Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2017 (26/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 96

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NORMAS LEGALES

Miércoles 26 de julio de 2017 /

El Peruano

titular del pliego y el acuerdo de Consejo Regional se publica en el Diario Oficial "El Peruano", y el acuerdo del Concejo Municipal se publica en su página web"; Que, el artículo 75° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, establece que las transferencias financieras entre pliegos presupuestarios, son traspasos de fondos públicos de contraprestación, para la ejecución de actividades y proyectos de inversión pública incorporados a los presupuestos institucionales respectivos de los pliegos del destino; Que, de conformidad a lo establecido por el segundo párrafo del numeral 75.2 del artículo 75° de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, en el que señala que en caso de los Gobiernos Regionales las transferencias financieras a otros pliegos presupuestales, se aprueban mediante acuerdo de Consejo Regional, previo informe favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; lo cual implica, la suscripción de los respectivos Convenios de Financiamiento por el Gobierno Regional y los Pliegos Presupuestales involucrados, debiendo establecer los montos de cofinanciamiento de ambas partes, de ser el caso; para el proceso de ejecución de las actividades o proyectos de inversión pública materia del convenio; Que, con Oficio N° 178-2017-MDPN-A de fecha 23 de junio de 2017, el Alcalde de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, solicita ante el Gobernador Regional el financiamiento y Transferencia Financiera del PIP, con código SNIP 380333 "Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Creación de Unidades Básicas de Saneamiento (UBS) del AA.HH. La Teresa, Distrito de Pueblo Nuevo ­ Chepén ­ La Libertad", por la suma de S/. 685,666.78; Que, la solicitud antes referida, ha sido canalizada a la Gerencia Regional de Infraestructura, quién con Oficio N° 1355-2017-GRLL-GGR/GRI, solicita ante la Gerencia Regional de Administración el informe que contenga la opinión favorable y la disponibilidad de recursos financieros destinados a la Transferencia Financiera requerida por la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, precisándole que la citada información constituye el requisito indispensable para la elaboración del Convenio de Transferencia Financiera, siguiendo los lineamientos contenidos en la Norma General Regional que regula el procedimiento para la admisión, aprobación y ejecución de Transferencias Financieras a Gobiernos Locales, aprobada con Resolución Ejecutiva Regional N° 10412016-GRLL/GOB; Que, la Gerencia Regional de Administración, mediante su Oficio N° 443-2017-GRLL-GGR/GRA de fecha 26 de junio de 2017, en atención a la solicitud promovida por la Gerencia Regional de Infraestructura, indicada en el párrafo precedente, informa a la Gerencia Regional de Presupuesto, que cuenta con la disponibilidad financiera, la que se sustenta en los saldos de Balances Determinados, en el Acta de Conciliación Presupuestal en la Fuente de Financiamiento Determinados; por el monto de S/. 685,666.78, que serían destinados a la ejecución del PIP, con código SNIP 380333 "Mejoramiento del Sistema de Agua Potable y Creación de Unidades Básicas de Saneamiento (UBS) del AA.HH. La Teresa, Distrito de Pueblo Nuevo ­ Chepén ­ La Libertad ­ La Libertad"; Que, el Gerente Regional de Presupuesto, con Oficio N° 155-2017-GR-LL-GGR-GRP, emite la opinión correspondiente relativo a la transferencia financiera referida en el párrafo precedente, señalando que la atención de la Transferencia Financiera estaría condicionada a las disposiciones señaladas en el literal e) del numeral 15.1; así como a lo establecido en los numerales 15.2 y 15.3 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y a lo dispuesto en la Norma General Regional que regula el procedimiento para la admisión, aprobación y ejecución de Transferencias Financieras a Gobiernos Locales, aprobada con Resolución Ejecutiva Regional N° 10412016-GRLL/GOB; Que, con Informe Legal N° 043-2017-GRLL-GGR/ GRAJ, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica opina que es viable la aprobación del Acuerdo del Concejo Regional, que autoriza LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE PUEBLO NUEVO, DESTINADOS A LA EJECUCIÓN DEL PIP,

CÓDIGO SNIP 380333 "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y CREACIÓN DE UNIDADES BÁSICAS DE SANEAMIENTO (UBS) DEL AA.HH. LA TERESA, DISTRITO DE PUEBLO NUEVO ­ CHEPÉN ­ LA LIBERTAD"; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23°, 61° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/ CR; demás normas complementarias; con dispensa de dictamen de comisión, dispensa de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR MAYORÍA, lo siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Pueblo Nuevo, hasta por la suma de SEISCIENTOS OCHENTA Y CINCO MIL SEISCIENTOS SESENTA Y SEIS Y 78/100 SOLES (S/. 665,666.78), destinados a la ejecución del PIP, con código SNIP 380333 "MEJORAMIENTO DEL SISTEMA DE AGUA POTABLE Y CREACIÓN DE UNIDADES BÁSICAS DE SANEAMIENTO (UBS) DEL AA.HH, LA TERESA, DISTRITO DE PUEBLO NUEVO ­ CHEPÉN ­ LA LIBERTAD", los cuales no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional La Libertad, la suscripción del Convenio respectivo, conforme a lo determinado en el literal e) del numeral 15.1 del artículo 15° de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia financiera autorizada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de La Libertad, la supervisión para el adecuado uso de los recursos financieros del Estado transferidos conforme al artículo primero del presente Acuerdo Regional, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y DIFUNDIR a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: Registre, notifíquese y cúmplase. EDWIN MARTIN CASTELLANOS GARCIA Presidente Consejo Regional La Libertad 1547495-1

GOBIERNO REGIONAL DE LORETO
Realizan Segunda Convocatoria a concurso público de méritos para nombrar Procurador Público Regional de Loreto y aprueban bases
RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 284-2017-GRL-P Belén, 13 de julio de 2017 Visto, el MEMORANDO N° 717-2017-GRL-P, de fecha 20 de junio del 2017, mediante el Gobernador Regional dispone bajo responsabilidad se implemente las acciones administrativas pertinentes para la realización de una nueva convocatoria del proceso de concurso público de méritos para cubrir la plaza de Procurador Público de la entidad; y PROVEIDO N° 9066-2017-GRL-GGR, mediante el cual el Gerente General Regional Autoriza

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