Norma Legal Oficial del día 13 de mayo del año 2018 (13/05/2018)


Si dese vizualizar el documento entero como pdf click aqui.

TEXTO DE LA PÁGINA 34

34
IX. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS 9.1. Del Ministerio de Educación

NORMAS LEGALES

Domingo 13 de mayo de 2018 /

El Peruano

· Establecer las orientaciones para la promoción de la convivencia escolar, la prevención de la violencia y la atención de casos para los gobiernos regionales, específicamente para las DRE, UGEL y las instituciones educativas. · Brindar asistencia técnica a las DRE, o las que hagan sus veces, y a las UGEL en lo referente a la promoción de la convivencia escolar, prevención y atención de casos de violencia contra niñas, niños y adolescentes; así como en el desarrollo de los procesos administrativos disciplinarios y la utilización del SIMEX. · Identificar, sistematizar y difundir experiencias, iniciativas y buenas prácticas de instituciones educativas que hayan promovido de manera positiva la convivencia escolar, y la prevención de la violencia. · Desarrollar campañas de comunicación relacionadas a la promoción de la convivencia escolar, prevención de la violencia y atención de casos relacionados a ella. · Elaborar y difundir materiales educativos accesibles para la implementación de las sesiones de tutoría, jornadas, talleres u otras acciones dirigidas a la prevención de la violencia. Asimismo, elaborar y difundir herramientas para la identificación de situaciones de violencia. · Coordinar y promover, con enfoque territorial, el trabajo intersectorial a nivel nacional para la promoción de la convivencia, prevención y atención de casos de violencia. · Realizar estudios e investigaciones que permitan la producción de conocimientos con respecto a la situación de la violencia, el clima escolar y su relación con los logros de aprendizaje y la formación integral en el Sector Educación. 9.2. De los Gobiernos Regionales 9.2.1. A través de la Dirección Regional de Educación (o quien haga sus veces) · Brindar asistencia técnica a las UGEL en relación a la promoción de la convivencia escolar, prevención y atención de casos de violencia. · Consolidar y analizar información proporcionada por las UGEL, respecto al uso del portal SíseVe y el Libro de Registro de Incidencias, a fin de formular las propuestas de mejora correspondientes. · Difundir los materiales de tutoría y convivencia escolar existentes (en formato físico y/o virtual). · Coordinar y promover, en su jurisdicción, el trabajo articulado con los servicios especializados para la prevención y atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes. 9.2.2. A través de la Unidad de Gestión Educativa Local · Brindar asistencia técnica a las instituciones educativas para la promoción de la convivencia escolar, prevención y atención de casos de violencia, y para el manejo adecuado del portal SíseVe. · Difundir los materiales de tutoría y convivencia escolar existentes (en formato físico y/o virtual). · Tramitar oportunamente y conforme a la normatividad vigente los casos de violencia ejercida por personal de las instituciones educativas de su jurisdicción. · Supervisar que en las instituciones educativas el Comité de Tutoría y Orientación Educativa brinde atención a los casos de violencia de acuerdo a los Protocolos para la Atención de la Violencia Contra Niñas, Niños y Adolescentes (véase Anexo 03). · Coordinar con las autoridades del ámbito rural y de pueblos indígenas, principalmente las y los jefes de las comunidades, las acciones para la atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes. · Consolidar y reportar a la DRE correspondiente, la información del Libro de Registro de Incidencias de las instituciones educativas, así como de los reportes locales realizados en el portal SíseVe, enfatizando las acciones seguidas para su atención.

· Promover la aplicación de acciones preventivas en las instituciones educativas, dirigidas a estudiantes involucrados o en riesgo de ser expuestos a situaciones de violencia. · Establecer alianzas y relaciones de cooperación con instituciones públicas y privadas, con el fin de consolidar una red de apoyo para la promoción de la convivencia escolar, prevención y atención de la violencia. · Coordinar y promover, en su jurisdicción, el trabajo articulado con los servicios especializados para la prevención y atención de la violencia contra niñas, niños y adolescentes. 9.2.3. A través de la Institución Educativa · Del personal de la institución educativa · El personal de la institución educativa respeta la dignidad de las y los estudiantes considerando sus condiciones y características específicas. Asimismo, promueve y fortalece la convivencia democrática en todos los espacios y actividades de la institución educativa. · El director o directora de la institución educativa, junto con los subdirectores o subdirectoras, son un referente ético para todos los integrantes de la comunidad educativa; por tanto, fomentan y mantienen relaciones de respeto, colaboración, responsabilidad social y buen trato. Su liderazgo moviliza e influencia a los demás miembros de la comunidad educativa en la mejora constante de las relaciones interpersonales. · El personal docente, con el apoyo del auxiliar, promueve actividades que tengan en cuenta la formación en valores, el fortalecimiento de habilidades socioemocionales, la promoción de la participación, así como el aprendizaje y respeto a las Normas de Convivencia. · Toda acción tutorial ha de constituirse en acción ejemplar y, como tal, promover relaciones democráticas y de buen trato entre las y los estudiantes. Asimismo, en concordancia con la programación anual, desde la tutoría grupal se desarrollan temas relacionados con la convivencia escolar, la prevención de la violencia, el fortalecimiento de habilidades socioemocionales, el aprendizaje y el respeto a las Normas de Convivencia, así como la evaluación participativa de las Normas de Convivencia del aula. Para el caso específico de la educación inicial, es el o la docente quien garantiza el acompañamiento de los estudiantes de acuerdo a lo antes señalado. En el caso de la Educación Básica Especial, es el tutor quien a través del trabajo con la familia, fortalece y da cumplimiento a lo aquí dispuesto. · Del Comité de Tutoría y Orientación Educativa · En el marco del artículo 9 del Reglamento de la Ley N° 29719, Ley que Promueve la Convivencia sin Violencia en las Instituciones Educativas, el Comité de Tutoría y Orientación Educativa es uno de los órganos responsables de la convivencia escolar en la institución educativa pública. Por lo tanto, entre sus miembros cuenta con un responsable de convivencia. · En relación a la gestión de la convivencia escolar, el Comité de Tutoría y Orientación Educativa tiene las siguientes responsabilidades: a. Planificar, ejecutar, monitorear y evaluar el Plan de Tutoría, Orientación Educativa y Convivencia Escolar, de acuerdo a las particularidades del nivel y la modalidad educativa. b. Elaborar o actualizar las Normas de Convivencia de la institución educativa. c. Fomentar el establecimiento de alianzas y relaciones de cooperación con instituciones públicas y privadas, con el fin de consolidar una red de apoyo para la promoción de la convivencia escolar y acciones de prevención y atención de la violencia. d. Coordinar con el Consejo Educativo Institucional (CONEI) u otras organizaciones de la institución educativa, el desarrollo de actividades formativas y preventivas relacionadas a la gestión de la convivencia escolar.

Deseo borrar mis datos personales que aparecen en esta página.