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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 09 DE MAYO DEL AÑO 2018 (09/05/2018)

CANTIDAD DE PAGINAS: 140

TEXTO PAGINA: 93

93 NORMAS LEGALES Miércoles 9 de mayo de 2018 El Peruano / la Secretaria General y a la Sub Gerencia de Logística Control Patrimonial y Servicios Generales, la publicación del íntegro de la presente Ordenanza en el Diario O fi cial El Peruano, a la Sub Gerencia de Imagen Institucional y participación su difusión. Tercera.- DELEGACIÓN DE FACULTADESFacúltese al Señor Alcalde para que mediante Decreto de Alcaldía pueda prorrogar las fechas de vencimiento, así como dictar las disposiciones complementarias o reglamentarias que resulten necesarias para su adecuación y correcta aplicación. Regístrese, comuníquese, publíquese y cúmplase. RONALD EULOGIO FUERTES VEGA Alcalde 1645460-1 Ordenanza que aprueba beneficios administrativos y condonación de multas administrativas ORDENANZA MUNICIPAL Nº 252-2018-MDSL/C San Luis, 30 de abril del 2018EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SAN LUIS VISTO:En la Sesión Ordinaria de Concejo de fecha 30 de Abril del 2018, el Informe Nº 046-2018-MDSL/SGGRDCYS de fecha 24 de Abril de 2018, Informe Nº 022-2018-MDSL/GDU de fecha 24 de Abril del 2018, Informe Nº 0120-2018-MDSL/GAJ de fecha 24 de Abril del 2018, emitido por la Sub Gerencia de Gestión de Riesgos de Desastres, Gerencia de Desarrollo Urbano y la Gerencia de Asesoría Jurídica sobre “Ordenanza Municipal que aprueba bene fi cios administrativos y condonación de Multas Administrativas”; y, CONSIDERANDOQue, el artículo 194º de la Constitución Política del Perú, modi fi cado por la Ley Nº 28607 – Ley de Reforma Constitucional, precisa (…) que las Municipalidades Provinciales y Distritales son Órganos de Gobierno Local y personas jurídicas de derecho público con autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia, en concordancia con el Artículo II del Título Preliminar de la Ley Nº 27972 – Ley Orgánica de Municipalidades. Asimismo, el artículo II del Título Preliminar de la norma acotada prescribe, que (…) los gobiernos locales gozan de autonomía política, económica y administrativas en los asuntos de su competencia. La autonomía que la Constitución Política del Perú establece para las municipalidades radica en la facultad de ejercer actos de gobierno, administrativos y administración, con sujeción al ordenamiento jurídico. Que, el artículo 40º, segundo párrafo de la Ley Nº 27972 - Ley Orgánica de Municipalidades, mediante el cual señala que las ordenanzas Municipales son las normas de carácter general de mayor jerarquía en la estructura normativa municipal; mediante ordenanzas se crean modi fi can, exoneran, los arbitrios, tasas, licencias, derechos y contribuciones, dentro de los límites establecidos por ley; asimismo conforme a lo establecido en el inciso 4), del artículo 200ºde la Constitución Política del Perú, las Ordenanzas tienen rango de ley; Que, el artículo 41º del Texto Único Ordenado del Código Tributario, aprobado mediante D.S. Nº 133-2013-EF, establece que excepcionalmente, los gobiernos locales podrán condonar, con carácter general, el interés moratorio y las sanciones, respecto de los tributos que administren;Que, es objetivo de la administración municipal brindar a los contribuyentes de la jurisdicción de San Luis, facilidades para el cumplimiento de sus obligaciones municipales y de ley, sean de naturaleza administrativa; Que, con Informe Nº 046-2018-MDSL-GDU/ SGGRDCS, la Sub Gerencia de Gestión de Riesgos, de Desastres, Control y Sanciones, remite el proyecto de Ordenanza que aprueba bene fi cios administrativos y condonación de Multas Administrativas, fundamentado en la necesidad de establecer bene fi cios dirigidos a promover el pago voluntario de las obligaciones no tributarias vencidas con más fl exibilidad, sin intereses y multas administrativas, el ismo que fue rati fi cado por la Gerencia de Desarrollo Urbano mediante Informe Nº 022-2018-MDSL/GDU. Asimismo, con Informe mediante Informe Nº 120-2018-MDSLGAL, la Gerencia de Asesoría Legal opina favorablemente por la procedencia de aprobar el proyecto de ordenanza visto, por cuanto es concordante a ley; En atención a lo expuesto y de conformidad con el numeral 8), del artículo 9) de la Ley 27972, Ley Orgánica de Municipalidades, contando con el voto UNANIME de los señores regidores, se aprobó; ORDENANZA MUNICIPAL Nº 252 -2018-MDSL/C ORDENANZA QUE APRUEBA BENEFICIOS ADMINISTRATIVOS Y CONDONACIÓN DE MULTAS ADMINISTRATIVAS CAPÍTULO I Artículo 1º.- BENEFICIOS EN EL PAGO DE OBLIGACIONES NO TRIBUTARIAS (MULTAS ADMINISTRATIVAS) 1.1.- INFRACCIONES Constituye infracción toda acción u omisión que signi fi que el cumplimiento de las disposiciones de competencia municipal que establezcan obligaciones y/o prohibiciones de naturaleza administrativa debidamente tipifi cada en el cuadro de infracciones y sanciones de la Municipalidad Distrital de San Luis tipi fi cado mediante Ordenanza 119-MDSL. 1.2. SANCIÓN ADMINISTRATIVA Es la consecuencia jurídica punitiva de carácter administrativo que se deriva de la veri fi cación de la Comisión de una conducta que vulnera las disposiciones municipales, formalizando con la expedición de la Respectiva Resolución de Sanción. 1.3. SANCIÓN DE MULTA Es la sanción pecuniaria que consiste en la imposición al infractor, por parte del Órgano de Fiscalización, de la obligación de pago de una suma de dinero, al haberse acreditado en el procedimiento sancionador la comisión de infracción administrativa atribuida a su responsabilidad. 1.4. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR El procedimiento sancionador se sustenta en los principios de la potestad sancionadora administrativa establecida en el artículo 230º y el Artículo IV del Título Preliminar de la Ley de Procedimiento Administrativo General – Ley Nº 27444, 1.5. BENEFICIO A OTORGAR POR LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS Mediante la presente Ordenanza se establezca la condonación parcial de las multas administrativas para aquellos administrados que efectúen el pago al contado del saldo resultante de la aplicación de los siguientes descuentos. 1.6. PORCENTAJE DE DESCUENTO DE LAS MULTAS ADMINISTRATIVAS Para el caso de los administrados que tengan deudas por concepto de Multas Administrativas, se aplicarán los descuentos respectivos para la cancelación de las mismas, en función a la fecha de emisión de la Resolución de Multa Administrativa. Este descuento se aplicará de