Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2017 (20/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 63

El Peruano / Jueves 20 de julio de 2017

NORMAS LEGALES

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o si las proyecciones muestran que al cierre del año fiscal arrojen saldos de libre disponibilidad, como consecuencia del cumplimiento o la supresión total o parcial de metas presupuestarias. b) Los Grupos Genéricos de Gasto podrán ser objeto de habilitaciones si las proyecciones al cierre del año fiscal muestran déficit respecto de las metas programadas o si se incrementan o crean nuevas metas presupuestarias"; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 039-2016-CDLO de fecha 29 de diciembre de 2016 se aprobó el presupuesto institucional de apertura para el año 2017, el mismo que fue promulgado mediante Resolución de Alcaldía Nº 465-2016MDLO de fecha 29 de diciembre de 2016 el cual contempla en la sección proyectos, el Plan de Inversiones para el año fiscal 2017, por el monto ascendente a S/. 9'625,233 (Nueve Millones Seiscientos Veinticinco Mil Doscientos Treinta y Tres con 00/100 Soles), que corresponde al financiamiento de proyectos priorizados en el presupuesto participativo para el año fiscal 2017; Que, con Informe Nº 059-2017-MDLO-GDU-SGIOP/ RAFP-RHE emitido por el responsable del área de formulación y presupuesto de la Subgerencia de Infraestructura y Obras Públicas, señala que conforme a sus funciones corresponde responsabilizarse como Unidad Formuladora y Ejecutora de los siguientes Proyectos, el mismo que ha culminado con la formulación del desagregado presupuestal por cada uno de ellos, señalando además que el cumplimento de los Proyectos del Presupuesto Participativo se encuentran garantizados y que muestran saldos por el importe de S/. 496,292.43 (Cuatrocientos Noventa y Seis Mil Doscientos Noventa y Dos con 43/100 Soles); Que, a través del Informe Nº 048-2017-MDLO-GGU de fecha 26 de mayo de 2017 la Gerencia de Gestión Urbana remite el Informe Nº 298-2017-MDLO-GDUSGIOP de fecha 26 de mayo de 2017 de la Subgerencia de Infraestructura y Obras Publicas a través del cual solicita la incorporación de 03 proyectos en el Plan de Inversiones del Año Fiscal 2017, por el importe ascendente a S/. 496,292.43 (Cuatrocientos Noventa y Seis Mil Doscientos Noventa y Dos con 43/100 Soles), indicando que estos no modificarán la asignación presupuestal programada; Que, con Informe Nº 002-2017-MDLO/GPP-OPMI de fecha 01 de junio de 2017 la Oficina de Programación Multianual de Inversiones, señala que previo a la ejecución se debe efectuar la modificación del Plan de Inversiones 2017; Que, mediante Informe Nº 1143-2017-MDLO-GPDI de fecha 02 de junio de 2017 de la Gerencia de Planeamiento

y Presupuesto menciona que para la modificación del Plan de Inversiones, por la incorporación de 03 proyectos de inversión se realizará con cargo a los saldos de los proyectos del Presupuesto Participativo 2017, dicha modificación por incorporación de proyectos se realizaraácon cargo Anulación y Habilitación de los recursos presupuestales de los proyectos aprobados; Que, con Informe Nº 207-2017-MDLO/GAJ de fecha 05 de junio de 2017 la Gerencia de Asesoría Jurídica opina que resulta procedente hacer la modificación del Plan de Inversiones por incorporación de los proyectos antes mencionados, indicando se deben elevar los actuados al Concejo Municipal, para su aprobación a través de Acuerdo de Concejo, conforme a las funciones y atribuciones establecidas en el Reglamento Interno de Concejo y en la Ley Orgánica de Municipalidades; Estando a lo expuesto y al amparo de lo que establecen el Artículo 9º inciso 20) y el Artículo 41º de la Ley Nº 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, con el voto en MAYORÍA de los miembros del Concejo Municipal, y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- MODIFICAR el Plan de Inversiones del año 2017 aprobado mediante Acuerdo de Concejo Nº 039-2016-CDLO de fecha 29 de diciembre de 2016 para la incorporación de tres proyectos, por la suma de S/. 496,292.43 (Cuatrocientos Noventa y Seis Mil Doscientos Noventa y Dos con 43/100 Soles), el mismo que se detalla en Anexo 1 y que forma parte integrante del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- ENCARGAR el cumplimiento de lo dispuesto a la GERENCIA MUNICIPAL, a la GERENCIA DE PLANIFICACIÓN Y PRESUPUESTO y demás áreas funcionales en lo que sea de su competencia, a la SECRETARÍA GENERAL su publicación en el diario oficial "El Peruano", a la SUBGERENCIA DE IMAGEN INSTITUCIONAL su difusión y a la GERENCIA DE TECNOLOGÍAS DE LAINFORMACIÓN y la SUBGERENCIA DE SOPORTE, REDES Y TELECOMUNICACIONES la publicación en el Portal Institucional. Regístrese, comuníquese y cúmplase. PEDRO M. DEL ROSARIO RAMÍREZ Alcalde

REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE DECLARACIONES JURADAS
Se comunica a los organismos públicos que, para efecto de la publicación en la Separata Especial de Declaraciones Juradas de Funcionarios y Servidores Públicos del Estado, se deberá tomar en cuenta lo siguiente: 1. La solicitud de publicación se efectuará mediante oficio dirigido al Director del Diario Oficial El Peruano y las declaraciones juradas deberán entregarse en copias autenticadas o refrendadas por un funcionario de la entidad solicitante. 2. La publicación se realizará de acuerdo al orden de recepción del material y la disponibilidad de espacio en la Separata de Declaraciones Juradas. 3. La documentación a publicar se enviará además en archivo electrónico (CD o USB) y/o al correo electrónico: dj@editoraperu.com.pe, precisando en la solicitud que el contenido de la versión electrónica es idéntico al del material impreso que se adjunta; de no existir esta identidad el cliente asumirá la responsabilidad del texto publicado y del costo de la nueva publicación o de la Fe de Erratas a publicarse. 4. Las declaraciones juradas deberán trabajarse en Excel, presentado en dos columnas, una línea por celda. 5. La información se guardará en una sola hoja de cálculo, colocándose una declaración jurada debajo de otra.
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