TEXTO PAGINA: 45
45 NORMAS LEGALES Sábado 2 de junio de 2018 El Peruano / Segundo elemento: la existencia de una relación laboral o contractual entre la entidad a la cual pertenece la autoridad y su esposa 8. De la revisión de autos, en el Expediente Nº J-2017-00326-T01, se tiene información, en copias certi fi cadas y simples, de los siguientes servicios: Orden de Servicio Remuneración en solesServicio prestado Memorándum Comprobante de Pago Recibo por Honorarios ElectrónicoMes Nº 005268, del 02/05/2015 (fojas 12)400.00 Mantenimiento de la red de agua potable de la Av. ParaísoNº 006561, del 11/05/2015 (fojas 10)Nº 0186, del 16/05/2015 (fojas 9)Nº E001-1 (fojas 11)Mayo 2015 Nº 005279, del 05/05/2015 (fojas 16) 1 500.00 Mantenimiento de la red de agua potable de los anexos de Machuranga y CampanahuasiNº 006570, del 15/05/2015 (fojas 14)Nº 0192, del 23/05/2015 (fojas 13)Nº E001-2 (fojas 15)Mayo 2015 Nº 005553, del 02/12/2015 (fojas 19) 1 500.00 Mantenimiento de la red de agua y desagüe del distrito de ZúñigaNº 007251, del 02/12/2015 (fojas 18)Nº 0787, del 25/12/2015 (fojas 17)Nº E001-3 (fojas 20) 450.00 Servicios diversos en el mantenimiento de las acequias en los anexos del distrito de ZúñigaNº E001-6 (fojas 21)Noviembre 2015 9. Cabe precisar, respecto de los documentos simples, que estos no fueron cuestionados oportunamente por la autoridad imputada o su defensa. Así, de los instrumentales que obran en el presente expediente, se colige la existencia de vínculos contractuales entre la esposa de la autoridad cuestionada y la Municipalidad Distrital de Zúñiga, en mayo y noviembre de 2015. 10. Además, de la consulta realizada en el portal electrónico de Transparencia Económica del Ministerio de Economía y Finanzas, se corrobora que, efectivamente, Lourdes Falconí Quispe fue proveedora de la Municipalidad Distrital de Zúñiga, en el 2015, de acuerdo con el siguiente detalle: