Norma Legal Oficial del día 10 de noviembre del año 2018 (10/11/2018)


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TEXTO DE LA PÁGINA 76

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NORMAS LEGALES

Sábado 10 de noviembre de 2018 /

El Peruano

de inscripción de Anamelba Miranda Riveros y Christian Carlos Dolorier Tejada. 12. Ahora bien, de la revisión de autos, se advierte que en el Acta de Asamblea Eleccionaria, celebrada el 23 de mayo de 2018 (fojas 7 a 75), la organización política eligió como representantes para el Concejo Distrital a los postulantes que integraron la lista 1, la misma que estuvo compuesta por un total de ocho (8) personas, disgregada de la siguiente forma: a. Un (1) candidato a alcalde distrital. b. Siete (7) representantes para regidores distritales, dentro de los cuales se encuentran Edgar Maxi Vizcarreta Huallpa, ocupando el lugar 2, y Francisco Rafael Ángeles Mesías, quien ocupó el lugar 4. 13. Con motivo de las renuncias acontecidas dentro de la lista ganadora (lista 1), como fueron los casos de Edgar Maxi Vizarreta Huallpa y Francisco Rafael Ángeles Mesías, quienes renunciaron a sus postulaciones como candidatos a regidores distritales por la organización política, el 20 y 29 de mayo de 2018, respectivamente, se eligió y designó por unanimidad, mediante sesión del Comité Ejecutivo Nacional, celebrada el 7 de junio de dicho año, a Anamelba Miranda Riveros y Christian Carlos Dolorier Tejada, en reemplazo de los precitados candidatos; por lo que, se colige que tales designaciones se efectuaron antes del vencimiento del plazo para la presentación de la solicitud de inscripción, en ese sentido, no se habría vulnerado requisito alguno de conformidad con lo señalado en el artículo 26 del Reglamento. 14. En ese sentido, en atención a lo expuesto, y realizando una interpretación favorable al ejercicio del derecho a la participación política, y al haberse determinado que la organización política no infringió las normas de democracia interna, corresponde estimar el recurso de apelación, y revocar la resolución venida en grado y disponer que el JEE continúe con el trámite correspondiente. Por lo tanto, el Pleno del Jurado Nacional de Elecciones, con el voto dirimente del magistrado Víctor Ticona Postigo, y con los votos singulares de los magistrados Luis Carlos Arce Córdova y Raúl Chanamé Orbe, en uso de sus atribuciones, RESUELVE, POR MAYORÍA Artículo Primero.- Declarar FUNDADO el recurso de apelación interpuesto por Jean Carlos Zegarra Roldán, personero legal titular de la organización política Todos por el Perú; y, en consecuencia, REVOCAR la Resolución N° 00193-2018-JEE-LIE1/JNE, de fecha 28 de junio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Este 1, que declaró improcedente la solicitud de inscripción de lista de candidatos, presentada por la citada organización política para Concejo Distrital de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018. Artículo Segundo.- DISPONER que el Jurado Electoral Especial de Lima Este 1 continúe con el trámite correspondiente. Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. TICONA POSTIGO RODRÍGUEZ VÉLEZ Concha Moscoso Secretaria General Expediente N° ERM.2018019184 CHACLACAYO - LIMA - LIMA JEE LIMA ESTE 1 (ERM.2018013496) ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2018 RECURSO DE APELACIÓN Lima, diecinueve de julio de dos mil dieciocho

EL VOTO SINGULAR DEL SEÑOR MAGISTRADO LUIS CARLOS ARCE CÓRDOVA, MIEMBRO DEL PLENO DEL JURADO NACIONAL DE ELECCIONES, ES EL SIGUIENTE: Con relación al recurso de apelación interpuesto por Jean Carlos Zegarra Roldán, personero legal titular de la organización política Todos por el Perú, en contra de la Resolución N° 00193-2018-JEE-LIE1/JNE, de fecha 28 de junio de 2018, emitida por el Jurado Electoral Especial de Lima Este 1, que declaró improcedente su solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2018; debo señalar lo siguiente: 1. El 19 de junio de 2018, el personero legal titular de la organización política Todos por el Perú presentó, ante el Jurado Electoral Especial de Lima Este 1 (en adelante, JEE), su solicitud de inscripción de lista de candidatos para el Concejo Distrital de Chaclacayo, provincia y departamento de Lima, a fin de participar en las Elecciones Regionales y Municipales 2018. 2. Sin embargo, a través de la Resolución N° 00193-2018-JEE-LIE1/JNE, de fecha 28 de junio de 2018, el JEE declaró improcedente la citada solicitud de inscripción, toda vez que verificó que, en el acta, presentada por la organización política Todos por el Perú, "se ha designado a 2 CANDIDATOS a Regidor y que fueron a la lista de candidatos presentada; lo cual contraviene a todas las normas electorales sobre democracia interna de los partidos políticos. Al no haberse respetado el procedimiento establecido en su Estatuto ni en la Ley de Organizaciones Políticas, al haber DESIGNADO a 2 candidatos de manera directa y en forma extemporánea". 3. En efecto, en la citada resolución, se hace mención a que, en el Acta de Asamblea Eleccionaria, del 23 de mayo de 2018, se aprecia que el partido político eligió a los siguientes candidatos para el Concejo Distrital de Chaclacayo: Nombres y Apellidos ALTAMIRANO MATUS LEONIDAS Alcalde 1 IVÁN GARCÍA CALDERÓN CALISTO INÉS Regidor 1 MARGARITA Regidor 2 VIZCARRETA HUALLPA ÉDGAR MAXI Regidor 3 Regidor 4 Regidor 5 Regidor 6 Regidor 7 MERCADO HINOSTROZA JUAN EDMELINO ÁNGELES MESÍAS FRANCISCO RAFAEL OCHOA PRIETO JULIO TEÓFILO CÁCERES BOZA NIZA NATHALIA SÁNCHEZ QUISPE VANESSA Cargo DNI 06468266 06970774 06971617 10296992

10149603 10150993 48447564 75716537

4. Se agrega que la organización política incorporó a los actuados el Acta de Instalación del Comité Ejecutivo Nacional, del 7 de junio de 2018, siendo uno de los puntos de dicha acta, la modificación de las listas electorales. En ese sentido, y en lo concerniente al Concejo Distrital de Chaclacayo, se consigna que se han designado a los siguientes candidatos a regidor: Cargo Regidor 2 Reemplazo Regidor 4 Reemplazo Nombres y Apellidos VIZCARRETA HUALLPA ÉDGAR MAXI MIRANDA RIVEROS ANAMELBA ÁNGELES MESÍAS FRANCISCO RAFAEL DOLORIER TEJADA CHRISTIAN CARLOS

5. En mérito a dicha decisión, es que la organización política Todos por el Perú interpuso, con fecha 2 de julio de 2018, recurso de apelación, argumentando lo siguiente: - La designación directa de los candidatos a regidores distritales 2 y 4, Anamelba Miranda Riveros y Christian

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