Norma Legal Oficial del día 09 de septiembre del año 2017 (09/09/2017)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 105

El Peruano / Sábado 9 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

105

del Capítulo XIV del Título IV sobre Descentralización ­, Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­, y sus Leyes modificatorias, se les reconoce a los Gobiernos Regionales autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, así también el artículo 38º de la Ley Nº 27867 ­, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales ­, establece que las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, con Ordenanza Regional Nº 005-2017-GRSM/ CR, de fecha 17 de marzo del 2017, el Consejo Regional de San Martín, aprobó modificar el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del Gobierno Regional de San Martín, a efecto de fortalecer la capacidad resolutiva de las nuevas Redes de Salud de la Dirección Regional de Salud; Que, con Informe Nº 012-2017-OPyPS-DG-DIRES/ SM, de fecha 21 de junio del año 2017, el Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto Sectorial de la Dirección Regional de Salud San Martín, da cuenta que desde la fecha de publicación de la mencionada Ordenanza Regional Nº 005-2017-GRSM/CR, en el nivel nacional se han producido algunos hechos normativos que contienen elementos importantes que pueden fortalecer la implementación del modelo de gestión de Redes Integradas de Servicios de Salud y la propuesta de OGESS, siendo las siguientes: - Publicación de las Resoluciones Nº 104-2017, Nº 105-2017, Nº 106-2017 y Nº 107-2017 de SUSALUD, reconociendo a las UGIPRESS Bajo Mayo, Alto Mayo, Huallaga Central y Alto Huallaga, respectivamente. Estas resoluciones formalizan la naturaleza y el rol de las UGIPRESS en el sistema de salud a nivel nacional (Decreto Legislativo Nº 1158 ­ Decreto Legislativo que dispone medidas destinadas al fortalecimiento y cambio de denominación de la Superintendencia Nacional de Aseguramiento en Salud) - Resolución Ministerial Nº 467-2017 / MINSA ­ Aprueba el MOP de las Direcciones de Redes Integradas de Salud, en virtud a la cual se formaliza la reorganización del aparato prestacional del MINSA basado en la articulación funcional de los establecimientos de salud del I y II Nivel de Atención. Estas nuevas Redes Integradas de Servicios (RIS) del MINSA están a su vez enmarcadas en pautas normativas del Decreto Legislativo Nº 1166 ­ Decreto Legislativo que aprueba la conformación y funcionamiento de las Redes Integradas de Atención Primaria de Salud la conformación y funcionamiento de las Redes Integradas de Atención Primaria de Salud. 1. En el marco de dicha coyuntura técnico-normativa, con el Informe Nº 012-2017-OPyPS-DG-DIRES/SM, de fecha 21 de junio del año 2017, el Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto Sectorial de la Dirección Regional de Salud San Martín, considera importante incorporar algunos de estos nuevos elementos al proceso de fortalecimiento organizacional de la de Servicios de Salud (RISS), para lo cual se hace necesario incorporar algunas precisiones y/o ajustes a la redacción del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del Gobierno Regional de San Martín, respetando en todos sus extremos el concepto del modelo de OGESS aprobado y vigente, en los siguientes términos: 1. Retirar de la estructura orgánica de la Dirección Regional de Salud San Martín al órgano de línea Dirección de Servicios Especializados Regionales y sus funciones descritas; asimismo, toda alusión a la UE 404 de Salud. 2. Crear la Oficina de Gestión de Servicios de Salud Especializados de alcance regional ­ OGESS Especializada como un órgano desconcentrado de la Dirección Regional de Salud San Martín, con una naturaleza de conducción y soporte de los servicios (IPRESS) especializados de alcance regional, que son: 2.1. Hospital II-2 de Tarapoto 2.2. Laboratorio Regional de Salud Pública 2.3. Banco de Sangre Regional

2.4. Almacén Especializado Regional de Recursos Estratégicos 2.5. Servicio Regional de Atención Médica de Urgencias y Emergencias 2.6. Servicio Regional de Atención Especializada Móvil 2.7. Laboratorio Regional de Salud Ambiental 3. Establecer que la OGESS Especializada tiene su sede en la ciudad de Tarapoto. 4. Agregar las funciones generales de la OGESS Especializada 5. Retirar de la Oficina de Gestión de Servicios de Salud Bajo Mayo la titularidad de la IPRESS Hospital II-2 de Tarapoto y Unidad Ejecutora Presupuestal del Hospital II-2 de Tarapoto. 6. Cambiar la denominación de "Redes de Salud", "hospitales", "redes" y/o "micro redes de salud", por la de "Redes Integradas de Servicios de Salud" 7. Establecer que las OGESS y la OGESS Especializada son UGIPRESS 8. Eliminar de la Sección Título Quinto, Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, aquellas disposiciones que impiden o dificultan el proceso de implementación de las OGESS y la OGESS Especializada 9. Cambiar la denominación de "Oficina de Planeamiento Sectorial" de la DIRES SM por la de "Oficina de Planeamiento y Presupuesto Sectorial" de la DIRES SM 10. Modificar el Anexo: Organigrama, para: 10.1. Incorporar en lo que corresponde a DIRES SM, el recuadro perteneciente a la Dirección Ejecutiva de Regulación y Fiscalización Sectorial de Salud (DIREFISSA) (que fue eliminada por error de edición en la versión publicada del ROF). 10.2. Retirar el cuadro de la Dirección Ejecutiva de Servicios Especializados Regionales 10.3. Incorporar el cuadro correspondiente a la OGESS Especializada como órgano desconcentrado de la DIRES SM. 2. Las precisiones y/o ajustes a la redacción del Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF del Gobierno Regional de San Martín, propuestas por el Director de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto Sectorial de la Dirección Regional de Salud San Martín, ha recibido opinión favorable por parte de la Sub Gerencia de Desarrollo Institucional del Gobierno Regional San Martín, a través del Informe Técnico Nº 003-2017-GRSM/ SGDI de fecha 23 de junio del año 2017. 3. Lo anteriormente descrito implica realizar precisiones a la Ordenanza Regional Nº 005-2017-GRSM/ CR, en los siguientes términos: i. Retirar de la estructura orgánica de la de la Dirección Regional de Salud San Martín al órgano de línea Dirección de Servicios Especializados Regionales y sus funciones descritas; asimismo, toda alusión a la UE 404 de Salud. ii. Crear la Oficina de Gestión de Servicios de Salud Especializados de alcance regional ­ OGESS Especializada como un órgano desconcentrado de la Dirección Regional de Salud San Martín, cuya naturaleza es de conducción y soporte de los servicios (IPRESS) especializadas de alcance regional, identificando a las IPRESS especializadas que la conforman. iii. Establecer que la OGESS Especializada tiene su sede en la ciudad de Tarapoto. iv. Agregar las funciones generales de la OGESS Especializada. v. Retirar de la Oficina de Gestión de Servicios de Salud Bajo Mayo la IPRESS Hospital II-2 de Tarapoto y la titularidad de la Unidad Ejecutora Presupuestal del Hospital II-2 de Tarapoto. vi. Cambiar la denominación de "Redes de Salud", "hospitales", "redes" y/o "micro redes de salud", por la de "Redes Integradas de Servicios de Salud". vii. Establecer que las OGESS y la OGESS Especializada son UGIPRESS. viii. Eliminar de la Sección Título Quinto, Disposiciones Complementarias, Transitorias y Finales, aquellas disposiciones que impiden o dificultan el

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.