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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (18/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 100

TEXTO PAGINA: 67

67 NORMAS LEGALES Jueves 18 de abril de 2019 El Peruano / Ofi cinas de Recursos Humanos y de la O fi cina de Presupuesto y Tributación, respectivamente, se informa que la plaza de Procurador Público Regional se encuentra aprobada en el CAP y en el PAP de la Entidad, así como se encuentra registrada en el AIRHSP, a cargo de la Dirección de Gestión de Recursos Públicos de Ministerio de Economía y Finanzas, con el Registro Nro. 0317, con la condición de vacante y debidamente presupuestada. Que, estando a lo expuesto, con las visaciones de la Gerencia General, O fi cina Regional de Administración, Ofi cina Regional de Planeamiento, Presupuesto y Ordenamiento Territorial y de la O fi cina de Recursos Humanos; y de conformidad con lo prescrito en la Ley Nº 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias, Ordenanza Regional Nº 010-AREQUIPA, D.Leg. 276 y su Reglamento, y con las facultades y atribuciones conferidas; SE RESUELVE:Artículo 1º.- NOMBRAR, a partir del 07 de diciembre de 2018, a la Abog. Rosa Leonor Vallejos Beltrán en el cargo de Procurador Público Regional del Gobierno Regional de Arequipa, en el Nivel F-5 de la Carrera Pública Administrativa, conforme a los instrumentos de gestión del Gobierno Regional de Arequipa. Artículo 2º.- DISPONER que la O fi cina de Recursos Humanos, realice las acciones correspondientes para que asuma el cargo, solicite su acreditación y preste el juramento correspondiente ante la Presidencia del Consejo de Defensa Jurídica del Estado. Artículo 3º.- ENCARGAR a la O fi cina Regional de Administración, la publicación de la presente resolución en el Diario O fi cial “El Peruano”. Artículo 4º.- NOTIFICAR el presente acto resolutivo al interesado y a las demás instancias administrativas correspondientes, con las formalidades que prescribe la Ley. Dada en la Sede del Gobierno Regional de Arequipa a los siete (07) días del mes de diciembre del dos mil dieciocho. Regístrese y comuníquese.YAMILA OSORIO DELGADO Gobernadora Regional 1761490-1 Designan funcionaria responsable de brindar información de la Sede Central del Gobierno Regional que se solicite bajo el marco de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL N° 027-2019-GRA/GR VISTOS y CONSIDERANDO: Que, el artículo 1° del Texto Único Ordenado de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública D.S. 043-2003-PCM, señala que la fi nalidad de la Ley, es promover la transparencia de los actos del Estado y regular el derecho fundamental del acceso a la información consagrada en el numeral 5 del artículo 2° de la Constitución Política del Perú. Que, el inciso b) del artículo 3° del Reglamento de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, establece como obligación de la máxima autoridad de la Entidad, la de designar a los Funcionarios responsables de entregar la información de acceso público. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 185-2016-GRA/GR, se designa a la Abg. Lourdes Lorena Quiroz Ortiz, Secretaria General del Gobierno Regional de Arequipa, como funcionaria responsable de brindar la información existente en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa, que se solicite bajo el marco de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 825-2018-GRA/GR, se da por concluida la designación de la Abg. Lourdes Lorena Quiroz Ortiz, en el cargo de Secretaria General del Gobierno Regional de Arequipa. Que, mediante Resolución Ejecutiva Regional Nº 001-2019-GRA/GR, se designa a la Abg. Claudia Tatiana Cervantes Mansilla, en el cargo de Secretaria General del Gobierno Regional de Arequipa. Que, en virtud y de conformidad con lo prescrito en la Ley N° 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, D.S. N° 043-2003-PCM, D.S. N° 072-2003-PCM, Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales y sus modi fi catorias y en atribuciones conferidas por Ley; SE RESUELVE:Artículo Único.- DESIGNAR, a la Abg. Claudia Tatiana Cervantes Mansilla, Secretaria General del Gobierno Regional de Arequipa, como funcionaria responsable de brindar la información existente en la Sede Central el Gobierno Regional de Arequipa, que se solicite bajo el marco de la Ley Nº 27806, Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Dada en la Sede Central del Gobierno Regional de Arequipa a los nueve días del mes de enero del 2019. Regístrese, comuníquese y cúmplase.ELMER CÁCERES LLICA Gobernador Regional 1761488-1 Aprueban el Listado de Beneficiarios para la devolución de los descuentos realizados en la Bonificación del D.U. N° 037-94 RESOLUCIÓN EJECUTIVA REGIONAL Nº 139-2019-GRA VISTO: i) Decreto Supremo Nº 006-2019-EF, ii) Carta Circular N° 001-2019-CE/DS 006-2019-EF y iii) Carta Circular Nº 003-2019-CE/DS 006-2019-EF de la Comisión Especial, y; CONSIDERANDO:Que, la Décima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, señala “Reactívese la Comisión Especial creada por la Nonagésima Segunda Disposición Complementaria Final de la Ley 30372, a fi n de continuar con el proceso de evaluación y cuanti fi cación correspondiente a la devolución de los montos que los pliegos presupuestarios hubieren descontado respecto a la boni fi cación a que se re fi ere el artículo 2º del Decreto de Urgencia 037-94, a que se refi ere la citada Disposición”. Que, mediante Decreto Supremo N° 006-2019-EF, se establece la vigencia de la Comisión Especial, reactivada por la Décima Cuarta Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, así como el Anexo “Lineamientos de la Comisión Especial 2019” y otras disposiciones. Que, el numeral 3.1 de dichos lineamientos establece que el Titular del Pliego, a través de las O fi cinas de Recursos Humanos o las que hagan sus veces, deberá consolidar y presentar la información de sus Bene fi ciarios, incluido el de sus Unidades Ejecutoras a la Secretaría Técnica de la Comisión Especial; por lo tanto, aquellas entidades públicas que no cumplan con las formalidades establecidas en la presente norma, no serán consideradas para la continuación de la devolución a que se re fi ere la Décima Cuarta Disposición Complementaria Final de la