Norma Legal Oficial del día 18 de enero del año 2018 (18/01/2018)


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NORMAS LEGALES

Jueves 18 de enero de 2018 /

El Peruano

Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Lama More, Ruidías Farfán y Vera Meléndez, sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse en comisión de servicio; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; de conformidad con el informe de la señora Consejera Vera Meléndez. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Canrao; con competencia además en los Anexos Ccottccotay, Miguel Lazón de Ccatunrumi, Nuevo Amanecer de Pucaccocha, Cceullaccocha, Chirecc La Florida, Yanhuillca, Santa María y Ataorcuna; Comunidad Mama; y, Caserío Pequeños Propietarios; Distrito de Sivia, Provincia de Huanta, Region, Departamento y Distrito Judicial de Ayacucho. Artículo Segundo.- Los límites geográficos del órgano jurisdiccional materia de creación, son los que aparecen descritos en el informe del Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; que en documento anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1607443-5 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 359-2017-CE-PJ Lima, 20 de diciembre de 2017 VISTOS: El Oficio N° 1448-2016-P-CSJSM/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín; el Informe N° 005-2016-ODAJUP-CSJSM/PJ, elaborado por la Coordinadora (e) de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de la Corte Superior de Justicia de San Martín; y, los Informes N° 009-2017-ONAJUP-CE/PJ y N° 095-2017-SEP-GP-GG-PJ, elaborados por el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, y la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de San Martín remite el acuerdo de Sala Plena de dicho Distrito Judicial, elevando el Informe N° 005-2016-ODAJUP-CSJSM/PJ, elaborado por la Coordinadora (e) de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de la Corte Superior de Justicia de San Martín, respecto a la solicitud de creación del Juzgado de Paz del Caserío Cordillera Andina, Distrito y Provincia de Moyobamba, Departamento de San Martín; a solicitud del Agente Municipal y Teniente Gobernador del mencionado caserío. Segundo. Que los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, concluyen que es factible la creación del Juzgado de Paz materia de propuesta. Tercero. Que, conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales; modificar sus ámbitos de competencia territorial; así como, la adopción

de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y eficiencia. Cuarto. Que, siendo así, y teniendo en cuenta que dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, se encuentra eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país; así como, brindar un servicio de justicia en forma oportuna y eficaz; resulta procedente la petición que se formula. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 917-2017 de la cuadragésimo sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Lama More, Ruidías Farfán y Vera Meléndez, sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse en comisión de servicio; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; de conformidad con el informe de la señora Consejera Vera Meléndez. Por unanimidad, SE RESUELVE: Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Caserío Cordillera Andina; con competencia además en los Caseríos Flor de Primavera, Almirante Grau, Nuevo Edén, El Atajo, Creación 2000, Las Orquídeas, Sol Andino, El Higuerón y Nueva York; Distrito y Provincia de Moyobamba, Departamento y Distrito Judicial de San Martín. Artículo Segundo.- Los límites geográficos del órgano jurisdiccional materia de creación, son los que aparecen descritos en el informe del Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; que en documento anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, Oficina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de San Martín, Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fines consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase. DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1607443-6 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 360-2017-CE-PJ Lima, 20 de diciembre de 2017 VISTOS: El Oficio N° 2475-2015-P-AL-CSJCA-PJ, remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; Oficio N° 08-2017-P-ODAJUP-CSJCA-PJ, cursado por la Coordinadora de la Oficina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; y, los Informes N° 012-2017-ONAJUP-CE/ PJ y N° 099-2017-SEP-GP-GG-PJ, elaborados por el Jefe de la Oficina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, y la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO: Primero. Que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca remite el expediente administrativo respecto a la solicitud de creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Turístico Campamento Túnel Conchano, Distrito y Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca; así como, la Resolución de Sala Plena N° 52-2015-SP-P-CSJCA-PJ, del 22 de diciembre de 2015, por la cual, entre otros, se propone a este Órgano de Gobierno la creación del mencionado juzgado de paz, a petición de las autoridades del referido centro poblado.

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