Norma Legal Oficial del día 16 de mayo del año 2018 (16/05/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 81

El Peruano / Miércoles 16 de mayo de 2018

NORMAS LEGALES
RESUELVE:

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Artículo Segundo.- La presente Resolución entra en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS MELGAR ROMARIONI Secretario General 1647479-1

Artículo Primero.- Aprobar la estructura orgánica de la Superintendencia, de acuerdo al detalle que se describe a continuación: I. Alta Dirección · Superintendente de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones (Despacho). II. Órgano Consultivo · Comité de Alta Dirección. III. Órgano de Control Institucional · Gerencia de Control Institucional. IV. Órganos de Asesoría · Superintendencia Adjunta de Asesoría Jurídica. · Departamento de Asesoría y Supervisión Legal. · Departamento de Regulación. · Departamento de Asuntos Contenciosos. · Coordinación General de Asuntos Jurídicos. · Superintendencia Adjunta de Estudios Económicos. · Departamento de Análisis del Sistema Financiero. · Departamento de Análisis de los Sistemas Asegurador y Previsional. · Departamento de Análisis de Microfinanzas. · Departamento de Investigación Económica. · Superintendencia Adjunta de Riesgos. · Departamento de Metodologías de Supervisión y Estrategia de Riesgos. · Departamento de Supervisión de Riesgos de Conglomerados. · Departamento de Supervisión de Riesgos de Mercado, Liquidez e Inversiones. · Departamento de Supervisión de Riesgos de Crédito. · Departamento de Supervisión de Riesgo Operacional. · Departamento de Central de Riesgos. · Departamento de Valorización de Inversiones. · Departamento de Supervisión de Riesgos de Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo. · Departamento de Supervisión de Sistemas de Información y Tecnología. · Superintendencia Adjunta de Conducta de Mercado e Inclusión Financiera. · Departamento de Supervisión de Conducta de Mercado. · Departamento de Educación e Inclusión Financiera. · Departamento de Servicios al Ciudadano. · Departamento de Servicios Descentralizados. - Oficina Descentralizada de Arequipa. - Oficina Descentralizada de Piura. - Oficina Descentralizada de Junín. · Gerencia de Planeamiento y Organización. · Departamento de Planeamiento y Control de Gestión. · Departamento de Organización y Calidad. V. Órganos de Apoyo · Superintendencia Adjunta de Administración General. · Departamento de Remuneraciones. · Departamento de Finanzas. · Departamento de Logística. · Departamento de Seguridad. · Gerencia de Gestión Humana.

Aprueban la estructura orgánica de la Superintendencia de Banca, Seguros y AFP, y encargan a la Gerencia de Planeamiento y Organización para que proceda a la actualización del Reglamento de Organización y Funciones y de los Manuales de Organización y Funciones
RESOLUCIÓN SBS Nº 1932-2018 Lima, 14 de mayo de 2018 LA SUPERINTENDENTA DE BANCA, SEGUROS Y ADMINISTRADORAS PRIVADAS DE FONDOS DE PENSIONES VISTO: El Informe Nº 003-2018-GPO, de fecha 14 de mayo de 2018 elaborado por la Gerencia de Planeamiento y Organización, relacionado con la propuesta de modificación de la estructura orgánica y la actualización del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones, en adelante la Superintendencia; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución SBS N° 0790-2018 de fecha 28 de febrero de 2018 se aprobó la estructura orgánica y el Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia, N° SBS-ROF-SBS-010-18; Que, en concordancia con los lineamientos de la Alta Dirección, el Plan Estratégico Institucional 2018-2021, el cual establece como uno de los objetivos estratégicos de la institución "Contar con personal altamente capacitado, comprometido y alineado a los valores institucionales para cumplir con los mandatos de la SBS" y la estrategia de fortalecimiento de la gestión del capital humano de la SBS, resulta conveniente crear una unidad organizacional de reporte directo al Superintendente de Banca, Seguros y AFP que tenga como función principal la planificación, desarrollo y gestión del capital humano de la SBS, la que se denominará Gerencia de Gestión Humana; Que, con la finalidad de lograr avances importantes y resultados en el corto plazo, se considera conveniente implementar la nueva Gerencia en dos fases: una primera, en la cual algunos procesos operativos relacionados con la administración del personal se mantengan en la Superintendencia Adjunta de Administración General y en la segunda, dichos procesos operativos se trasladarán en su integridad a la nueva Gerencia; Que, resulta conveniente que las funciones referidas a la gestión de la capacitación sean incorporadas a la nueva Gerencia desde la primera fase señalada en el considerando anterior, por ser un componente estratégico del desarrollo del personal de la SBS; Que, por lo señalado en los considerandos anteriores y los sustentos del Informe Nº 003-2018-GPO, la Alta Dirección considera necesaria la modificación de la estructura orgánica de la Superintendencia; En uso de las facultades conferidas en los incisos 1 y 2 del artículo 367º de la Ley General del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros, Nº 26702 y sus modificatorias;

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