Norma Legal Oficial del día 02 de agosto del año 2018 (02/08/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 101

El Peruano / Jueves 2 de agosto de 2018

NORMAS LEGALES

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a) del artículo 15º de la Ley Nº 27867 ­ Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, que establece que son atribuciones del Consejo Regional aprobar, modificar o derogar las normas que regulen o reglamenten los asuntos y materias de competencia y funciones del Gobierno Regional; mientras que el literal a) del artículo 45º de la misma Ley Orgánica establece que la función normativa y reguladora de los Gobiernos Regionales, se ejerce elaborando y aprobando normas de alcance regional; Que, de conformidad con lo establecido en el artículo 38º de la Ley Nº 27867, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, las Ordenanzas Regionales norman asuntos de carácter general, la organización y la administración del Gobierno Regional y reglamentan materias de su competencia; Que, el Consejo Regional del Gobierno Regional de San Martín, en Sesión Extraordinaria desarrollada en el Auditorio del Banco de Sangre Regional - Tarapoto, llevado a cabo el día lunes 11 de junio del 2018, aprobó por unanimidad la siguiente: ORDENANZA REGIONAL: Artículo Primero.- APROBAR el Plan Maestro 20182023 del Área de Conservación Regional "Cordillera Escalera"; con las características técnicas y legales contenidas en el referido instrumento. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Gerencia General Regional del Gobierno Regional de San Martín realizar los trámites para la publicación de la presente Ordenanza Regional, en el diario de mayor circulación de la región San Martín y en el Diario Oficial "El Peruano", previa promulgación del Gobernador Regional del Gobierno Regional de San Martín. Artículo Tercero.- DISPENSAR la presente Ordenanza Regional del trámite de lectura y aprobación de Acta, para proceder a su implementación correspondiente. Comuníquese al señor Gobernador Regional de San Martín para su promulgación. EDWIN ROJAS MELENDEZ Presidente del Consejo Regional de San Martín Dado en la Sede Central del Gobierno Regional de San Martín a los 13 JUN. 2018. POR TANTO: Mando se publique y se cumpla. VICTOR MANUEL NORIEGA REÁTEGUI Gobernador Regional 1675147-1

julio de 2018 de la Jefatura del Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, adjuntando el expediente de ratificación de la Ordenanza Nº 459-MDSMP de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres que aprueba los procedimientos administrativos, servicios prestados en exclusividad, requisitos y derechos de trámite contenidos en el Anexo de la Ordenanza Nº 459-MDSMP de la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, las ordenanzas en materia tributaria expedidas por las municipalidades distritales deben ser ratificadas por las municipalidades provinciales de su circunscripción, para su vigencia y exigibilidad. Que, la Municipalidad Distrital recurrente aprobó la Ordenanza objeto de la ratificación, remitiéndola al Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT, incluyendo los documentos que la sustentan, con carácter de Declaración Jurada, sujeto a revisión por las entidades competentes, y el citado organismo en uso de sus competencias, a través del Área Funcional de Ratificaciones de la Gerencia de Asuntos Jurídicos emitió el Informe Nº 266-181-00000705 de fecha 04 de julio de 2018, según el cual se pronunció favorablemente respecto a 27 derechos de trámite relacionados a 27 procedimientos administrativos y servicios prestados en exclusividad, cuyos costos únicamente han sido enviados y sustentados, listados en el Anexo A, aprobados en la Ordenanza materia de la ratificación. Que, el mencionado Informe se sustenta en los requisitos exigidos y las normas aplicables contenidas en la Ordenanza Nº 2085 de la Municipalidad Metropolitana de Lima, que sustituye la Ordenanza Nº 1533 y modificatorias, el TUO de la Ley Nº 27444, el Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal aprobado por D.S. Nº 156-2004-EF, modificado por la Ley Nº 30230, el D.S. Nº 064-2010-PCM, entre otros dispositivos legales, debiéndose efectuar la publicación del texto de la Ordenanza materia de ratificación en el Diario Oficial El Peruano y el Anexo de la Ordenanza con los derechos de trámite que cuenten con la opinión favorable y ratificados, deberá ser publicado en el Portal Web del Diario Oficial El Peruano, el Portal de Servicios al Ciudadano y EmpresasPSCE y en el respectivo Portal institucional, conforme lo dispuesto en los numerales 43.2 y 43.3 del artículo 43 del TUO de la Ley Nº 27444. Que, los ingresos que la mencionada municipalidad prevé percibir como producto de la aplicación de los derechos de trámite por los procedimientos administrativos, listados en el Anexo A del Informe en mención, financiará el 99.98% aproximadamente de los costos considerados en su costeo. De acuerdo con lo opinado por el Servicio de Administración Tributaria de Lima - SAT y por la Comisión Metropolitana de Asuntos Económicos y Organización en su Dictamen Nº107-2018-MML-CMAEO; el Concejo Metropolitano de Lima; ACORDO: Artículo Primero.- Ratificar veintisiete (27) derechos de trámite relacionados a veintisiete (27) procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad cuyos costos únicamente han sido enviados y sustentados, listados en el Anexo A de la Ordenanza Nº 459-MDSMP por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres, luego de haberse verificado que su establecimiento se ha efectuado de conformidad con la normativa vigente en cuanto responde al costo que incurre la municipalidad en la prestación del servicio, en la medida que se han establecido, teniendo en cuenta el marco legal vigente: Texto Único Ordenado de la Ley Nº 27444, Ley del Procedimiento Administrativo General; Texto Único Ordenado de la Ley Nº 28976, Ley Marco de Licencia de Funcionamiento y modificatorias; y Decreto Supremo Nº 002-2018-PCM, Reglamento de Inspecciones Técnicas de Seguridad en Edificaciones; así como también el

GOBIERNOS LOCALES

MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA
Ratifican derechos de trámite relacionados a procedimientos administrativos y servicios brindados en exclusividad que se adjuntan en el Anexo A de la Ordenanza N° 459-MDSMP por la Municipalidad Distrital de San Martín de Porres
ACUERDO DE CONCEJO Nº 295 Lima, 12 de julio de 2018 Visto en Sesión Ordinaria de Concejo, de fecha 12 de julio de 2018, el Oficio Nº 001-090-00009152 del 06 de

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