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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ENERO DEL AÑO 2018 (18/01/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

TEXTO PAGINA: 50

50 NORMAS LEGALES Jueves 18 de enero de 2018 / El Peruano Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Lama More, Ruidías Farfán y Vera Meléndez, sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse en comisión de servicio; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; de conformidad con el informe de la señora Consejera Vera Meléndez. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Centro Poblado Canrao; con competencia además en los Anexos Ccottccotay, Miguel Lazón de Ccatunrumi, Nuevo Amanecer de Pucaccocha, Cceullaccocha, Chirecc La Florida, Yanhuillca, Santa María y Ataorcuna; Comunidad Mama; y, Caserío Pequeños Propietarios; Distrito de Sivia, Provincia de Huanta, Region, Departamento y Distrito Judicial de Ayacucho. Artículo Segundo.- Los límites geográ fi cos del órgano jurisdiccional materia de creación, son los que aparecen descritos en el informe del Jefe de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; que en documento anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Ayacucho, O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1607443-5 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 359-2017-CE-PJ Lima, 20 de diciembre de 2017VISTOS:El O fi cio N° 1448-2016-P-CSJSM/PJ, cursado por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de San Martín; el Informe N° 005-2016-ODAJUP-CSJSM/PJ, elaborado por la Coordinadora (e) de la O fi cina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de la Corte Superior de Justicia de San Martín; y, los Informes N° 009-2017-ONAJUP-CE/PJ y N° 095-2017-SEP-GP-GG-PJ, elaborados por el Jefe de la Ofi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, y la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de San Martín remite el acuerdo de Sala Plena de dicho Distrito Judicial, elevando el Informe N° 005-2016-ODAJUP-CSJSM/PJ, elaborado por la Coordinadora (e) de la O fi cina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de la Corte Superior de Justicia de San Martín, respecto a la solicitud de creación del Juzgado de Paz del Caserío Cordillera Andina, Distrito y Provincia de Moyobamba, Departamento de San Martín; a solicitud del Agente Municipal y Teniente Gobernador del mencionado caserío. Segundo. Que los informes elaborados por la Gerencia General del Poder Judicial y el Jefe de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, concluyen que es factible la creación del Juzgado de Paz materia de propuesta. Tercero. Que, conforme a lo dispuesto en los incisos 24), 25) y 26) del artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial, son funciones y atribuciones del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial crear, reubicar y suprimir órganos jurisdiccionales; modi fi car sus ámbitos de competencia territorial; así como, la adopción de acuerdos y demás medidas necesarias para que las dependencias de este Poder del Estado funcionen con celeridad y e fi ciencia. Cuarto. Que, siendo así, y teniendo en cuenta que dentro de los objetivos principales de las políticas implementadas por este Poder del Estado, se encuentra eliminar las barreras que impiden acceder al Poder Judicial a las poblaciones más alejadas de los centros urbanos del país; así como, brindar un servicio de justicia en forma oportuna y e fi caz; resulta procedente la petición que se formula. En consecuencia; en mérito al Acuerdo N° 917-2017 de la cuadragésimo sexta sesión del Consejo Ejecutivo del Poder Judicial de la fecha, adoptado con la intervención de los señores Rodríguez Tineo, Lama More, Ruidías Farfán y Vera Meléndez, sin la intervención de la señora Consejera Tello Gilardi por encontrarse en comisión de servicio; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 82° del Texto Único Ordenado de la Ley Orgánica del Poder Judicial; de conformidad con el informe de la señora Consejera Vera Meléndez. Por unanimidad, SE RESUELVE:Artículo Primero.- Crear un Juzgado de Paz en el Caserío Cordillera Andina; con competencia además en los Caseríos Flor de Primavera, Almirante Grau, Nuevo Edén, El Atajo, Creación 2000, Las Orquídeas, Sol Andino, El Higuerón y Nueva York; Distrito y Provincia de Moyobamba, Departamento y Distrito Judicial de San Martín. Artículo Segundo.- Los límites geográ fi cos del órgano jurisdiccional materia de creación, son los que aparecen descritos en el informe del Jefe de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena; que en documento anexo forma parte de la presente resolución. Artículo Tercero.- Transcribir la presente resolución al Presidente del Poder Judicial, O fi cina de Control de la Magistratura del Poder Judicial, Presidencia de la Corte Superior de Justicia de San Martín, O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, y a la Gerencia General del Poder Judicial, para su conocimiento y fi nes consiguientes. Regístrese, publíquese, comuníquese y cúmplase.DUBERLÍ APOLINAR RODRÍGUEZ TINEO Presidente 1607443-6 RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA Nº 360-2017-CE-PJ Lima, 20 de diciembre de 2017VISTOS:El O fi cio N° 2475-2015-P-AL-CSJCA-PJ, remitido por el Presidente de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; O fi cio N° 08-2017-P-ODAJUP-CSJCA-PJ, cursado por la Coordinadora de la O fi cina Distrital de Apoyo a la Justicia de Paz de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca; y, los Informes N° 012-2017-ONAJUP-CE/PJ y N° 099-2017-SEP-GP-GG-PJ, elaborados por el Jefe de la O fi cina Nacional de Justicia de Paz y Justicia Indígena, y la Sub Gerencia de Estudios y Proyectos de la Gerencia General del Poder Judicial. CONSIDERANDO:Primero. Que la Presidencia de la Corte Superior de Justicia de Cajamarca remite el expediente administrativo respecto a la solicitud de creación del Juzgado de Paz en el Centro Poblado Turístico Campamento Túnel Conchano, Distrito y Provincia de Chota, Departamento de Cajamarca; así como, la Resolución de Sala Plena N° 52-2015-SP-P-CSJCA-PJ, del 22 de diciembre de 2015, por la cual, entre otros, se propone a este Órgano de Gobierno la creación del mencionado juzgado de paz, a petición de las autoridades del referido centro poblado.