Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2018 (18/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 110

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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de enero de 2018 /

El Peruano

Que, asimismo, el artículo 4º de la Ley Nº 27658, Ley Marco de la Modernización de la Gestión del Estado, indica que la finalidad fundamental del proceso de modernización de la gestión del Estado es la obtención de mayores niveles de eficiencia del aparato estatal, de manera que se logre una mejor atención a la ciudadanía, priorizando y optimizando el uso de los recursos públicos; ello en concordancia con el artículo 1º de su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 030-2002-PCM, que refiere que la organización y toda actividad de la entidad deberá dirigirse a brindar un mejor servicio y al uso óptimo de los recursos estatales, priorizando permanentemente el interés y bienestar de la persona; Que, con relación a la autonomía política, el articulado constitucional antes señalado ha otorgado expresamente al Concejo Municipal la función normativa en los asuntos de su competencia; cumpliéndose precisamente esta función, entre otros mecanismos, a través de las Ordenanzas Municipales, mediante las cuales se aprueba el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local, tal y como se recoge en los numerales 3); 8) y 32) del artículo 9º y el artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972; Que, mediante Ordenanza Municipal 303-MDPH, el Concejo Municipal, aprobó la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones (ROF) de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa, que señala como instrumento complementario, el Cuadro para Asignación de Personal Provisional (CAP-P), que determine los puestos necesarios para su implementación; Que, el artículo 2º del Decreto Supremo Nº 043-2006PCM que aprobó los Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones - ROF por parte de las entidades de la Administración Pública, señala que estos tienen por finalidad generar la aprobación de un ROF que contenga una adecuada estructura orgánica de la entidad y definición de sus funciones y las de los órganos que la integran, acorde con los criterios de diseño y estructura de la Administración Pública que establece la Ley Nº 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, con el objetivo de priorizar y optimizar el uso de los recursos públicos e identificar las responsabilidades específicas de las entidades públicas y sus unidades orgánicas, asignadas por el ordenamiento jurídico aplicable en cada caso; Que, conforme lo establecido en el literal j) del artículo 27º del Reglamento de Organización y Funciones vigente, corresponde a la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y Desarrollo Conducir y consolidar los procesos de elaboración de Instrumentos de Gestión, Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA), Manuales de Procedimientos (MAPRO), Directivas y Reglamentos en general, así como sus respectivas modificaciones y/o actualizaciones, conforme a la normativa , en coordinación con las unidades orgánicas, entre los que se encuentra el Reglamento de Organización y Funciones; Que, mediante la Ley Nº 30057 - Ley del Servicio Civil, se establece en la Cuarta Disposición Complementaria Final que el Cuadro de Asignación de Personal CAP y el Presupuesto Analítico de Personal PAP serán sustituidos por el Instrumento de Gestión denominado Cuadro de Puestos de la Entidad ­ CPE; Que, la Duodécima Disposición Complementaria Transitoria del Reglamento General de la Ley del Servicio Civil, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 040-2014PCM señala que mediante Directiva de la Autoridad Nacional del Servicio Civil- SERVIR , se establecerá la progresividad de la implementación de la aprobación de los Cuadros de Puestos de las Entidades, mientras que la Única Disposición Complementaria Derogatoria de la misma norma, derogó el Decreto Supremo No 043-2004-PCM que aprobó los lineamientos para la elaboración y aprobación del Cuadro para Asignación de Personal- CAP; Que, mediante Resolución de Presidencia Ejecutiva Nº 057-2016-SERVIR/PE se aprueban las modificaciones y la revisión actualizada de la Directiva Nº 0022015-SERVIR/GDSRH- "Normas para la gestión del proceso de administración de puestos y elaboración y aprobación del Cuadro de Puestos de la Entidad - CPE", que comprende las reglas básicas para la aprobación del Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional;

Que, el apartado 7.5 del numeral 7) de la Directiva Nº 002-2015- SERVIR/GDSRH establece que el Cuadro para Asignación de Personal (CAP) Provisional" es el documento de gestión institucional de carácter temporal que contiene los cargos definidos y aprobados por la entidad, sobre la estructura orgánica vigente prevista en su Reglamento de Organización y Funciones, cuya finalidad e viabilizar la operación de las entidades públicas durante el periodo de transición del sector público al régimen del servicio civil previsto en la Ley Nº 30057; Que, la Directiva Nº 002-2015-SERVIR/GDSRH en su apartado 7.5 del numeral 7) Disposiciones Complementarias Transitorias dispone que las normas referidas al Cuadro de Asignación de Personal Provisional que deben aplicar las entidades públicas de los tres niveles de gobierno se encuentran establecidas en los Anexos No 4, 4-A, 4-8, 4-C y 4-0 de la precitada directiva. Así también, dispone que el Cuadro de Asignación de Personal Provisional solo se puede aprobar en tanto la entidad pública no haya aprobado el Cuadro de Puestos de la Entidad CPE y se encuentre dentro de los supuestos establecidos en el numeral 1 del Anexo No 4 de la citada Directiva; Que, de acuerdo al Artículo 26º de la Ley No 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, la administración Municipal adopta una estructura gerencial sustentándose en los principios de programación, dirección, ejecución, supervisión, control concurrente y posterior; rigiéndose por los principios de legalidad, economía, transparencia, simplicidad, eficacia, eficiencia, participación y seguridad ciudadana, y por los contenidos en la Ley Nº 27444 - Ley del Procedimiento Administrativo General. Así mismo, señala que las facultades y funciones se establecen los instrumentos de gestión; Que, el numeral 3º del Artículo 9º de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, dispone que corresponde al Concejo Municipal aprobar el régimen de organización interior y funcionamiento del gobierno local; Que, de acuerdo con el artículo 34º del D.S. Nº 0432006-PCM, Lineamientos para la elaboración y aprobación del Reglamento de Organización y Funciones por parte de las entidades de la Administración Pública; el citado documento de gestión se aprueba por Ordenanza Municipal; Que, las ordenanzas de las municipalidades provinciales y distritales, en la materia de su competencia, son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal, por medio de las cuales se aprueba la organización interna, la regulación, administración y supervisión de los servicios públicos y las materias en las que la municipalidad tiene competencia normativa; Que, en ese sentido, la Gerencia de Planeamiento y Presupuesto como se aprecia en los informes del visto, remitió la propuesta para la aprobación de la Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones; que contempla la mejora de procesos de las áreas de la entidad, la incorporación, modificación o eliminación de funciones que requieren precisarse acorde a la normativa legal, la solución de posibles conflictos funcionales, entre otros, las cuales se detallan en el informe sustentatorio para la aprobación del ROF; Que, contando con las opiniones técnicas favorables de Gerencia de Planeamiento y Presupuesto y la opinión legal de la Gerencia de Asesoría Jurídica conforme se señala en los documentos del visto; Que, estando a los argumentos antes expuestos, resulta necesario aprobar la nueva Estructura Orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones-ROF de la Municipalidad Distrital de Punta Hermosa; Estando a lo expuesto y en uso de las facultades conferidas por el numeral 8 del artículo 9º y del artículo 40º de la Ley Orgánica de Municipalidades, Ley Nº 27972, el Concejo por Mayoría y con la dispensa del trámite de lectura y aprobación del acta, ha aprobado la siguiente: ORDENANZA QUE APRUEBA LA ESTRUCTURA ORGÁNICA, EL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES ­ ROF Y EL CUADRO PARA ASIGNACIÓN DE PERSONAL PROVISIONAL ­ CAP ­ P DE LA MUNICIPALIDAD DE PUNTA HERMOSA Artículo Primero.- APROBAR la Estructura Orgánica, el Reglamento de Organización y Funciones ­ ROF y el

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