Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2018 (13/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 31

El Peruano / Domingo 13 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES

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de la participación democrática teniendo en cuenta las características y necesidades específicas de cada estudiante, el desarrollo de habilidades socioemocionales en adultos, niñas, niños y adolescentes, la implementación de estrategias de disciplina con enfoque de derechos, entre otras. En ámbitos rurales o de pueblos indígenas andinos y amazónicos, quienes se encuentren a cargo de la promoción de la convivencia escolar, deben conocer las costumbres y las formas de gestionar los conflictos dentro de las comunidades; las escalas de sanciones y los criterios para que en dicho ámbito los hechos se tornen inaceptables. Asimismo, procuran conocer la gestión de la justicia dentro del ámbito comunal y, de ser posible, obtener el reglamento comunal u otro instrumento que regule las relaciones sociales dentro de las comunidades. b. Prevención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes. Es la intervención que se anticipa a las situaciones de violencia que puedan presentarse en la institución educativa o fuera de ella, mediante la implementación de acciones preventivas de acuerdo a las necesidades propias de su contexto. Está dirigida a toda la comunidad educativa, especialmente a quienes se encuentran frente a una mayor exposición a la violencia directa o potencial. Se sostiene en el establecimiento de una red de aliados estratégicos con capacidad de actuación y soporte frente a las situaciones de violencia que puedan presentarse. En ámbitos rurales o de pueblos indígenas andinos y amazónicos, las acciones de prevención incluyen la articulación y la sensibilización con las autoridades comunales a fin de colocar en la agenda comunal la difusión de dichas acciones por medio de las asambleas comunales. Las autoridades comunales juegan un rol complementario a la Asociación de Padres de Familia (APAFA) y juntos participan del sistema educativo comunal, en el marco del respeto a los derechos fundamentales. c. Atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes. Es la intervención oportuna, efectiva y reparadora sobre los hechos de violencia detectados en el ámbito escolar, los cuales pudieran darse: - Entre las y los estudiantes. - Del personal de la institución educativa pública o privada hacia las y los estudiantes. - Por familiares o cualquier otra persona. · En contextos de pueblos indígenas andinos y amazónicos, la implementación de la gestión de la convivencia escolar considera la participación activa y permanente de la representación indígena legítimamente reconocida a nivel comunal y territorial (por cuenca, río, distrito u otra forma de agrupación). 8.2. Gestión de la convivencia escolar

de acuerdo al Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar. 8.2.2. Normas de Convivencia de la institución educativa · Las Normas de Convivencia de la institución educativa mantienen total coherencia con la legislación vigente, especialmente con las normas que rigen al Sector Educación. · El Comité de Tutoría y Orientación Educativa, como órgano responsable de la gestión de la convivencia escolar, lidera el proceso de elaboración, actualización y validación de las Normas de Convivencia, con el propósito de garantizar lo siguiente: a. El respeto de los derechos humanos y de lo establecido en la Constitución, la Ley General de Educación, el Código de los Niños y Adolescentes, y el resto de normas que forman parte de la Base Normativa de los presentes Lineamientos. b. Un proceso participativo y consensuado, que considere las características y necesidades de cada estudiante en la elaboración o actualización de las Normas de Convivencia, incorporando así las necesidades, opiniones e intereses de todos los integrantes de la comunidad educativa, sea directamente o a través de sus representantes legítimos (véase Anexo 01). c. La fundamentación de las Normas de Convivencia en el diagnóstico o análisis situacional de la institución educativa que forma parte del PEI. d. La adecuación de las Normas de Convivencia a la etapa del desarrollo, tomando en cuenta las características específicas de las y los estudiantes. e. La aprobación de las Normas de Convivencia mediante resolución directoral de la institución educativa. f. La incorporación de las Normas de Convivencia en el Reglamento Interno de la institución educativa como un capítulo denominado "Normas de Convivencia", que remplaza al capítulo referente a las normas de disciplina. g. La difusión permanente de las Normas de Convivencia a todos los integrantes de la comunidad educativa. h. La evaluación y/o actualización periódica de las Normas de Convivencia, como parte de las acciones de planificación del año escolar. · En el caso de la Educación Básica Especial, cuando no cuenten con un Comité de Tutoría y Orientación Educativa, los docentes de aula son responsables de liderar el proceso de elaboración o actualización de las Normas de Convivencia, brindando las garantías necesarias para el desarrollo adecuado del proceso. 8.2.3. Normas de Convivencia del aula

8.2.1. Instrumentos de gestión de la institución educativa Los instrumentos de gestión de la institución educativa se encuentran señalados en el artículo 137 del Reglamento de la Ley General de Educación. Sin perjuicio de ello, dichos instrumentos consideran lo siguiente: · El Proyecto Educativo Institucional (PEI) considera la promoción de la convivencia escolar democrática, así como la prevención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes y la atención de casos relacionados a ella. Estos componentes son incorporados en el diagnóstico o análisis situacional y en los objetivos estratégicos o de gestión que forman parte del documento. · El Proyecto Curricular Institucional (PCI) considera entre sus contenidos aquellos relacionados a la convivencia escolar. · El Reglamento Interno incluye las Normas de Convivencia de la institución educativa en un capítulo denominado "Normas de Convivencia", el cual remplaza al capítulo referente a las normas de disciplina. Son difundidas a todos los integrantes de la comunidad educativa a través de medios físicos o digitales. · El Plan Anual de Trabajo (PAT) incluye las actividades relacionadas a la gestión de la convivencia escolar,

· Al inicio del año escolar, cada docente de aula, tutor o tutora dedica las primeras sesiones a la elaboración de las Normas de Convivencia de su aula (véase Anexo 01). Para su elaboración es necesario tener en cuenta lo siguiente: a. Promover la participación de sus estudiantes, en un ambiente democrático, respetuoso e inclusivo, con igualdad de oportunidades entre hombres y mujeres, respeto y valoración a las diferencias culturales y lingüísticas. b. Emplear un estilo de redacción en sentido positivo, con lenguaje sencillo y en primera persona del plural, y redactar las Normas en español y en lengua originaria, si fuera el caso. Asimismo, considerar la adaptación al sistema de comunicación que el estudiante en condición de discapacidad utiliza. c. Considerar la etapa del desarrollo y las características específicas de los y las estudiantes. d. Adecuar las normas a las necesidades específicas de las y los estudiantes del aula. e. Considerar las competencias y capacidades del Currículo Nacional vigente. f. Mantener coherencia con las Normas de Convivencia de la institución educativa.

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