Norma Legal Oficial del día 26 de julio del año 2017 (26/07/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 92

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NORMAS LEGALES

Miércoles 26 de julio de 2017 /

El Peruano

Que, con Oficio N° 319-2017-MPGCH/C de fecha 12.JUN.2017, el Alcalde de la Municipalidad Provincial de Gran Chimú, solicita ante el Gobernador Regional el financiamiento y Transferencia Financiera para ejecutar el PIP, código SNIP 383434 "Mejoramiento del Servicio de Transitabilidad de la Carretera entre los caseríos Pampas de San Isidro y Chuchalac del distrito de Cascas, provincia de Gran Chimú ­ departamento de La Libertad", por la suma de S/. 1'902,082.03; Que, la solicitud antes referida, ha sido canalizada a la Gerencia Regional de Infraestructura, quién con Oficio N° 01299-2017-GRLL-GGR/GRI de fecha 16.JUN.2017, solicita ante la Gerencia Regional de Administración el informe que contenga la opinión favorable y la disponibilidad de recursos financieros destinados a la Transferencia Financiera requerida por la Municipalidad Provincial de Gran Chimú, precisándole que la citada información constituye el requisito indispensable para la elaboración del Convenio de Transferencia Financiera, siguiendo los lineamientos contenidos en la Norma General Regional que regula el procedimiento para la admisión, aprobación y ejecución de Transferencias Financieras a Gobiernos Locales, aprobada con Resolución Ejecutiva Regional N° 1041-2016-GRLL/GOB; Que, la Gerencia Regional de Administración, mediante su Oficio N° 416-2017-GRLL-GGR/GRA de fecha 19.JUN.2017, en atención a la solicitud promovida por la Gerencia Regional de Infraestructura, indicada en el párrafo precedente, informa a la Gerencias Regional de Presupuesto, que cuenta con la disponibilidad financiera en los Saldos de Balance determinados al 31 de diciembre del año 2016, proveniente de los fondos del canon y sobre canon, regalías, renta de aduanas y participaciones, fuente financiamiento Recursos Determinados; por el monto de S/. 1'902,082.03, que serían destinados a la ejecución del PIP, con código SNIP 383434 "Mejoramiento del Servicio de Transitabilidad de la Carretera entre los caseríos Pampas de San Isidro y Chuchalac del distrito de Cascas, provincia Gran Chimú ­ departamento de La Libertad"; conforme a lo precisado con Oficio N° 425-2017-GRLL-GGR/GRA de fecha 20.JUN.2017; Que, el Gerente Regional de Presupuesto con Oficio N° 149-2017-GR-LL-GGR-GRP, emite la opinión correspondiente relativa a la transferencia financiera referida en el párrafo precedente, señalando que la atención de la Transferencia financiera estaría condicionada a las disposiciones señaladas en el literal e) del numeral 15.1; así como a lo establecido en los numerales 15.2 y 15.3 de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, y a lo dispuesto en la Norma General Regional que regula el procedimiento para la admisión, aprobación y ejecución de Transferencias Financieras a Gobiernos Locales, aprobada con Resolución Ejecutiva Regional N° 1041-2016-GRLL/GOB; Que, con Informe Legal N°105-2017-GRLL-GGR/ GRAJ, el Gerente Regional de Asesoría Jurídica opina que es viable la aprobación del Acuerdo del Concejo Regional, que autorice la suscripción del CONVENIO DE TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD PROVINCIAL GRAN CHIMÚ PARA LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD DE LA CARRETERA ENTRE LOS CASERÍOS PAMPAS DE SAN ISIDRO Y CHUCHALAC DEL DISTRITO DE CASCAS, PROVINCIA GRAN CHIMÚ ­ DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD"; El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en uso de sus atribuciones conferidas por los artículos 191° y 192° de la Constitución Política del Perú; Ley Orgánica de Gobierno Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias; y los artículos 23°, 61° y 64° del Reglamento Interno del Consejo Regional La Libertad, aprobado con Ordenanza Regional N° 005-2010-GRLL/ CR; demás normas complementarias; con dispensa de dictamen de comisión, dispensa de lectura y aprobación de acta, el Pleno del Consejo Regional ACORDÓ POR UNANIMIDAD, lo siguiente: Artículo Primero.- APROBAR la Transferencia Financiera a favor de la Municipalidad Provincial de Gran Chimú, hasta por la suma de UN MILLON

NOVECIENTOS DOS MIL OCHENTA Y DOS Y 03/100 SOLES (S/. 1'902,082.03), destinados a la ejecución del PIP, con código SNIP 383434 "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO DE TRANSITABILIDAD DE LA CARRETERA ENTRE LOS CASERÍOS PAMPAS DE SAN ISIDRO Y CHUCHALAC DEL DISTRITO DE CASCAS, PROVINCIA GRAN CHIMÚ ­ DEPARTAMENTO DE LA LIBERTAD", los cuales no podrán ser destinados a fines distintos para los cuales son transferidos. Artículo Segundo.- AUTORIZAR al Gobernador del Gobierno Regional La Libertad, la suscripción del Convenio respectivo, conforme a lo determinado en el literal e) del numeral 15.1 del artículo 15° de la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, así como disponer las acciones necesarias para la transferencia financiera autorizada en el artículo precedente. Artículo Tercero.- ENCARGAR a la Gerencia Regional de Infraestructura del Gobierno Regional de La Libertad, la supervisión para el adecuado uso de los recursos financieros del Estado transferidos conforme al artículo primero del presente Acuerdo Regional, bajo responsabilidad. Artículo Cuarto.- DISPONER la publicación del presente Acuerdo Regional en el Diario Oficial "El Peruano" y DIFUNDIR a través del Portal Electrónico del Gobierno Regional de La Libertad. POR TANTO: Regístrese, notifíquese y cúmplase. EDWIN MARTÍN CASTELLANOS GARCÍA Presidente Consejo Regional La Libertad 1547499-1 ACUERDO REGIONAL N° 059-2017-GRLL/CR Trujillo, 29 de junio del 2017 AUTORIZAR LA TRANSFERENCIA FINANCIERA A FAVOR DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE FLORENCIA DE MORA, DESTINADOS A LA EJECUCIÓN DEL PROYECTO DE INVERSIÓN PÚBLICA, CON CÓDIGO SNIP 237702 "MEJORAMIENTO DEL SERVICIO EDUCATIVO EN LA I.E. N° 80032 ­ GENERALÍSIMO JOSÉ DE SAN MARTÍN DEL DISTRITO DE FLORENCIA DE MORA ­ TRUJILLO ­ LA LIBERTAD". El Consejo Regional del Gobierno Regional de La Libertad, en su Sesión Extraordinaria de fecha 29 de junio de 2017, VISTO Y DEBATIDO, el Oficio N° 372-2017-GRLL-GOB/GGR, que contiene la propuesta de Acuerdo Regional relativo a la autorización de transferencia financiera a favor de la Municipalidad Distrital de Florencia de Mora, destinados a la ejecución del PIP, con código SNIP 237702 "Mejoramiento del Servicio en la Institución Educativa Inicial N° 80032 ­ Generalísimo José de San Martín del Distrito de Florencia de Mora ­ Trujillo ­ La Libertad", y; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo establecido en el artículo 191° de la Constitución Política del Estado y artículo 2° de la Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley N° 27867 y sus modificatorias, los Gobiernos Regionales son personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en asuntos de su competencia; Que, es competencia del Gobierno Regional de La Libertad, emitir Acuerdos Regionales, conforme a lo prescrito en el artículo 39° de la Ley N° 27867, que señala: "Los Acuerdos de Consejo Regional expresan la decisión de este Órgano sobre asuntos internos del Consejo Regional, de interés público, ciudadano o institucional, o declara su voluntad de practicar un determinado acto o sujetarse a una conducta o norma institucional (...)";

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