Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2017 (21/06/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 32

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NORMAS LEGALES

Miércoles 21 de junio de 2017 /

El Peruano

VISTOS; el Oficio N° 061-2017-PRODUCE/GTM PERÚ ­ BOLIVIA, de fecha 2 de junio de 2017, de la Presidencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de la Delegación Nacional del Perú de la Comisión Bilateral Perú ­ Bolivia, el Oficio N° 001408-2017/IN/DGCO, de fecha 14 de junio de 2017, de la Dirección General Contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior, el Informe N° 000950-2017/IN/OGAJ, de fecha 16 de junio de 2017, de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Oficio N° 061-2017-PRODUCE/ GTM PERÚ ­ BOLIVIA, de fecha 2 de junio de 2017, la Presidencia del Grupo de Trabajo Multisectorial de la Delegación Nacional del Perú de la Comisión Bilateral Perú ­ Bolivia solicita al Ministro del Interior designar a un representante del Viceministerio de Orden Interno de dicho Ministerio, a fin que asista a la "VIII Reunión de la Comisión Bilateral Peruano ­ Boliviana de Lucha Contra el Contrabando", a realizarse del 26 al 27 de junio de 2017, en la ciudad de Nuestra Señora de La Paz ­ Estado Plurinacional de Bolivia; Que, es preciso señalar que la indicada comisión constituye una plataforma de trabajo binacional para agilizar y concretar la coordinación interinstitucional entre el Estado Plurinacional de Bolivia y la República del Perú en materia de Lucha Contra el Contrabando, iniciando desde el intercambio de información hasta la articulación de iniciativas conjuntas para enfrentar dicho ilícito; Que, en atención a lo antes señalado, el Despacho Viceministerial de Orden Interno del Ministerio del Interior sugiere que el señor Juan Carlos Portocarrero Zamora, Director General Contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior, asista a la reunión antes citada; Que, con Oficio N° 001408-2017/IN/DGCO, de fecha 14 de junio de 2017, el señor Juan Carlos Portocarrero Zamora, Director General Contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior, solicita que se prosiga con el trámite de la expedición de la Resolución que autorice el viaje al exterior, a fin que el suscrito pueda participar en la reunión indicada; Que, el artículo 78 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo N° 004-2017-IN, establece que la Dirección General Contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior es el órgano encargado de proponer, promover, formular, conducir y supervisar, en el ámbito de su competencia y en coordinación con los sectores competentes, las políticas sectoriales en materia de lucha contra las drogas, insumos químicos y productos fiscalizados decomisados por tráfico ilícito de drogas, erradicación de los cultivos ilegales y destrucción de drogas ilegales decomisadas, así como de promover y supervisar el cumplimiento de las estrategias para la lucha contra el crimen organizado y el terrorismo; Que, la participación del comisionado antes citado, se encuentra en el ámbito de competencia del Ministerio del Interior, resultando por ello de interés institucional la realización del viaje al exterior, debiendo señalarse que los gastos que irroga dicha participación por concepto de viáticos y pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, tarifa única de uso de aeropuerto, son asumidos por la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del interior ­ Oficina General de Administración y Finanzas, del Pliego 007, Ministerio del Interior, conforme lo precisa el Oficio N° 000181-2017/IN/OGAF/OCO, de fecha 13 de junio de 2017, de la Oficina de Contabilidad del Ministerio del Interior y el Oficio N° 001510-2017/IN/OGAF/OAB, de fecha 13 de junio de 2017, de la Oficina de Abastecimiento del Ministerio del Interior; Que, conforme al numeral 10.1 del artículo 10 de la Ley Nº 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, la autorización para viajes al exterior de los servidores o funcionarios públicos y representantes del Estado con cargo a recursos públicos deben realizarse en categoría económica y se aprueba conforme a lo establecido en la Ley N° 27619,

Ley que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, y sus normas reglamentarias; Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 2 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que aprueba las normas reglamentarias sobre autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos, la resolución de autorización de viajes al exterior de la República estrictamente necesarios, es debidamente sustentada en el interés nacional o en el interés específico de la institución y debe indicar expresamente el motivo del viaje, el número de días de duración del viaje, el monto de los gastos de desplazamiento, viáticos y el impuesto por tarifa única de uso de aeropuerto; Que, el artículo 1 del citado Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM modificado por el artículo 1° del Decreto Supremo N° 005-2006-PCM, establece que la autorización de viajes al exterior de las personas que viajen en representación del Poder Ejecutivo irrogando gasto al Tesoro Público, se otorga mediante Resolución Ministerial del Sector correspondiente, siempre que se sustenten en el interés nacional o en el interés específico de la institución, debiendo publicarse en el Diario Oficial "El Peruano"; Con la visación del Despacho Viceministerial de Orden Interno y de la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio del Interior; De conformidad con la Ley Nº 27619, Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos; el Decreto Supremo N° 0472002-PCM, mediante el cual se aprobaron las normas reglamentarias sobre la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 30518, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; el Decreto Legislativo Nº 1266, Ley de Organización y Funciones del Ministerio del Interior; y, el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio del Interior, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2017-IN. SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior, en comisión de servicios, del señor Juan Carlos Portocarrero Zamora, Director General Contra el Crimen Organizado del Ministerio del Interior, del 25 al 28 de junio de 2017, a la ciudad de Nuestra Señora de La Paz ­ Estado Plurinacional de Bolivia, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2°.- Los gastos por concepto de viáticos y de pasajes aéreos (ida y retorno), en clase económica, incluyendo la tarifa única de uso de aeropuerto, que ocasione el viaje a que se hace referencia en el artículo 1° de la presente Resolución, se efectúan con cargo a la Unidad Ejecutora 001: Ministerio del interior ­ Oficina General de Administración y Finanzas, del Pliego 007, Ministerio del Interior, de acuerdo al siguiente detalle:
Viáticos Pasajes aéreos Importe US$ 370.00 528.36 Días 3 Pers. X X 1 = = Total US$ 1,110.00 528.36

Artículo 3º.- Dentro de los quince (15) días calendario de efectuado el viaje, el comisionado a que se refiere el artículo 1º de la presente Resolución, debe presentar ante el Titular de la Entidad un informe detallado, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, así como la rendición de cuentas debidamente documentada por los viáticos asignados. Artículo 4°.- La presente Resolución Ministerial no da derecho a exoneración o liberación del pago de impuestos o derechos aduaneros, cualquier sea su clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BASOMBRIO IGLESIAS Ministro del Interior 1534983-1

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