Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2018 (18/01/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 118

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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de enero de 2018 /

El Peruano

Economía y Finanzas, a través de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, a suscribir los documentos que se requieran para participar en el diseño y estructuración de la transferencia de riesgo de desastres o de financiamiento contingente al que se refiere el Capítulo VI del Título VII de la Ley General del Sistema Nacional de Endeudamiento, bajo la modalidad de bonos u otras ofrecidas en el mercado internacional, en conjunto con los países conformantes del Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, lo que puede contemplar el compromiso del Estado Peruano de asumir de manera compartida, los gastos que irrogue dicho diseño y estructuración; y, en adición, señala que la autorización de dicho esquema de transferencia de riesgo será aprobada por Decreto Supremo con el refrendo del Ministro de Economía y Finanzas, lo que deberá ser informado a la Comisión de Presupuesto y Cuenta General de la República del Congreso de la República y a la Contraloría General de la República, dentro de los 30 días siguientes a la publicación del mencionado decreto supremo; Que, conforme a lo dispuesto por la citada Disposición Complementaria Transitoria, se emitió la Resolución Ministerial N° 489-2017-EF/52, que aprobó el texto del documento denominado Carta Mandato, el mismo que fue suscrito por el BIRF y el Ministerio de Economía y Finanzas, representado por el Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público, con fecha 03 de enero de 2018; Que, adicionalmente, en el marco de la autorización contenida en la acotada Disposición Complementaria Transitoria, la República del Perú ha acordado con los países miembros de la Alianza del Pacífico y el BIRF, un esquema de transferencia de riesgo de desastres, mediante la implementación de una operación en el mercado internacional, a través de un contrato de seguro asociado a la emisión de un Cat Bond por parte del BIRF, el cual genera las siguientes ventajas: i) ahorro al compartir los costos de estructuración de la emisión del bono; y ii) posible reducción en el precio de la cobertura (prima) ya que la emisión conjunta ofrece al mercado una oportunidad de diversificación en sus portafolios actuales; Que, para implementar la citada operación de transferencia de riesgo de desastres con el BIRF, es necesario suscribir los contratos denominados "Engagement Letter" e "Insurance Agreement"; Que, sobre la referida operación de transferencia de riesgo de desastres, han opinado favorablemente la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público y la Oficina General de Asesoría Jurídica del Ministerio de Economía y Finanzas; De conformidad con lo establecido por la Sétima Disposición Complementaria Transitoria de la Ley Nº 30695, Ley de Endeudamiento del Sector Público para el Año Fiscal 2018; DECRETA: Artículo 1.- Aprobación de Operación de Transferencia de Riesgo de Desastres Apruébese la operación de transferencia de riesgo de desastres, a través de un contrato de seguro asociado a la emisión de un Cat Bond por parte del Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, en el ámbito de la Alianza del Pacífico, hasta por US$ 200 000 000,00 (DOSCIENTOS MILLONES Y 00/100 DÓLARES AMERICANOS). Artículo 2- Aprobación de contratos Apruébese el texto de los contratos denominados "Engagement Agreement" e "Insurance Agreement", a ser celebrados con el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento - BIRF, a efectos de implementar la operación que se aprueba en el artículo precedente. Artículo 3.- Suscripción de documentos Autorícese a la Ministra de Economía y Finanzas, o a quien ella designe, a suscribir en representación de la República del Perú, los contratos que se aprueban en el artículo 2 del presente Decreto Supremo; así como al Director General de la Dirección General de Endeudamiento y Tesoro Público del Ministerio de Economía y Finanzas a suscribir los documentos que se requieren para implementar la citada operación de transferencia de riesgo de desastres.

Artículo 4.- Atención de pagos Los pagos que se deriven de la implementación de la operación de transferencia de riesgo de desastres que se aprueba en el artículo 1 del presente Decreto Supremo, son atendidos por el Ministerio de Economía y Finanzas con cargo a los recursos presupuestarios asignados al pago del servicio de la deuda pública. Artículo 5.- Refrendo El presente Decreto Supremo es refrendado por la Ministra de Economía y Finanzas. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los dieciocho días del mes de enero del año dos mil dieciocho PEDRO PABLO KUCZYNSKI GODARD Presidente de la República CLAUDIA MARÍA COOPER FORT Ministra de Economía y Finanzas 1608120-1

Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018 a favor de los Pliegos Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado y Municipalidad Distrital de Huanchaco
DECRETO SUPREMO N° 010-2018-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, mediante Ley N° 30693, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2018, se ha aprobado, entre otros, los presupuestos institucionales de los pliegos 059: Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado y 130104: Municipalidad Distrital de Huanchaco; Que, la Vigésima Disposición Complementaria Final de la citada Ley N° 30693, exceptúa, entre otros, al Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) para el Año Fiscal 2018, de lo establecido por el artículo 73 de la Ley N° 28411, Ley General del Sistema Nacional de Presupuesto; Que, con Oficio Nº 1800-2017-OSCE/PRE, el Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) solicita una demanda adicional de recursos por la suma de CINCO MILLONES DIECISEIS MIL OCHOCIENTOS VEINTITRÉS Y 00/100 SOLES (S/ 5 016 823,00), para financiar los gastos que demanda el traslado de sus operaciones a otro inmueble, que incluye alquiler de local, mantenimiento, gastos de embalaje y traslado, servicio de interconexión de fibra y adquisición de mobiliario; Que, con Informe N° 007-2017/SGE, la Secretaría General del Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado (OSCE) informa sobre la infraestructura de sus sedes institucionales (Sede Central y edificio el Regidor), las cuales actualmente se encuentran en situación de alto riesgo latente que requiere ser gestionado y mitigado con urgencia para reducir la vulnerabilidad del personal, los usuarios y el patrimonio, considerándose para ello el traslado de sus operaciones a otro inmueble; Que, mediante Decreto Supremo N° 028-2017-RE, modificado a través del Decreto Supremo N° 039-2017RE, se declara de interés nacional la visita de Su Santidad el Papa Francisco al Perú en enero de 2018; así como sus actividades, reuniones y eventos preparatorios y conexos, que se llevarán a cabo los años 2017 y 2018; Que, mediante Decreto Supremo N° 328-2017-EF, se autorizó una transferencia de partidas a favor, entre otros, de la Municipalidad Distrital de Huanchaco para el mejoramiento de las vías de tránsito por donde va a pasar el Santo Padre, de la puerta del aeropuerto hasta playa azul (explanada) de Huanchaco; Que, con Oficio Nº 0050-2018-MDH, la Municipalidad Distrital de Huanchaco solicita una demanda adicional de recursos para complementar el financiamiento de los gastos para el mejoramiento de las vías de tránsito con

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