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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (24/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 29

29 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de abril de 2019 El Peruano / zonas a las que se re fi ere el artículo 2 del Decreto de Urgencia N° 001-2019; en virtud de lo cual, con O fi cio N° 087-2019-MINEDU/DM, el citado Ministerio solicita dar trámite a la referida transferencia de recursos; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, del pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, hasta por la suma de S/ 88 851 498,00 (OCHENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), a favor del pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil para el fi nanciamiento de lo señalado en el considerando precedente; De conformidad con lo establecido en los párrafos 4.2 y 4.3 del artículo 4, y el párrafo 10.3 del artículo 10 del Decreto de Urgencia N° 001-2019, Decreto de Urgencia que establece medidas para la atención de intervenciones ante la ocurrencia de intensas precipitaciones pluviales; DECRETA:Artículo 1.- Objeto Autorízase una Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, del pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, hasta por la suma de S/ 88 851 498,00 (OCHENTA Y OCHO MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y UN MIL CUATROCIENTOS NOVENTA Y OCHO Y 00/100 SOLES), a favor del pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil para el fi nanciamiento de actividades e inversiones en el marco del párrafo 4.3 del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 001-2019, de acuerdo al siguiente detalle: DE LA: En Soles SECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 342 : Instituto Peruano del DeporteUNIDAD EJECUTORA 001 : Instituto Peruano del Deporte - IPDCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 9002 : Asignaciones presupuestarias que no resultan en productos ACTIVIDAD 5001253 : Transferencia de recursos para la ejecución de proyectos de inversiónFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO DE CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias 933 578,00 GASTO DE CAPITAL 2.4 Donaciones y Transferencias 87 917 920,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 88 851 498,00 =========== A LA: En SolesSECCION PRIMERA : Gobierno Central PLIEGO 006 : Instituto Nacional de Defensa CivilUNIDAD EJECUTORA 001 : INDECI – Instituto Nacional de Defensa CivilCATEGORÍA PRESUPUESTARIA 0068 : Reducción de vulnerabilidad y atención de emergencias por desastres PRODUCTO 3000001 : Acciones ComunesACTIVIDAD 5006144 : Atención de actividades de emergenciaFUENTE DE FINANCIAMIENTO 1 : Recursos Ordinarios GASTO CORRIENTE 2.4 Donaciones y Transferencias 88 851 498,00 -------------------- TOTAL EGRESOS 88 851 498,00 =========== Artículo 2.- Procedimiento para la Aprobación Institucional 2.1 El Titular de los pliegos, habilitador y habilitado en la Transferencia de Partidas, aprueban mediante Resolución la desagregación de los recursos autorizados en el artículo 1 de este Decreto Supremo a nivel programático, dentro de los cinco (05) días calendario de la vigencia de este dispositivo legal. Copia de la Resolución se remite dentro de los cinco (05) días calendario de aprobada a los organismos señalados en el párrafo 31.4 del artículo 31 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público. 2.2 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados, solicita a la Dirección General de Presupuesto Público, las codi fi caciones que se requieran como consecuencia de la incorporación de nuevas Partidas de Ingresos, Finalidades y Unidades de Medida. 2.3 La O fi cina de Presupuesto o la que haga sus veces en los pliegos involucrados instruye a las Unidades Ejecutoras para elaborar las correspondientes “Notas para Modi fi cación Presupuestaria” que se requieran, como consecuencia de lo dispuesto en esta norma. Artículo 3.- Limitación al uso de los recursos Los recursos de la Transferencia de Partidas a que hace referencia el artículo 1 de esta norma no pueden ser destinados, bajo responsabilidad, a fi nes distintos para los cuales son transferidos. Artículo 4.- Refrendo El Decreto Supremo es refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y por la Ministra de Educación. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los veintitrés días del mes de abril del año dos mil diecinueve. MARTÍN ALBERTO VIZCARRA CORNEJO Presidente de la República CARLOS OLIVA NEYRA Ministro de Economía y Finanzas FLOR AIDEÉ PABLO MEDINA Ministra de Educación 1762977-8 Autorizan Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del pliego Junta Nacional de Justicia DECRETO SUPREMO N° 127-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICACONSIDERANDO: Que, la Centésima Cuadragésima Tercera Disposición Complementaria Final de la Ley N° 30879, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019, dispone, entre otros, que en la Reserva de Contingencia se ha incluido el fi nanciamiento de los gastos concernientes a la implementación de la nueva edi fi cación de la sede institucional del Consejo Nacional de la Magistratura o entidad que lo reemplace, a efectos de garantizar su funcionamiento; Que, la Junta Nacional de Justicia, mediante los Ofi cios Nº 000076 y 000088-2019-DG/CNM, solicita una Transferencia de Partidas para fi nanciar los gastos concernientes a la implementación de la nueva edi fi cación de la sede institucional de la Junta Nacional de Justicia; Que, el artículo 54 del Decreto Legislativo N° 1440, Decreto Legislativo del Sistema Nacional de Presupuesto Público, establece que las transferencias o habilitaciones que se efectúen con cargo a la Reserva de Contingencia se autorizan mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas; Que, en consecuencia, resulta necesario autorizar una Transferencia de Partidas con cargo a los recursos de la Reserva de Contingencia del pliego Ministerio de Economía y Finanzas, hasta por la suma total de S/ 7 883 619,00 (SIETE MILLONES OCHOCIENTOS OCHENTA Y TRES MIL