Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2017 (20/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 66

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NORMAS LEGALES

Jueves 20 de julio de 2017 /

El Peruano

MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR
Modifican el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar
ORDENANZA MUNICIPAL Nº 031-2017-MDMM Magdalena, 11 de julio de 2017 EL ALCALDE DISTRITAL DE LA MUNICIPALIDAD DE MAGDALENA DEL MAR POR CUANTO: El Concejo Municipal de Magdalena del Mar, en sesión ordinaria Nº 15 de la fecha y; VISTO El Informe N° 026-2017-GDSE-MDMM, de la Gerencia de Desarrollo Social y Económico, el Informe N° 389-2017-GAJ-MDMM, de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Memorándum N° 280-2017-GDSE-MDMM, emitido por la Gerencia de Desarrollo Social y Económico, el Informe N° 041-2017-GPP-MDMM, de la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto, y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, concordante en el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley 27972, los Gobiernos Locales gozan de autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, asimismo, la referida Constitución en su artículo 4º precisa que la comunidad y el Estado protegen, entre otros, a los ancianos en situación de abandono; asimismo, el artículo 7º de la Constitución, establece que todos tienen derecho a la protección de su salud, la del medio familiar y de la comunidad, así como el deber de contribuir a su promoción y defensa. La persona incapacitada para velar por si misma a causa de una deficiencia física o mental, tiene el derecho al respeto de su dignidad y a un régimen legal de protección, atención, readaptación y seguridad; Que, el artículo 2º de la Ley Nº 30490, Ley de las Personas Adultas Mayores, define, como personas adultas mayores, a todas aquellas que tengan 60 o más años de edad; Que, de conformidad con el primer párrafo del artículo 10º de la precitada Ley, el Ministerio de la Mujer y Poblaciones Vulnerables (MIMP) promueve la creación de Centros Integrales de atención al Adulto Mayor (CIAM) por los gobiernos locales; Que, mediante Ley Nº 27658; Ley Marco de Modernización del Estado, declara que el Estado Peruano se encuentra en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado al servicio del ciudadano; Que, el Decreto Supremo Nº 043-2006-PCM, que aprueba los lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF por parte de la Administración Pública, en su artículo 28º precisa que se requiere, entre otros, la aprobación del ROF en el siguiente caso: f) para optimizar o simplificar los procesos de la entidad con la finalidad de cumplir con la mayor eficiencia su misión y funciones; Que, el Decreto Supremo Nº 004-2013-PCM, aprobó la Política de Modernización de la Gestión Pública, que es el principal documento orientador de la modernización de la gestión pública en el Perú, que establecerá la visión, los principios y lineamientos, para una actuación coherente y

eficaz del sector público, al servicio de los ciudadanos y el desarrollo del país. Dicha norma refuerza los objetivos y acciones que deben cumplir las entidades públicas y que deben cumplir las entidades públicas y fortalece las políticas de obligatorio cumplimiento aprobadas mediante Decreto Supremo Nº 027-2007-PCM, que define y establece las Políticas Nacionales, las que se encuentran orientadas hacia la adopción de un enfoque de gestión basado en procesos; Que, el artículo 9º numeral 3) de la Ley Orgánica de Municipalidades; Ley 27972, establece que corresponde al Consejo Municipal aprobar el régimen interior y de funcionamiento del gobierno local; lo cual resulta concordante con lo establecido en el artículo 40º de la acotada norma, que señala, que las Ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la organización interna, la regulación, administración, supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, asimismo, el artículo 9º numeral 8) de la Ley Orgánica de Municipalidades antes mencionada, establece que corresponde al Consejo Municipal, aprobar, modificar o derogar las ordenanzas y dejar sin efectos los acuerdos; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 30-2017MDMM, de fecha 11 de julio del 2017, se aprobó la creación del Centro Integral del Adulto Mayor ­ CIAM de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar; Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 523-2012MDMM, de fecha 12 de noviembre de 2012, se aprobó el Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar; Que, en los documentos vistos se aprecia, que la modificación al Reglamento de Organización y Funciones está alineada con las normas legales aludidas así como en la necesidad de incorporar, las funciones del Centro Integral del Adulto Mayor ­ CIAM- al ROF de la Municipalidad. Estando al uso de las facultades conferidas por el numeral 8) del artículo 9º de la Ley Nº 27972- Ley Orgánica de Municipalidades y con el visto bueno de la Gerencia de Asesoría Jurídica, el Concejo Municipal, aprobó por UNANIMIDAD, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, la siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES (ROF) DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MAGDALENA DEL MAR Artículo Primero.- MODIFICAR el artículo 147° de la Ordenanza N° 523-2012-MDMM, Ordenanza que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones (ROF), Cuadro para Asignación de Personal (CAP) y el Clasificador de Cargos de la Municipalidad Distrital de Magdalena del Mar, modificando el literal "v" e incorporando los literales "w", "x", "y", "z", "aa", "bb", "cc" y "dd", de la siguiente manera: "Artículo 147°.- (...) v. Diseñar, formular y ejecutar las políticas, planes, programas y proyectos en relación a la temática de las personas adultas mayores. w. Establecer canales de comunicación entre las instituciones que trabajan en defensa de derechos de la persona adulta mayor, así como de los derechos humanos en general, con equidad de género. x. Regular las acciones del CIAM, adecuando las normas nacionales a la realidad local. y. Organizar la protección y participación de las Personas Adultas Mayores, de acuerdo a las posibilidades económicas de la Municipalidad. z. Aplicar estrategias participativas que permiten el desarrollo de capacidades y habilidades para superar la pobreza. aa. Organizar, administrar y ejecutar los programas locales de lucha contra la pobreza y de desarrollo social

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