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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 21 DE JUNIO DEL AÑO 2017 (21/06/2017)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 35

35 NORMAS LEGALES Miércoles 21 de junio de 2017 El Peruano / que inhabilitan para el ejercicio de la función pública, por los delitos previstos en los artículos 382, 383, 384, 387, 388, 389, 393, 393-A, 394, 395, 396, 397, 397-A, 398, 399, 400 y 401 del Código Penal, que han sido impuestas hasta la entrada en vigencia del presente Reglamento. SEGUNDA.- Integración de otros Registros La integración de los registros mencionados en la Tercera Disposición Complementaria Final del Decreto Legislativo N° 1295, el registro al que hace referencia en la Primera Disposición Complementaria Final de la Ley Nº 29988 u otro establecido por ley, se realiza de modo progresivo y conforme al procedimiento determinado por la Autoridad Nacional del Servicio Civil. DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA ÚNICA.- Derogación de disposiciones del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil Deróguese las siguientes disposiciones del Reglamento General de la Ley N° 30057, Ley del Servicio Civil, aprobado por Decreto Supremo N° 040-2014-PCM: a) El párrafo segundo del artículo 105 sobre Inhabilitación automática b) El Capítulo V sobre Registro Nacional de Sanciones de Destitución y Despido, del Título VI del Régimen Disciplinario y Procedimiento Sancionador, del Libro I sobre Normas Comunes a todos los Regímenes y Entidades. 1535502-5 PRODUCE Designan Director de la Oficina de Programación Multianual de Inversiones de la Oficina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 287-2017-PRODUCE Lima, 20 de junio de 2017CONSIDERANDO:Que, se encuentra vacante el cargo de Director/a de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción, siendo necesario designar a la persona que ejercerá dicho cargo; De conformidad con lo dispuesto en la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; la Ley N° 27594, Ley que regula la participación del Poder Ejecutivo en el nombramiento y designación de funcionarios públicos; el Decreto Legislativo N° 1047, Decreto Legislativo que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catorias; y el Decreto Supremo N° 002-2017-PRODUCE, que aprueba el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de la Producción y modi fi catoria; SE RESUELVE:Artículo Único.- Designar al señor Sandro Percy Harvey Palomino, en el cargo de Director de la O fi cina de Programación Multianual de Inversiones de la O fi cina General de Planeamiento, Presupuesto y Modernización del Ministerio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.PEDRO C. OLAECHEA ÁLVAREZ-CALDERÓN Ministro de la Producción 1535501-1RELACIONES EXTERIORES Ratifican el “Protocolo relativo a una Enmienda del Artículo 56 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional” DECRETO SUPREMO Nº 023-2017-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el “Protocolo relativo a una Enmienda del Artículo 56 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional” fue adoptado el 6 de octubre de 2016 en el marco del 39° periodo de Sesiones de la Asamblea de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) celebrada en Montreal, Canadá; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el artículo 2 de la Ley N° 26647, que facultan al Presidente de la República para celebrar y rati fi car Tratados o adherir a éstos sin el requisito de la aprobación previa del Congreso; DECRETA:Artículo 1º.- Ratifícase el “Protocolo relativo a una Enmienda del Artículo 56 del Convenio sobre Aviación Civil Internacional” , adoptado el 6 de octubre de 2016 en el marco del 39° periodo de Sesiones de la Asamblea de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) celebrada en Montreal. Artículo 2°.- De conformidad con los artículos 4 y 6 de la Ley N°26647, el Ministerio de Relaciones Exteriores procederá a publicar en el diario o fi cial “El Peruano” el texto íntegro del referido Protocolo, así como su fecha de entrada en vigencia. Artículo 3°.- El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Relaciones Exteriores. Artículo 4°.- Dése cuenta al Congreso de la República. Dado en la casa de Gobierno en Lima, a los diecisiete días del mes de junio del año dos mil diecisiete. PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República RICARDO LUNA MENDOZA Ministro de Relaciones Exteriores 1535502-6 Ratifican el “Protocolo relativo a una Enmienda del Artículo 50 a) del Convenio sobre Aviación Civil Internacional” DECRETO SUPREMO Nº 024-2017-RE EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, el “Protocolo relativo a una Enmienda del Artículo 50 a) del Convenio sobre Aviación Civil Internacional” fue adoptado el 6 de octubre de 2016 en el marco del 39° periodo de Sesiones de la Asamblea de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) celebrada en Montreal, Canadá; Que, es conveniente a los intereses del Perú la ratifi cación del citado instrumento jurídico internacional; De conformidad con lo dispuesto por los artículos 57 y 118 inciso 11 de la Constitución Política del Perú y el