Norma Legal Oficial del día 02 de febrero del año 2017 (02/02/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 30

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NORMAS LEGALES


Jueves 2 de febrero de 2017 /

El Peruano
VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN (S/) 171,916.19 9,255.43

Resolución Ministerial que apruebe los valores totales de las Tasaciones y los pagos correspondientes; Que, PROVIAS DESCENTRALIZADO ha acreditado el cumplimiento de las disposiciones establecidas en el Decreto Legislativo N° 1330, que modifica el Decreto Legislativo N° 1192, y, asimismo señala que cuenta con la disponibilidad presupuestal correspondiente al presente ejercicio; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Legislativo N° 1192, el Decreto Legislativo N° 1330 y el Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC; SE RESUELVE: Artículo 1.- Aprobar los valores totales de las Tasaciones, que incluyen el incentivo a las adquisiciones por el monto adicional equivalente al 20% del valor comercial de las áreas de dos (02) inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: "Construcción del Puente Ñaña y Accesos", así como los pagos correspondientes, conforme se detallan en el Anexo que forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2.- Disponer que el Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte Descentralizado - PROVIAS DESCENTRALIZADO, dentro del plazo máximo de veinte días hábiles de emitida la presente resolución, gestione la suscripción de los instrumentos de transferencia a favor de la Municipalidad Metropolitana de Lima y realice los pagos de los valores totales de las Tasaciones a que se refiere el artículo 1 de la presente resolución. Artículo 3.- Disponer que, una vez realizados los pagos aprobados en el artículo 1 de la presente resolución, los Sujetos Pasivos desocupen y entreguen las áreas de dos (02) inmuebles afectados por la Obra, en el plazo máximo de diez días hábiles de encontrarse los inmuebles libres o treinta días hábiles de estar ocupados o en uso, según corresponda, bajo apercibimiento del inicio del procedimiento de ejecución coactiva, previo requerimiento establecido en el literal f. del numeral 20.4 del artículo 20 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192. Artículo 4.- Disponer que dentro de los cinco días hábiles siguientes de suscritos los Formularios Registrales y efectuados los pagos de los valores totales de las Tasaciones, PROVIAS DESCENTRALIZADO remita al Registro de Predios de la SUNARP, los Formularios Registrales y copia certificada de los documentos que acrediten los pagos de los montos de los valores totales de las Tasaciones, a favor de los Sujetos Pasivos. El Registrador Público dentro de los siete días hábiles de recibidas las solicitudes con los citados documentos, inscribirá las adquisiciones a nombre de la Municipalidad Metropolitana de Lima, bajo responsabilidad, según lo previsto en el artículo 22 de la Ley Marco de Adquisición y Expropiación de Inmuebles, Transferencia de Inmuebles de Propiedad del Estado, Liberación de Interferencias y dicta otras medidas para la Ejecución de Obras de Infraestructura, aprobada por el Decreto Legislativo N° 1192. Regístrese, comuníquese y publíquese. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Ministro de Transportes y Comunicaciones ANEXO Valores totales de las Tasaciones correspondientes a las áreas de dos (02) inmuebles afectados por la ejecución de la Obra: "Construcción del Puente Ñaña y Accesos", ubicados en el distrito de Lurigancho - Chosica, provincia de Lima y departamento de Lima.
INCENTIVO DEL VALOR 20% DEL VALOR CÓDIGO DEL COMERCIAL INFORME TÉCNICO COMERCIAL DEL DEL INMUEBLE DE TASACIÓN INMUEBLE (S/) (S/) PUL-T-001 77,443.52 15,488.70 VALOR TOTAL DE LA TASACIÓN (S/) 92,932.22

INCENTIVO DEL VALOR CÓDIGO DEL 20% DEL VALOR COMERCIAL INFORME TÉCNICO COMERCIAL DEL DEL INMUEBLE DE TASACIÓN INMUEBLE (S/) (S/) PUL-V-001A PUL-T-002 143,263.49 7,712.86 28,652.70 1,542.57

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1481176-1

Aprueban el "Tarifario de Servicios No Exclusivos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones"
RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 038-2017 MTC/01.02 Lima, 1 de febrero de 2017 VISTOS: El Informe N° 1354-2016-MTC/09.05 de la Oficina de Organización y Racionalización de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto y el Memorándum N° 24192016-MTC/09.05 de la Oficina General de Planeamiento y Presupuesto; CONSIDERANDO: Que, el numeral 37.4 del artículo 37 de la Ley N° 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General (en adelante, la Ley), establece que para aquellos servicios que no sean prestados en exclusividad, las entidades a través de Resolución del Titular del Pliego establecen los requisitos y costos correspondientes a ellos, los cuales deben ser debidamente difundidos para que sean de público conocimiento, respetando lo establecido en el artículo 60 de la Constitución Política del Perú y las normas sobre represión de la competencia desleal; Que al artículo 2 del Decreto Supremo Nº 088-2001PCM, que establece disposiciones aplicables a las Entidades del Sector Público para desarrollar actividades de comercialización de bienes y servicios y efectuar los cobros correspondientes, dispone, entre otros, que el Titular de la Entidad mediante Resolución establecerá: la descripción clara y precisa de los bienes y/o servicios que son objeto de comercialización por parte de la Entidad, las condiciones y limitaciones para su comercialización, si las hubiere, el monto del precio expresado en porcentaje de la UIT y su forma de pago; Que, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 021-2007-MTC, en su artículo 64, literal b), dispone que la Dirección de Estudios Especiales realiza ensayos de materiales, de laboratorio y demás análisis para el diseño y ejecución de obras viales y otras de ingeniería, que sean requeridos por el Ministerio y por otras entidades públicas o privadas; asimismo, el primer párrafo del artículo 65 del citado Reglamento, establece que la Dirección de Equipo Mecánico presta servicios de mantenimiento y reparación de equipo mecánico a otras entidades públicas y privadas que lo soliciten; y el literal f) del mismo artículo, establece que brinda servicios de Capacitación, Certificación Profesional, Asistencia Técnica, Evaluación y Certificación de componentes de maquinaria pesada y vehículos para la construcción vial, a los usuarios del equipo mecánico del Ministerio y de otras instituciones que lo soliciten; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 6372008-MTC/02 se aprobaron las Tarifas de Ensayo de Laboratorio de la Dirección de Estudios Especiales y las Tarifas de Servicios de la Dirección de Equipo Mecánico, de la Dirección General de Caminos y Ferrocarriles del Ministerio; Que, la citada Dirección General, solicita la actualización de las tarifas de ensayos de laboratorio vigentes aplicando la metodología de determinación de costos de la PCM, considerando la necesidad de incrementar y actualizar los Ensayos de Laboratorio, debido al constante avance tecnológico, así como a la



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