Norma Legal Oficial del día 21 de junio del año 2017 (21/06/2017)


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NORMAS LEGALES

Miércoles 21 de junio de 2017 /

El Peruano

artículo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Protocolo relativo a una Enmienda del Artículo 50 a) del Convenio sobre Aviación Civil Internacional", adoptado el 6 de octubre de 2016 en el marco del 39° periodo de Sesiones de la Asamblea de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) celebrada en Montreal. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N°26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Protocolo, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo 4°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la casa de Gobierno en Lima, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1535502-7

Artículo 4°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la casa de Gobierno en Lima, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1535502-8

Autorizan al Instituto Geográfico Nacional - IGN, a efectuar el pago de cuota a favor del Instituto Panamericano de Geografía e Historia - IPGH
RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 151-2017-RE Lima, 17 de junio de 2017 VISTO: El Oficio N° 467-2017/IGN/OGPP, de 09 de mayo de 2017, del Instituto Geográfico Nacional - IGN, mediante el cual se solicita al Ministerio de Relaciones Exteriores la emisión de la resolución suprema que autorice el pago de la cuota correspondiente al año 2017, a favor del Instituto Panamericano de Geografía e Historia ­IPGH; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017, se aprobó el "Anexo B: Cuotas Internacionales - Año Fiscal 2017", donde se detallan las entidades y montos que corresponden a cuotas internacionales a ser otorgadas durante el año fiscal 2017; asimismo el inciso 1.3 del artículo 1 de la citada Ley señala que las cuotas internacionales no contempladas en el referido Anexo se sujetan a lo establecido en el artículo 67 de la Ley N° 28411 ­ Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, las cuotas se pagan con cargo al presupuesto institucional de cada una de las entidades del sector público, previa aprobación de la resolución suprema refrendada por el Ministro de Relaciones Exteriores; Que, en el presupuesto del Instituto Geográfico Nacional - IGN, se han previsto recursos para el pago de la cuota a favor del Instituto Panamericano de Geografía e Historia - IPGH, por lo que corresponde emitir la presente resolución a fin de autorizar el respectivo pago; Estando a lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el inciso 67.3 del artículo 67 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 304-2012-EF, y de la Ley Nº 30518 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2017; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorización Autorizar al Instituto Geográfico Nacional ­ IGN, a efectuar el pago de la cuota ascendente a S/ 17 904.00 (diecisiete mil novecientos cuatro y 00/100 soles) a favor del Instituto Panamericano de Geografía e Historia - IPGH. Artículo 2.- Afectación presupuestal Disponer que los gastos que demande el cumplimiento de la presente resolución se ejecuten con

Ratifican el "Acuerdo entre la República Federal de Alemania y la República del Perú sobre Cooperación Técnica 2016"
DECRETO SUPREMO Nº 025-2017-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el "Acuerdo entre la República Federal de Alemania y la República del Perú sobre Cooperación Técnica 2016" fue formalizado mediante intercambio de Notas, Nota Verbal N° 0209/2017 de la Embajada de la República Federal de Alemania, de fecha 16 de febrero de 2017, y Nota RE (DAE-DCI) N° 6-5/20 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, de fecha 10 de marzo de 2017; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratificación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el articulo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y ratificar Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA: Artículo 1º.- Ratifícase el "Acuerdo entre la República Federal de Alemania y la República del Perú sobre Cooperación Técnica 2016", formalizado mediante intercambio de Notas, Nota Verbal N° 0209/2017 de la Embajada de la República Federal de Alemania, de fecha 16 de febrero de 2017, y Nota RE (DAE-DCI) N° 6-5/20 del Ministerio de Relaciones Exteriores del Perú, de fecha 10 de marzo de 2017. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N° 26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario oficial "El Peruano" el texto íntegro del referido Acuerdo, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores.

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