Norma Legal Oficial del día 29 de septiembre del año 2017 (29/09/2017)


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TEXTO DE LA PÁGINA 85

El Peruano / Viernes 29 de setiembre de 2017

NORMAS LEGALES

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la Dirección de Evaluación y Certificación de Institutos y Escuelas de Educación Superior; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, la finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, es garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, habiéndose conformado mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la continuidad del sistema y los procesos en desarrollo; Que, mediante documentos de vistos, la Dirección de Evaluación y Certificación de Institutos y Escuelas de Educación Superior, propone la aprobación de las siguientes normas de competencia que cumplen con la validación de expertos y la demanda del mercado laboral: 1. Normas de Competencias en el Sector Actividades profesionales, científicas y técnicas, Familia Productiva Servicios prestados a empresas: Normas de Competencia del Profesional Técnico en Gestión de Logística. 2. Normas de Competencias en el Sector Ciencias Administrativas y Comerciales, Familia Productiva Administración de empresas: Normas de Competencia del Profesional Técnico en Administración de Banca y Finanzas. 3. Normas de Competencias en el Sector Construcción, Familia Productiva Construcción e Ingeniería Civil: Normas de Competencia del Profesional Técnico en Construcción Civil. 4. Normas de Competencias en el Sector Explotación de minas y canteras, Familia Productiva Minería Metálica: Normas de Competencia del Profesional Técnico en Procesamiento de minerales. 5. Normas de Competencias en el Sector Ingeniería de Construcción, Sanitaria y Arquitectura, Familia Productiva Ingeniería Civil: Normas de Competencia del Profesional Técnico en Laboratorio de suelos, concreto y asfalto. 6. Normas de Competencias en el Sector Otras Ingenierías, Familia Productiva Ingeniería Pesquera: Normas de Competencia del Profesional Técnico en Tecnología Pesquera. Que, en ejercicio de las facultades otorgadas al Consejo Directivo Ad Hoc del Sineace, en sesión de fecha 20 de setiembre 2017, mediante los siguientes acuerdos aprobó: - Acuerdo N° 290-2017-CDAH: Aprobar el documento técnico denominado Normas de Competencia del Profesional Técnico en Gestión de Logística. - Acuerdo N° 291-2017-CDAH: Aprobar el documento técnico denominado Normas de Competencia del Profesional Técnico en Administración de Banca y Finanzas. - Acuerdo N° 292-2017-CDAH: Aprobar el documento técnico denominado Normas de Competencia del Profesional Técnico en Construcción Civil. - Acuerdo N° 293-2017-CDAH: Aprobar el documento técnico denominado Normas de Competencia del Profesional Técnico en Procesamiento de minerales. - Acuerdo N° 294-2017-CDAH: Aprobar el documento técnico denominado Normas de Competencia del Profesional Técnico en Laboratorio de suelos, concreto y asfalto. - Acuerdo N° 295-2017-CDAH: Aprobar el documento técnico denominado Normas de Competencia del Profesional Técnico en Tecnología Pesquera.

De conformidad con la Ley Nº 28740, Ley del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, su Reglamento aprobado con Decreto Supremo Nº 018-2007-ED, la Ley N° 30220 Ley Universitaria; Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU y modificatorias; y la Resolución Ministerial N° 331-2017-MINEDU; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Oficializar los Acuerdos N° 290-2017CDAH, N° 291-2017-CDAH, N° 292-2017-CDAH, N° 2932017-CDAH, N° 294-2017-CDAH y N° 295-2017-CDAH, de sesión de fecha 20 de setiembre 2017, mediante los cuales el Consejo Directivo Ad Hoc aprobó los documentos técnicos denominados: Normas de Competencia del Profesional Técnico en Gestión de Logística, Normas de Competencia del Profesional Técnico en Administración de Banca y Finanzas; Normas de Competencia del Profesional Técnico en Construcción Civil; Normas de Competencia del Profesional Técnico en Procesamiento de minerales; Normas de Competencia del Profesional Técnico en Laboratorio de suelos, concreto y asfalto y Normas de Competencia del Profesional Técnico en Tecnología Pesquera, respectivamente, que en anexo forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 2°.- Disponer la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano, así como en el Portal Web Institucional (www.sineace.gob.pe). Regístrese, comuníquese y publíquese. CAROLINA BARRIOS VALDIVIA Presidenta del Consejo Directivo Ad Hoc Sineace 1570168-5

Oficializan Acuerdo mediante el cual se autorizó la certificación y registro como Evaluadores de Competencias para Profesionales Técnicos a veinte participantes del VI Taller de Selección y Evaluación de Evaluadores de Competencias para Profesionales Técnicos
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA DEL CONSEJO DIRECTIVO AD HOC Nº 391-2017-SINEACE/CDAH-P Lima, 25 de setiembre de 2017 VISTO: El Informe N° 000058-2017-SINEACE/P-DEC-IEES, de la Dirección de Evaluación y Certificación de Institutos y Escuelas de Educación Superior del Sineace; y, CONSIDERANDO: Que, de acuerdo a lo establecido en el artículo 5° de la Ley N° 28740, Ley del Sineace, la finalidad del Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa, es garantizar a la sociedad que las instituciones educativas públicas y privadas ofrezcan un servicio de calidad, con el propósito de optimizar los factores que incidan en los aprendizajes y en el desarrollo de las destrezas y competencias necesarias para alcanzar mejores niveles de calificación profesional y desarrollo laboral; Que, mediante la Décima Segunda Disposición Complementaria Transitoria de la Ley N° 30220, Ley Universitaria, se declara en reorganización el Sistema Nacional de Evaluación, Acreditación y Certificación de la Calidad Educativa ­ Sineace, habiéndose conformado mediante Resolución Ministerial N° 396-2014-MINEDU, del 28 de agosto 2014, el Consejo Directivo Ad Hoc, con el objetivo de ejecutar las funciones necesarias para la

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