Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2018 (30/12/2018)


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NORMAS LEGALES

Domingo 30 de diciembre de 2018 /

El Peruano

Vista, la Carta G.500-6285 del Secretario del Comandante General de la Marina, de fecha 28 de noviembre de 2018; CONSIDERANDO: Que, con Oficio Múltiple Nº 173-2018-MINDEF/VPD/ B/01.a, de fecha 4 de julio de 2018, el Director General de Relaciones Internacionales del Ministerio de Defensa remite al Secretario del Comandante General de la Marina, el Facsimil (DSD) Nº 510 de la Directora de Seguridad y Defensa del Ministerio de Relaciones Exteriores, de fecha 4 de junio de 2018, mediante el cual hace de conocimiento que ha recepcionado el Oficio Nº Radicado 109667 / MDNCGFM-JEMC-ESDEG-SBESG-DEINT - 60.5 del Director de la Escuela Superior de Guerra "General Rafael Reyes Prieto", en el cual informa sobre las ofertas académicas para Oficiales de las Fuerzas Armadas de la República del Perú en programas y cursos a ser impartidos en dicha Escuela Superior; así como, para desempeñarse como docentes o investigadores en alguno de sus centros de investigación; Que, mediante Carta G.500-4115 de fecha 2 de agosto de 2018, el Secretario del Comandante General de la Marina informa a la Secretaria General del Ministerio de Defensa, que ha dispuesto la participación de un (1) Oficial Superior en el Curso de Altos Estudios Militares y un (1) Oficial Superior en el Curso de Estado Mayor, cuyos nombres serán comunicados oportunamente; Que, por Carta G.500-4625 de fecha 29 de agosto de 2018, el Secretario del Comandante General de la Marina informa a la Secretaria General del Ministerio de Defensa, que ha propuesto al Capitán de Navío Jorge Eduardo CAVERO De Los Ríos, para que participe en el Curso de Altos Estudios Militares (CAEM) 2019, a realizarse en la Escuela Superior de Guerra "General Rafael Reyes Prieto", ciudad de Bogotá, República de Colombia; Que, asimismo, con Carta G.500-4858 de fecha 12 de setiembre de 2018, el Secretario del Comandante General de la Marina hace de conocimiento a la Secretaria General de ese Despacho Ministerial, que el referido Oficial Superior paralelamente al Curso de Altos Estudios Militares (CAEM) 2019, también participará en la Maestría de Seguridad y Defensa Nacionales; Que, con Oficio N.1000-316 de fecha 29 de octubre de 2018, el Agregado de Defensa Adjunto y Naval a la Embajada del Perú en la República de Colombia remite al Director General de Educación de la Marina, el Oficio Nº Radicado 117128 / MDN-COGFM-JEMCO-ESDEGSBESG-VPROI-DEINT-60.5 del Director de la Escuela Superior de Guerra "General Rafael Reyes Prieto", de fecha 11 de octubre de 2018, mediante el cual informa sobre los datos de interés acerca de los Cursos y Maestrías para el año 2019; considerándose entre otros, el Curso de Altos Estudios Militares (CAEM), con fecha de inicio y término del 8 de enero al 1 de diciembre de 2019 y la Maestría de Seguridad y Defensa Nacionales, con fecha de inicio y término del 14 de enero a noviembre de 2019; Que, con Oficio N.1000-1559 de fecha 23 de noviembre de 2018, el Director General de Educación de la Marina ha remitido la documentación pertinente para la tramitación de la autorización de viaje en Misión de Estudios del Capitán de Navío Jorge Eduardo CAVERO De Los Ríos, para que participe en los mencionados cursos; lo que permitirá contar con un Oficial peruano en el principal centro de pensamiento estratégico militar colombiano, generador del conocimiento conjunto en temas relacionados con la seguridad y la defensa nacional, pudiendo comparar nuestros procesos, metodologías y publicaciones con los vigentes en el ámbito militar colombiano y establecer aquellos aspectos que convendrían a ser incorporados a nuestros sistemas de planeamiento y de ejecución en el nivel táctico, estratégico y político-estratégico; Que, de acuerdo al Compromiso de Previsión de Recursos emitido por el Jefe del Departamento de Programación y Presupuesto del Estado Mayor General de la Marina, se ha considerado para el Año Fiscal 2019, la participación de UN (1) Oficial Superior de la Marina de Guerra del Perú, como discente en el Curso de Altos Estudios Militares (CAEM) 2019, a realizarse en la ciudad

de Bogotá, República de Colombia, del 8 de enero al 1 de diciembre de 2019; garantizando de esta manera el pago de la obligación por el año antes mencionado; Que, el numeral 2.1 del artículo 2 del Decreto Supremo Nº 262-2014-EF, dispone que el monto de la compensación extraordinaria mensual por servicio en el extranjero, será reducido en la misma cantidad que la bonificación otorgada de conformidad con los literales a), b) o c) del artículo 8 del Decreto Legislativo Nº 1132, Decreto Legislativo que aprueba la nueva estructura de ingresos aplicable al personal militar de las Fuerzas Armadas y policial de la Policía Nacional del Perú; Que, teniendo en consideración los itinerarios de los vuelos internacionales y con el fin de prever la participación del personal designado durante la totalidad de la actividades programadas, es necesario autorizar su salida del país con un (1) día de anticipación; así como, su retorno un (1) día después de los cursos, sin que estos días adicionales irroguen gasto alguno al Tesoro Público; Que, de conformidad con el artículo 26 de la Ley Nº 28359, Ley de Situación Militar de los Oficiales de las Fuerzas Armadas, modificada por la Ley Nº 29598 y por el Decreto Legislativo Nº 1143, el Oficial nombrado en Comisión de Servicio o Misión de Estudios por cuenta del Estado en el extranjero, está impedido de solicitar su pase a la Situación Militar de Disponibilidad o Retiro, hasta después de haber servido en su respectiva Institución Armada el tiempo mínimo previsto en el artículo 23 de la referida norma, más el tiempo compensatorio previsto en el mismo artículo; y, conforme a su Reglamento, aprobado mediante el Decreto Supremo Nº 007-2005-DE/SG y sus modificatorias aprobadas con los Decretos Supremos Nº 010-2010-DE y Nº 009-2013-DE; Que, el Ministerio de Defensa, ha dispuesto que los Órganos Competentes, Organismos Públicos Descentralizados, Unidades Ejecutoras y Empresas del Sector Defensa, cumplan con incorporar en sus propuestas de autorización de viajes del Personal Militar y Civil del Sector, una disposición que precise, en los casos que corresponda, que el otorgamiento de la Compensación Extraordinaria Mensual por Servicios en el Extranjero se hará por días reales y efectivos, independientemente de la modalidad del referido viaje, conforme a lo dispuesto en el Reglamento de Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa, aprobado por el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134, que aprueba la Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 27619, Ley que regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento, aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria aprobada con el Decreto Supremo Nº 056-2013-PCM; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG y sus modificatorias, que reglamentan los Viajes al Exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; el Decreto Supremo Nº 2622014-EF, que establece disposiciones respecto a montos por Compensación Extraordinaria por Servicios en el Extranjero, en Misión Diplomática, Comisión Especial en el Exterior, Misión de Estudios, Comisión de Servicios y Tratamiento Médico Altamente Especializado de personal militar y civil del Sector Defensa e Interior; Estando a lo propuesto por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Misión de Estudios del Capitán de Navío Jorge Eduardo CAVERO De Los Ríos, CIP. 00953076, DNI. 43312538, para que participe como discente en el Curso de Altos Estudios Militares (CAEM) 2019 y paralelamente en la Maestría de Seguridad y Defensa Nacionales, a realizarse en la Escuela Superior de Guerra "General Rafael Reyes Prieto" de las Fuerzas Militares de Colombia, ciudad de Bogotá, República de Colombia, del 8 de enero al 1 de diciembre de 2019; así como, autorizar su salida del país el 7 de enero y su retorno el 2 de diciembre de 2019. Artículo 2.- El Ministerio de Defensa - Marina de Guerra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a los conceptos siguientes:

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