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86 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de mayo de 2018 / El Peruano en el Portal Institucional www.muniplibre.gob.pe y en el Portal del Estado Peruano (www.peru.gob.pe). POR TANTORegístrese publíquese y cúmplase.JHONEL LEGUIA JAMIS Alcalde ANEXO I REGLAMENTO DEL SORTEO PARA LOS VECINOS PUNTUALES DE PUEBLO LIBRE - SORTEO VPP 2018 1. FINALIDAD.-Recocer y premiar la puntualidad en el cumplimiento de obligaciones tributarias de los vecinos del Distrito de Pueblo Libre, tales como el pago oportuno del impuesto predial y arbitrios municipales, así como incentivar a aquellos contribuyentes que no tenga la condición de VPP, a adoptar una cultura de pago puntual, con lo cual se consolida las políticas de gestión tributaria municipal y se reduce los índices de morosidad. 2. OBJETO.-Establecer las disposiciones que regulen el desarrollo del Sorteo para los Vecinos Puntuales de Pueblo Libre para el Año 2018 (en adelante SORTEO VPP 2018), el mismo que se encuentra destinado a premiar a los contribuyentes que cumplieron oportunamente con sus obligaciones tributarias, así como incentivar a aquellos contribuyentes que no tenga la condición de VPP. 3. ALCANCE.-El presente Decreto de Alcaldía tendrá alcance a todas las unidades orgánicas de ésta Corporación Edil, quienes se encargarán de su debida ejecución, así como para las personas que sean consideradas en el presente Reglamento. 4. BASE LEGAL.-- Constitución Política del Perú. - Ley N° 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades.- Decreto Supremo N° 156-2004-EF - Texto Único Ordenado de la Ley de Tributación Municipal. - Ordenanza N° 444-MPL - Reglamento de Organización y Funciones de la Municipalidad de Pueblo Libre. - Ordenanza N° 449-MPL – Ordenanza que regula el Programa de Incentivos del “VECINO PUNTUAL DE PUEBLO LIBRE”. 5. LUGAR Y FECHA.-El SORTEO VPP 2018 se realizará el día 12 de Mayo de 2018, a las 04:00 p.m., en la Plaza Bolívar o en el lugar que oportunamente comunique la Comisión. 6. VIGENCIA.-El presente Reglamento rige a partir del día siguiente de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. 7. PARTICIPANTES.-Los participantes del SORTEO VPP 2018, serán las personas naturales, jurídicas y/o sucesiones intestadas debidamente inscritas en los Registros Públicos, que deberán contar con cualquiera de las siguientes condiciones: 7.1. Contribuyentes que efectúen el pago anual y adelantado del Impuesto Predial, Arbitrios Municipales y no registren deuda de años anteriores por concepto tributario hasta la fecha del primer vencimiento. 7.2. Contribuyentes que efectúen el pago de sus tributos dentro de cada vencimiento y no registren deuda por Impuesto Predial y Arbitrios Municipales por ejercicios anteriores. Además, independientemente de que el Contribuyente califi que en el numeral 7.1 o 7.2, éste no deberá contar con algún proceso contencioso o no contencioso, en materia de deuda, contra la municipalidad y que éste se encuentre en trámite, debiendo desistirse de ellos, si lo tuvieran. Los contribuyentes que cumplan con los requisitos señalados, integrarán el padrón de contribuyentes hábiles para el presente sorteo. Además, de acuerdo a la fi nalidad del presente Reglamento, de incentivar a aquellos contribuyentes que no tengan la condición de VPP, éstos serán considerados únicamente para los sorteos de los Premios Regulares conforme a las precisiones establecidas en el numeral 11 del presente documento. 8. DE LAS EXCLUSIONES.-Se encuentran excluidos de participar en el sorteo:8.1. El Alcalde del Distrito. 8.2. Los Regidores del Concejo. 8.3. Los funcionarios, trabajadores nombrados, así como el personal contratado cualquiera fuera la modalidad de su contrato. 8.4. Cónyuges y familiares hasta el segundo grado de consanguinidad de las personas señaladas en los incisos 8.1., 8.2. y 8.3. 8.5. Sucesiones Intestadas no inscritas en los Registros Públicos. 9. COMISIÓN ORGANIZADORA.-La Comisión Organizadora del SORTEO VPP 2018, estará encargada de organizar, controlar y ejecutar los sorteos a que hace referencia el presente Decreto y estará integrada por las siguientes unidades orgánicas: a) Gerencia de Defensoría del Vecino y Mejora de la Atención al Ciudadano, quien la presidirá. b) Gerencia de Rentas y Desarrollo Económica, como secretario. c) Gerencia de Comunicaciones e Imagen Institucional.d) Gerencia de Administración y Finanzas.e) Gerencia de Participación Vecinal. f) Gerencia de Desarrollo Urbano y del Medio Ambiente. g) Gerencia de Tecnología de la Información y Gobierno Electrónico. 10. PREMIOS.- Los premios que se otorgarán en el SORTEO VPP 2018, serán clasi fi cados de la siguiente manera: 10.1. Premios Regulares:- Artefactos electrodomésticos. - Vales de consumo y descuentos en servicios. 10.2. Premios Especiales:- Dos (02) automóviles 0 km. 11. DEL SORTEO DE LOS PREMIOS REGULARES.-El Sorteo de los Premios Regulares se realizará mediante Tickets, que serán distribuidos por la Gerencia de Defensoría del Vecino y Mejora de la Atención al Ciudadano, y serán sorteados entre los participantes que se encuentren presentes al momento de efectuar el Sorteo. 12. DEL SORTEO DE LOS PREMIOS ESPECIALES.- El Sorteo de los Premios Especiales se realizará previa emisión del Padrón de Contribuyentes Aptos,