018; • Ordenanza Municipal Nº 13-2017-MDCA de fecha 28 de octubre de 2017, que prorroga la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 015-2008-MDCA, que establece la tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal, aprobada con dicha disposición en la jurisdicción del distrito de Cerro Azul, para el año fi scal 2018; • Ordenanza Municipal Nº 11-2017-MDCA de fecha 28 de Octubre de 2017, que mantiene la vigencia de la Ordenanza Municipal Nº 014-2015-MDCA de fecha 22 de diciembre de 2015, que mantiene los derechos de emisión mecanizada de actualización de valores determinados de impuesto y recibo de pago correspondiente para el ejercicio fi scal 2018; Que, mediante Informe Nº 244-2017-GAT-MPC de fecha 22 de noviembre de 2017 la C.P.C Liliana M. Flores Lozano- Gerente de Administración Tributaria de la MPC, después de haber efectuado la revisión de la documentación presentada y habiendo corroborado el levantamiento de las observaciones, las ordenanzas cumplen con lo dispuesto por la normatividad, concluyendo que, es viable la rati fi cación de la Ordenanza Nº 015- 2015-MDCA sobre el Régimen Tributario de los Arbitrios Municipales (Limpieza Pública, Parques, Jardines y Serenazgo) para el año fi scal 2018, Ordenanza Nº 014- 2008-MDCA, sobre el derecho de emisión mecanizada de actualización de valores determinados de impuestos y recibo de pago para el año 2018 y Ordenanza Nº 015-2008-MDCA que establece la tasa de estacionamiento vehicular temporal, para el año 2018; Que, mediante Informe Legal Nº 469-2017-GAJ-MPC, de fecha 30 de noviembre del 2017, el Abg. Horacio Hinostroza Delgado – Gerente de Asesoría Jurídica de la MPC, concluye: 1) Que, es factible que se eleven los actuados al Pleno de Concejo Municipal para deliberar y determinar la rati fi cación para el año 2018, de la Ordenanza Nº 012-2017-MDCA de fecha 28 de Octubre de 2017, que rati fi ca la Ordenanza Nº 015-2015-MDCA, sobre el régimen tributario de los Arbitrios Municipales (Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo; la Ordenanza Nº 013-2017-MDCA que prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 015 -2008 -MDCA que establece la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal y la Ordenanza Nº 011 – 2017 – MDCA que mantiene en vigencia la Ordenanza Municipal Nº 014-2015-MDCA sobre los derechos de emisión mecanizada de actualización de valores determinados de impuesto y recibo de pago correspondiente…; 2) Que, se encargue a la Gerencia de Secretaria General, remita copia certi fi cada del Acuerdo de Concejo a la Municipalidad Distrital de Cerro Azul para su publicación, así como se transcriba para su publicación, así como, se transcriba a las unidades orgánicas de la municipalidad que se relacionan con el procedimiento para su conocimiento y fi nes…; Que, la Comisión de Plani fi cación, Economía y Administración Municipal de la Municipalidad Provincial de Cañete, mediante Dictamen Nº 063-2017-CPEyAM-MPC, de fecha 12 de diciembre de 2017, recomienda por UNANIMIDAD: 1) Rati fi car la Ordenanza Nº 012- 2017-MDCA de fecha 28 de octubre de 2017, que rati fi ca la Ordenanza Nº 015-2015-MDCA sobre el régimen tributario de los Arbitrios Municipales (Limpieza Pública, Parques y Jardines y Serenazgo), la Ordenanza Nº 013-2017-MDCA de fecha 28 de octubre de 2017, que prorroga la vigencia de la Ordenanza Nº 015-2008-MDCA que establece la Tasa por Estacionamiento Vehicular Temporal y la Ordenanza Nº 011-2017-MDCA de fecha 28 de octubre de 2017, que mantiene en vigencia la Ordenanza Municipal Nº 014-2015-MDCA sobre los