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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2017 (21/06/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 30

30 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de junio de 2017 / El Peruano y Finanzas aprobó lo concerniente a la lista de servicios y lista de contratos de construcción propuestas por la empresa Monte Azul Logística S.A.C. Asimismo, mediante el O fi cio N° 453-2017/PROINVERSIÓN/ DSI de fecha 20 de abril de 2017, PROINVERSIÓN remitió para la suscripción de este Ministerio, tres (03) ejemplares originales del Contrato de Inversión debidamente suscrito con la empresa Monte Azul Logística S.A.C.; Que, mediante Informe N° 134-2017-MEM/DGH la Dirección General de Hidrocarburos recomienda emitir la Resolución Ministerial que aprueba a la empresa Monte Azul Logística S.A.C. para el goce del bene fi cio de Recuperación Anticipada del IGV, así como lo concerniente a la lista de servicios y lista de contratos de construcción que otorgarán el derecho a dicha recuperación, para efectos del proyecto de inversión privada denominado “Proyecto Sistema Logístico para Combustible Arequipa”, al haberse cumplido con las condiciones y requisitos establecidos por el Decreto Legislativo N° 973 y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo N° 084-2007-EF; Con la opinión favorable del Director General de Hidrocarburos y la conformidad del Viceministro de Energía; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aprobación de empresa cali fi cada Aprobar como empresa cali fi cada, para efectos del bene fi cio de Recuperación Anticipada del IGV a la empresa Monte Azul Logística S.A.C., por el desarrollo del proyecto de inversión privada denominado “Proyecto Sistema Logístico para Combustible Arequipa”, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 del Decreto Legislativo N° 973 y de acuerdo con el Contrato de Inversión suscrito con el Estado. Artículo 2.- Requisitos y características del Contrato de Inversión Establecer, para efecto del numeral 5.3 del artículo 5 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, que el monto de la inversión a cargo de la empresa Monte Azul Logística S.A.C., asciende a la suma de US$ 54 607 825.00 (Cincuenta y cuatro millones seiscientos siete mil ochocientos veinticinco y 00/100 Dólares de los Estados Unidos de América), a ser ejecutada en un plazo total de dos (02) años, un (01) mes y diecisiete (17) días, contado desde el 14 de diciembre de 2016. Artículo 3.- Objeto del Contrato de Inversión Para efecto del Decreto Legislativo N° 973, el objetivo principal del Contrato de Inversión es el previsto en la cláusula segunda del mismo y el inicio de las operaciones productivas estará constituido por la percepción de cualquier ingreso proveniente de la explotación del proyecto, conforme a lo dispuesto en el artículo 5 de dicho Decreto Legislativo. Artículo 4.- Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas 4.1 El Régimen de Recuperación Anticipada del Impuesto General a las Ventas a que se re fi ere el Decreto Legislativo N° 973 y normas reglamentarias aplicables al Contrato de Inversión, comprende el impuesto que grave la importación y/o adquisición local de los servicios y contratos de construcción que se señalan en el Anexo de la presente Resolución, siempre que se utilicen directamente en actividades necesarias para la ejecución del proyecto a que se re fi ere el Contrato de Inversión. Para determinar el bene fi cio antes indicado, se considerarán las adquisiciones de servicios y contratos de construcción que se hubieran efectuado a partir del 14 de diciembre de 2016 y hasta la percepción de los ingresos por las operaciones productivas a que se re fi ere el artículo 5 de la citada norma. 4.2 Lo referente a la lista de servicios y lista de contratos de construcción, se incluirá como un Anexo al Contrato de Inversión y podrá ser modi fi cada a solicitud de la empresa Monte Azul Logística S.A.C., de conformidad con el artículo 6 del Reglamento del Decreto Legislativo N° 973, aprobado por el Decreto Supremo N° 084-2007-EF. Regístrese, comuníquese y publíquese.GONZALO TAMAYO FLORES Ministro de Energía y Minas ANEXO Proyecto Sistema Logístico para Combustible Arequipa N° DESCRIPCIÓNVINCULACIÓN DEL SERVICIO CON EL PROYECTONUMERO DE ACTIVIDAD EN CRONOGRAMA DE INVERSIÓN I. LISTA DE SERVICIOS A)SERVICIOS DIRECTAMENTE RELACIONADOS A LAS OPERACIONES 1Servicios de ingeniería.Ingeniería conceptual, básica y de detalle del Proyecto para las instalaciones de las Terminales, así como cualquier otra ingeniería que no esté comprendida dentro del EPC como los planos AS BUILT4 2Servicios de Estudios ambientales, socio ambientales, biodiversidad, protección y recuperación ambiental Servicios de medioambiente asociados al Proyecto en cumplimiento de las disposiciones legales para la obtención de permisos. Servicio distinto al Contrato EPC2 3Servicios de Topografía.Estudios necesarios para desarrollar la obra civil del Proyecto para determinar el volumen del movimiento de tierra y las adecuaciones necesarias. Servicio distinto al Contrato EPC3 4Servicio de Estudios de Geomecánica, geología y sismologíaEstudios previos para desarrollar la obra civil del Proyecto. Servicio distinto al Contrato EPC3 5Servicio de Estudios Marinos y BatimetríaEstudios necesarios para la ejecución del proyecto a nivel marítimo, con la finalidad de obtener una representación detallada del fondo marino y la morfología de la zona. Servicio distinto al Contrato EPC. 3 B) OTROS SERVICIOS VINCULADOS A LAS OPERACIONES 6Servicios de asesoría jurídica y legalServicios de asesoría jurídica y legal durante las diversas etapas del Proyecto y trámites ante diversas entidades públicas y privadas. Servicio distinto al Contrato EPC15 7Asistencia social y comunitaria.Asistencia social a las poblaciones cercanas en las diversas ciudades donde se desarrollará el Proyecto. Servicio distinto al Contrato EPC16 8Servicio de valuaciones, levantamiento catastral y saneamiento de tierrasServicios de catastro y saneamiento en caso de adquisición de lotes o tierras para la ubicación del Proyecto. Servicio distinto al Contrato EPC1