Norma Legal Oficial del día 23 de julio del año 2017 (23/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 26

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NORMAS LEGALES

Domingo 23 de julio de 2017 /

El Peruano

iii) la tarifa correspondiente al tercer rango por el volumen en exceso de 20 m3. La suma de los resultados parciales determinará el importe a facturar. c. A los usuarios de la categoría comercial y otros, se les aplicará la tarifa establecida para cada nivel de consumo, de acuerdo al procedimiento siguiente: · Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del primer rango (0 a 30 m3), se le aplicará la tarifa correspondiente a dicho rango. · Si el volumen mensual consumido está comprendido dentro del segundo rango (30 a más) se le aplicará: i) la tarifa correspondiente al primer rango por los primeros 30 m3 consumidos, y ii) la tarifa correspondiente al segundo rango por el volumen en exceso de 30 m3. La suma de los resultados parciales determinará el importe a facturar. La determinación del importe a facturar para el servicio de alcantarillado, se realizará utilizando el mismo procedimiento descrito para el servicio de agua potable, según la categoría tarifaria correspondiente. La empresa prestadora dará a conocer a los usuarios la estructura tarifaria que se derive de la aplicación de los incrementos previstos en la fórmula tarifaria y los reajustes de tarifa que se efectúen por efecto de la inflación utilizando el Índice de Precios al por Mayor (IPM). ANEXO Nº 4 FONDO DE INVERSIONES Y RESERVAS DE SEDAPAR S.R.L. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2017-2022 Fondo de Inversiones
Período Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5
1/

Reserva para la formulación del Plan de Gestión de Riesgos de Desastres
Período Año 3
1/

Porcentajes de los Ingresos 1/ 1.1%

Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fijo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal.

Reserva para la implementación de Mecanismos de Retribución por Servicios Ecosistémicos
Período Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5
1/

Porcentajes de los Ingresos 1/ 2.2% 5.0% 4.9% 4.8% 5.4%

Promedio S//Conexión 2/ 0.80 1.40 1.40 1.40 1.40

Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fijo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal. La reserva deberá destinarse exclusivamente para la implementación de los mecanismos de retribución por servicios ecosistémicos (MRSE) conforme con lo establecido en el Estudio Tarifario, cuyo aporte promedio por conexión es de S/ 0.80 mensual en el primer año del quinquenio regulatorio y de S/ 1.40 para los siguientes años. SEDAPAR S.R.L. deberá comunicar a través del comprobante de pago el aporte que realiza el usuario para la implementación de MRSE.

2/

Reserva para la formulación y seguimiento del Plan de Control de Calidad (PCC) y formulación del Programa de Adecuación Sanitaria (PAC)
Período Año 1 Año 2 Año 3 Año 4 Año 5
1/

Porcentajes de los Ingresos 1/ 4.0% 3.5% 3.0% 4.0% 3.5%

Porcentajes de los Ingresos 1/ 0.0% 1.1% 1.1% 0.2% 0.2%

Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fijo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal.

Los ingresos están referidos al importe facturado por los servicios de agua potable y alcantarillado, incluido el cargo fijo, sin considerar el Impuesto General a las Ventas (IGV) ni el Impuesto de Promoción Municipal.

ANEXO Nº 5 COSTOS MÁXIMOS DE LAS UNIDADES DE MEDIDA DE LAS ACTIVIDADES REQUERIDAS PARA ESTABLECER LOS PRECIOS DE LOS SERVICIOS COLATERALES DE SEDAPAR S.R.L. PARA EL QUINQUENIO REGULATORIO 2017-2022
Número A 1 2 3 4 B 5 6 7 8 9 10 11 Actividad Unidad Especificación Costo (S/) 10.72 8.57 49.81 32.48 7.29 10.95 14.59 18.23 5.83 7.29 13.81

Rotura, reposición de pavimento y vereda y eliminación de desmonte Rotura de pavimento de concreto e = 0.20 m - para agua Rotura de vereda Reposición de pavimento de concreto Reposición de vereda de concreto Trazo, excavación y refine de zanja Trazo y excavación manual de zanja Trazo y excavación manual de zanja - agua Trazo y excavación manual de zanja - agua Trazo y excavación manual de zanja - agua Excavación manual de zanja en vereda para instalación de caja de medidor Excavación manual de zanja en vereda para instalación caja de registro. Excavación y refine de zanja terreno arenoso - conexión agua ml ml ml ml und und ml Para 1.00 m x 0.50 m de ancho, hasta 1.00 m de profundidad Para 1.00 m x 0.60 m de ancho, hasta 1.50 m de profundidad Para 1.00 m x 0.60 m de ancho, hasta 2.00 m de profundidad Para 1.00 m x 1.00 m de ancho, hasta 2.50 m de profundidad Para 1.00 m2 de ancho x 0.50 m de profundidad Para 1.00 m2 de ancho x 0.60m de profundidad Para 0.50 m de ancho, 1.00 m de largo, hasta 0.80 m de profundidad m2 m2 m2 m2 Para zanja de 0.60 m de ancho Por m2 de vereda en concreto e = 4" Para 1.00 m2, pavimento de concreto e = 0.2 m. E = 0.15 m; f'c = 140 kg/cm2

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