Norma Legal Oficial del día 20 de julio del año 2017 (20/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 52

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NORMAS LEGALES

Jueves 20 de julio de 2017 /

El Peruano

CORTES SUPERIORES DE JUSTICIA
Disponen la ejecución del Curso de Especialización en Argumentación y Motivación en sede administrativa y sede judicial en la Corte Superior de Justicia del Callao
RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA N° 003-2017-J-ODECMA-CALLAO-CSJCL/PJ Callao, 18 de julio del 2017 VISTOS: El Oficio N° 97-2017-JEFATURA-ODECMA-CALLAO, dirigido a la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, con fecha 08 de marzo del año en curso, el Oficio N° 98-2017-JEFATURA-ODECMA-CALLAO, dirigido a la Presidenta de la Escuela de Formación Jurisdiccional de la Corte Superior de Justicia del Callao, de la misma fecha y el Oficio N° 225-2017-UAF-GAD-CSJCL/PJ, remitido por el Jefe de la Unidad de Administración y Finanzas de la Unidad Ejecutora de esta Corte Superior de Justicia, con fecha 29 de marzo del 2017, que adjunta el Memorándum N° 183-2017-UPD-GAD-CSJCL-PJ, suscrito por el Jefe de la Unidad de Planeamiento y Desarrollo de la Unidad Ejecutora de esta Corte Superior de Justicia, mediante el cual informa a esta Jefatura de ODECMA Callao, la disponibilidad presupuestal para la realización del Curso de Especialización en ARGUMENTACIÓN Y MOTIVACIÓN EN SEDE ADMINISTRATIVA Y SEDE JUDICIAL en esta Corte Superior de Justicia del Callao. Y CONSIDERANDO: Primero: Conforme las acciones estratégicas que contiene el Plan de Gestión 2017 ­ 2018 de la ODECMA ­ Callao, remitido a la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia del Callao, con fecha 02 de febrero del 2017, el cual tiene como primer objetivo específico, el capacitar en la dimensión ética del quehacer jurisdiccional a los magistrados y auxiliares jurisdiccionales. Asimismo, capacitar en el campo de actuación (labor específica) del personal administrativo y jurisdiccional, dentro del Programa de Capacitación. Segundo: En cumplimiento al Plan de Gestión en mención, desde el mes de mayo del año 2017 se vienen realizando los 3 Foros Éticos y programado para el mes de setiembre próximo los 3 Foros Académicos, con la participación de renombrados expositores, protagonistas de la lucha contra la corrupción y la ética pública, así como profesores de prestigiosas Universidades y de la Academia de la Magistratura, quienes han brindado su aporte académico ad honoren, con la participación de magistrados, personal jurisdiccional y administrativo, así como del público en general; logrando transmitir importantes aportes académicos, brindando las carpetas con el contenido de los temas a tratar a fin de coadyuvar al mejor ejercicio de las funciones en los órganos jurisdiccionales y administrativos, fortaleciendo y difundiendo los principios y valores de la ética judicial, como también, capacitación especializada en el tema transversal de la valoración de la prueba y los estándares de prueba. Asimismo, se tiene en dicho Plan de Gestión (página 21) la programación del Curso de Especialización en argumentación y motivación en sede administrativa y sede judicial. Tercero: En esta línea de política de gestión, se resalta la gestión del talento humano y la necesaria capacitación en las labores propias a la función que realizan los trabajadores. A este respecto el profesor Idalberto Chiavenato, señala lo siguiente: "Los procesos de desarrollo incluyen tres estratos que se superponen: la capacitación, el desarrollo de las personas y el desarrollo organizacional. (...) Actualmente la capacitación es un medio que desarrolla las competencias de las personas para que puedan ser más productivas, creativas e

innovadoras, a efecto de que contribuyan mejor a los objetivos organizacionales y se vuelvan cada vez más valiosas. Así, la capacitación es una fuente de utilidad, porque permite a las personas contribuir efectivamente en los resultados de la organización. Desarrollar a las personas no significa únicamente proporcionarles información para que aprendan nuevos conocimientos, habilidades y destrezas y, así, sean más eficientes en lo que hacen. Significa, sobre todo, brindarles la información básica para que aprendan nuevas actitudes, soluciones, ideas y conceptos y para que modifiquen sus hábitos y comportamientos y sean más eficaces en lo que hacen. (...) En un mundo cambiante y competitivo, con una economía sin fronteras, las organizaciones se deben preparar continuamente para los desafíos de la innovación y la competencia. Para tener éxito, las organizaciones deben contar con personas expertas, ágiles, emprendedoras y dispuestas a correr riesgos. (...) La capacitación y desarrollo son imprescindibles para conseguirlo. Las organizaciones más exitosas invierten mucho en capacitación para obtener un rendimiento garantizado. Para ellas, la capacitación no es un gasto, sino una inversión". (Gestión del Talento Humano. México D.F., Mc Graw-Hill, 2009, 3era ed., pp. 366, 370 y 371). Cuarto: Debemos afirmar, como señala el maestro Michele Taruffo, que la motivación debe ser entendida como un discurso argumentativo con el cual el Juez aduce "buenas razones" para sostener su decisión; es decir, justifica su fallo. Debe contener una adecuada justificación de la decisión relativa a la verdad o falsedad de las descripciones entorno a los hechos de la causa. El primer aspecto tiene que ver con la justificación de la decisión sobre los hechos relevantes de la controversia cuando la sentencia de primer grado está motivada. El segundo aspecto es el que resguarda a la justificación de la decisión "en derecho". Esta comprende, por una parte, una referencia a las razones por las que el Juez se remite a la norma "A" en lugar de a otras normas hipotéticamente aplicables al caso; y, por otro lado, a los argumentos por los cuáles se adopta una determinada interpretación de dicha norma. ("Apuntes sobre las funciones de la motivación". Proceso y Constitución. Argumentación jurídica y motivación de las resoluciones judiciales. Ponencias del Sexto Seminario Internacional de Derecho Procesal: Proceso y Constitución. Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú. Lima, Palestra, 2016, pp. 76, 77, 80 y 81). El contenido temático del Curso de Especialización comprenderá los temas siguientes: Presupuestos del Estado Constitucional de Derecho, el derecho fundamental a la debida motivación de las resoluciones judiciales, el concepto y funciones de la motivación, el control de la debida motivación de las resoluciones administrativas y judiciales, el control endoprocesal y el control extraprocesal, la decisión administrativa, la decisión judicial, estándares probatorios, el indicio como estándar probatorio, precedentes vinculantes y argumentación jurídica, análisis de la jurisprudencia relevante del Tribunal Supremo y Tribunal Constitucional, entre otros. Quinto: En dicho contexto, habiéndose realizado las coordinaciones previas con la Presidencia de esta Corte Superior de Justicia, la Directora de la Escuela de Formación Jurisdiccional y la Unidad de Planeamiento y Desarrollo, respecto a la factibilidad y presupuesto correspondiente, contando con la aceptación de los mismos conforme los documentos de vistos, para la realización del Curso de Especialización en Argumentación y Motivación en sede administrativa y sede judicial en esta Corte Superior de Justicia del Callao, a cargo de especialistas en Derecho Constitucional, Administrativo y Procesal, cuyo contenido temático comprenderá 2 módulos: Módulo 1: Argumentación y Motivación en sede administrativa, a cargo del Profesor Juan Francisco Rojas Leo, Profesor de Derecho Administrativo de la Universidad Nacional Mayor de San Marcos, Pontificia Universidad Católica del Perú y Universidad de Lima; Módulo 2: Argumentación y Motivación en sede judicial, a cargo del Profesor Reynaldo Bustamante Alarcón, Profesor Ordinario de la Facultad de Derecho de la Pontificia Universidad Católica del Perú y Universidad del Pacífico, que se realizará los días lunes, miércoles y jueves, a partir del miércoles 9 de agosto del presente año, dirigido a magistrados y personal jurisdiccional y administrativo de la Corte Superior de Justicia del Callao, en el horario de 5:00 p.m. a 7:00 p.m., que comprende horas lectivas presenciales y no

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