Norma Legal Oficial del día 30 de diciembre del año 2018 (30/12/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 27

El Peruano / Domingo 30 de diciembre de 2018

NORMAS LEGALES
Personal Civil FAP NSA: C-71512713 Personal Civil FAP NSA: C-71618918 CESAR ADOLFO BANCES DAVILA DNI: 40091107 JHOSELINE DIANIRA MEDINA PAREDES DNI: 48056578

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conformarán la tripulación de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356 (Principal) y aeronave Boeing 737-200 FAP 352 (Alterna), que permitirá trasladar al Señor Presidente de la República y su Comitiva Oficial a la Ciudad de Brasilia ­ República Federativa de Brasil, del 31 de diciembre de 2018 al 01 de enero de 2019; Que, conforme al documento HG-N° 0178 DGVC-ME/ SIAF-SP de fecha 26 de diciembre de 2018 del Jefe del Departamento de Viajes y Comisiones de la Dirección General de Personal de la Fuerza Aérea del Perú, los gastos derivados por viáticos en Comisión de Servicio en el Extranjero que ocasione la presente autorización de viaje, se efectuarán con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de la Unidad Ejecutora Nº 005 ­ Fuerza Aérea del Perú, de conformidad con el artículo 13 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; lo cual incluye para el presente evento viáticos por Comisión de Servicio en el Extranjero de acuerdo a lo establecido en el inciso b) del artículo 10 del Decreto Supremo N° 002-2004-DE-SG; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 1134 ­ Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Defensa; la Ley Nº 30879 ­ Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019; la Ley N° 27619 - Ley que Regula la Autorización de Viajes al Exterior de Servidores y Funcionarios Públicos y su Reglamento aprobado con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM de fecha 05 de junio de 2002 y su modificatoria; el Decreto Supremo Nº 002-2004-DE/SG del 26 de enero de 2004 y sus modificatorias, que reglamentan los viajes al exterior del Personal Militar y Civil del Sector Defensa; y, Estando a lo propuesto por el señor Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú; SE RESUELVE: Artículo 1.- Autorizar el viaje al exterior en Comisión de Servicio del Personal Militar y Civil FAP que se detalla a continuación, quienes conformarán la tripulación de la aeronave Boeing 737-500 FAP 356 (Principal) y aeronave Boeing 737-200 FAP 352 (Alterna), que permitirá trasladar al Señor Presidente de la República y su Comitiva Oficial a la Ciudad de Brasilia ­ República Federativa de Brasil, del 31 de diciembre de 2018 al 01 de enero de 2019:
AERONAVE BOEING 737-500 FAP 356 (Principal) Tripulación Principal Coronel FAP NSA: O-9544187 Coronel FAP NSA: O-9556188 Coronel FAP NSA: O-9589691 Comandante FAP NSA: O-9657996 Tecnico Inspector FAP NSA: S-60608689 Técnico de Primera FAP NSA: S-60738493 Personal Civil FAP NSA: C-71619218 Personal Civil FAP NSA: C-71619018 Personal Civil FAP NSA: C-71619118 Tripulación Alterna Coronel FAP OSCAR GUILLERMO DELGADO GONZALES NSA: O-9573089 DNI: 07871146 Comandante FAP CARLOS MANUEL ZAMORA CAVERO NSA: O-9601791 DNI: 09393112 Comandante FAP GONZALO GUALBERTO HUANQUI VALCARCEL NSA: O-9653096 DNI: 44103072 Técnico de Primera FAP ELVIS TEDDY GARCIA REATEGUI NSA: S-60736293 DNI: 05349005 Técnico de Primera FAP ROBERTO ELIAS SALAS BAELLA NSA: S-60695992 DNI: 29420046 Suboficial de Primera FAP MIGUEL ANGEL ORTIZ ESPINOZA NSA: S-60932704 DNI: 41576191 MARCO ANTONIO APARICIO BACA DNI: 43412943 CESAR AUGUSTO MACEDO GARCIA DNI: 02773543 VICTOR ALFREDO VARGAS BLACIDO DNI: 43623935 FIDEL ERNESTO CASTRO HERRERA DNI: 10558101 MANUEL ACOSTA QUISPE DNI: 09592586 ORLANDO VALENCIA MALDONADO DNI: 09221031 STEFANIA ANTONELLA ARFINENGO MESONES DNI: 47169366 LIRIA SOFIA DELGADO WONG DNI: 70619365 ALESSANDRA TRUCIOS CORNEJO DNI: 47726901

AERONAVE Boeing 737-200 FAP 352 (Alterna) Tripulación Principal Coronel FAP GUILLERMO MARTIN MENENDEZ LOPEZ NSA: O-9537486 DNI: 43595837 Coronel FAP LUIS ALBERTO HUISA CORNEJO NSA: O-9582190 DNI: 43345549 Coronel FAP ERICK RENZO OBLITAS YABAR NSA: O-9588891 DNI: 07869954 Comandante FAP MANUEL FERNANDO VELEZ BREÑA NSA: O-9624793 DNI: 43357037 Técnico de Inspector FAP JULIO ANTONIO QUICAÑA CONTRERAS NSA: S-60551687 DNI: 06282743 Técnico de tercera FAP JAVIER JOHNNY QUISPETUPA SANCHEZ NSA: S-60920802 DNI: 41348598 Personal Civil FAP STEFANIA ANTONELLA ARFINENGO MESONES NSA: C-71619218 DNI: 47169366 Personal Civil FAP LIRIA SOFIA DELGADO WONG NSA: C-71619018 DNI: 70619365 Personal Civil FAP ALESSANDRA TRUCIOS CORNEJO NSA: C-71619118 DNI: 47726901 Tripulación Alterna Coronel FAP JUAN CARLOS JULIAN PEDEMONTE GARCIA NSA: O-9539886 DNI: 02840132 Coronel FAP FERNANDO SALES RUIZ NSA: O-9591391 DNI: 43567055 Comandante FAP SIXTO ALBERTO SALAS BALBUENA NSA: O-9623693 DNI: 29603857 Tecnico de Inspector FAP JOSE ANTONIO BARDALES MATTA NSA: S-60531187 DNI: 06723835 Tecnico de Primera FAP EDGAR ALEJANDRO MARALLANO RAMOS NSA: S-60642391 DNI: 20992601 Personal Civil FAP CESAR ADOLFO BANCES DAVILA NSA: C-71512713 DNI: 40091107 Personal Civil FAP JHOSELINE DIANIRA MEDINA PAREDES NSA: C-71618918 DNI: 48056578

Artículo 2.- La participación de la tripulación alterna queda supeditada a la imposibilidad de la participación de la tripulación principal. Artículo 3.- La Fuerza Aérea del Perú, efectuará el pago que corresponda con cargo al presupuesto institucional Año Fiscal 2019, de acuerdo al concepto siguiente:
Viáticos US $ 370.00 x 02 días x 09 personas = US $ 6,660.00 --------------------Total a Pagar US $ 6,660.00

Artículo 4.- El Comandante General de la Fuerza Aérea del Perú queda facultado para variar la fecha de inicio y término de la autorización a que se refiere el artículo 1, sin exceder el total de días autorizados; y sin variar la actividad para la cual se autoriza el viaje, ni el nombre del personal autorizado. Artículo 5.- El personal comisionado, deberá cumplir con presentar un informe detallado ante el titular de la Entidad, describiendo las acciones realizadas y los resultados obtenidos durante el viaje autorizado, dentro de los quince (15) días calendario contados a partir de la fecha de retorno al país; asimismo, dentro del mismo plazo efectuarán la sustentación de viáticos, conforme a lo indicado en el artículo 6 del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM y su modificatoria. Artículo 6.- La presente autorización no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. JOSÉ HUERTA TORRES Ministro de Defensa 1727316-1

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