Norma Legal Oficial del día 30 de noviembre del año 2017 (30/11/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 83

El Peruano / Jueves 30 de noviembre de 2017

NORMAS LEGALES

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En uso de las atribuciones conferidas por el artículo 20º incisos 4) y 5) de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 27972, y con el voto UNÁNIME, el Concejo Municipal y, se aprobó la siguiente: ORDENANZA MUNICIPAL QUE CREA EL COMITÉ MULTISECTORIAL POR LOS DERECHOS DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE (COMUDENNA) DEL DISTRITO DE MI PERÚ Artículo Primero.- DECLARAR de INTERÉS SOCIAL para la Municipalidad Distrital de Mi Perú LA CREACIÓN E INSTALACIÓN DEL COMITÉ MULTISECTORIAL POR LOS DERECHOS DEL NIÑO, NIÑA Y DEL ADOLESCENTE (COMUDENNA), del distrito de MI PERÚ. Artículo Segundo.- CREAR a partir de la fecha el Comité Municipal por los derechos del niño, niña y del adolescentes (COMUDENNA) como espacio de coordinación, consultivo y gestión interinstitucional que promueve la implementación de las políticas públicas existentes en materia de niñez y adolescencia a nivel local, como mecanismo permanente de participación ciudadana que posibilita la unión de esfuerzos para la protección integral de las niñas, niños y adolescentes, dentro de la jurisdicción. Artículo Tercero.- APROBAR el REGLAMENTO de ORGANIZACIÓN y FUNCIONES del COMUDENNA (que en anexo forma parte integrante del presente dispositivo), y encárguese al señor Alcalde la convocatoria e instalación del mismo. Artículo Cuarto.- AUTORIZAR al Alcalde de invitar a los representantes de las instituciones públicas, privadas y niñas, niños y adolescentes del distrito para que se incorporen en el comité, participando en ceremonia pública de instalación. Artículo Quinto.- RECONOCER al servicio de la DEMUNA distrital de MI PERÚ, como secretario técnico del COMUDENNA y considerarlo dentro de la estructura orgánica de la Municipalidad. Artículo Sexto.- PRECISAR que las funciones específicas a desarrollar por el comité son orientar, apoyar y coordinar acciones que propicien: 1. El análisis de la problemática de la niñez y adolescencia del distrito. 2. La elaboración e implementación de propuestas de acciones interinstitucionales para la atención de los niños, niñas y adolescentes priorizando a aquellos que se encuentran en situación de riesgo. 3. La comunicación y anexo entre las instituciones públicas, privadas y organizaciones de la comunidad y el gobierno local. 4. Impulsar estrategias en el Marco del Plan Nacional de Acción por la Infancia y la Adolescencia del distrito. 5. Articular el trabajo con los agentes involucrados en las diversas temáticas de niñez y adolescencia del distrito, fortaleciendo el SNAIA. 6. Impulsar propuestas normativas para la constante mejora en la atención de la infancia y adolescencia en la localidad. Artículo Séptimo.- ENCARGAR a la Secretaría General la publicación de la presente Ordenanza en el Diario Oficial "El Peruano" Artículo Octavo.- ENCARGAR, a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto la publicación de este documento de gestión en el Portal Institucional (www. munimiperu.gob.pe). Regístrese, publíquese y cúmplase. REYNALDO RODOLFO ENCALADA TOVAR Alcalde 1591460-1

Ordenanza que exonera el Pago por Derecho de Trámite del Procedimiento de Certificado de Jurisdicción en el distrito
ORDENANZA Nº 031-MDMP Mi Perú, 19 de setiembre de 2017 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ. POR CUANTO: EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE MI PERÚ VISTO: En Sesión Ordinaria de Concejo de fecha, Proveído N° 0787-2017/GM, suscrito por el Gerente Municipal, el Informe N° 075-2017-MDMP/GAJ, emitido por el Gerente de Asesoría Jurídica, sobre Proyecto de Ordenanza de Exoneración del pago por derecho de trámite del procedimiento de Certificado de Jurisdicción, los informes N° 021-2017/MDMP/SGOPR y 033-2017/MDMP/SGOPR, presentados por el Subgerente de Obras Privadas, el Informe N° 040-2017-MDMP/GDU y el Memorándum N° 357-2017/MDMP/GDU, suscritos por el Gerente de Desarrollo Urbano, el Informe N° 074-2017-MDMP/GAT, emitido por el Gerente de Administración Tributaria, el informe Nº 0137-2017/GPP/MDMP, suscrito por el Gerente de Planeamiento y Presupuesto, los informes 110-2017/MDMP/GAJ y N° 164-2017MDMP/GAJ, presentados por el Gerente de Asesoría Jurídica y el Dictamen N° 004-2017-CEAPP de la Comisión Especial de Administración, Planificación y Presupuesto.. CONSIDERANDO: Que, de conformidad con el artículo 194° de la Constitución Política del Perú, modificado por la Reforma Constitucional N° 28607, concordante con el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 27972 Ley Orgánica de Municipalidades, establece que las municipalidades Distritales son órganos de Gobierno Local, que tienen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dicha autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, dicha autonomía otorgada por la Constitución Política del Perú radica en la facultad de ejercer actos de gobierno administrativos y de administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el Artículo 195° de la Constitución Política del Perú, otorga potestad tributaria a los gobiernos locales al disponer que éstos tienen competencia para crear, modificar y suprimir contribuciones tasas, arbitrios, licencias y derechos municipales, conforme a Ley, estableciendo adicionalmente que las municipalidades tienen competencia para administrar sus bienes y rentas; Que, el artículo 39° de la Ley N° 27972, establece que "Los Concejos Municipales ejercen sus funciones de gobierno mediante la aprobación de Ordenanzas y Acuerdos. (...)", lo cual resulta concordante con lo establecido en el Artículo 9° numeral 29) de la acotada norma, que establece que corresponde al Concejo Municipal "Aprobar el régimen de administración de sus bienes y rentas, (...)"; Que, con Memorando 0357-2017-MDMP/GDU, la Gerencia de Desarrollo Urbano señala que, del estudio territorial de la jurisdicción de Mi Perú, se evidencia que la mayoría de predios se encuentran registrados con la jurisdicción del Distrito de Ventanilla, por lo que es conveniente brindar las facilidades a la población con la finalidad de otorgar los certificados de jurisdicción gratuitos para que procedan con el cambio respectivo. Que, mediante informe N° 075-2017-MDMP-GAJ, la Gerencia de Asesoría Jurídica propone el Proyecto de Ordenanza que exonera el pago por derecho de trámite del Procedimiento de Certificado de Jurisdicción del Distrito de Mi Perú, con la finalidad de beneficiar a la población, sin generar

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