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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (24/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 31

31 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de abril de 2019 El Peruano / en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; establecen, como algunas de las funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia; Que, el literal g) del artículo 148 del referido Reglamento dispone como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, la de proponer la conformación de las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas; para tal efecto, su Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 de la mencionada norma; Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI Disposiciones Especí fi cas de la Norma Técnica “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a tiempo completo y a dedicación exclusiva, quienes tienen la calidad de funcionarios públicos de libre designación y remoción, y ejercerán los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda; Que, el numeral 6.1.2 del Acápite VI Disposiciones Especí fi cas de la Norma Técnica antes citada, establece que la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, es la encargada de la selección de los miembros de las Comisiones Organizadoras, cuyo procedimiento comprende las siguientes actividades: invitación a expresiones de interés, evaluación, selección y designación; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 128-2017-MINEDU, se constituye la Comisión Organizadora de la UNCA, quedando integrada de la siguiente manera: TEODULO JENARO SANTOS CRUZ, Presidente; MAURO RODRIGUEZ CERRON, Vicepresidente Académico; y BILMIA VENEROS URBINA, Vicepresidenta de Investigación; Que, mediante Cartas Nºs 090-2019/CO-UNCA, 001- 2019/CO-UNCA, 001-2019/VPA-UNCA y Carta S/N de fecha 08 de abril de 2019 los señores TEODULO JENARO SANTOS CRUZ, MAURO RODRIGUEZ CERRON, y BILMIA VENEROS URBINA, ponen a disposición sus cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNCA; Que, mediante O fi cio Nº 00469-2019-MINEDU/VMGP- DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite el Informe Nº 00032-2019-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, por las razones expuestas en el referido informe, propone: i) Dar por concluida la designación de TEODULO JENARO SANTOS CRUZ, como Presidente, de MAURO RODRIGUEZ CERRON, como Vicepresidente de Académico, y BILMIA VENEROS URBINA, como Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNCA; ii) Reconformar la Comisión Organizadora de la UNCA; y, iii) De acuerdo con la evaluación realizada, propone designar a LUIS ALBERTO TARAMONA RUIZ en el cargo de Presidente, a MIGUEL ANGEL RAMIREZ GUZMAN en el cargo de Vicepresidente Académico y a JAVIER JAVIER ALVA en el cargo de Vicepresidente de la Comisión Organizadora de la UNCA;Con el visado de la Dirección General de Educación Superior Universitaria y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación modi fi cado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 29756, Ley que crea la Universidad Nacional Ciro Alegría; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU que aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Dar por concluida la designación de TEODULO JENARO SANTOS CRUZ al cargo de Presidente, de MAURO RODRIGUEZ CERRON al cargo de Vicepresidente Académico, y de BILMIA VENEROS URBINA al cargo de Vicepresidenta de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Ciro Alegría, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Ciro Alegría, la misma que estará integrada por: - LUIS ALBERTO TARAMONA RUIZ, Presidente; - MIGUEL ANGEL RAMIREZ GUZMAN, Vicepresidente Académico; y - JAVIER JAVIER ALVA, Vicepresidente de Investigación. Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Ciro Alegría, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de 30 días calendarios contados a partir de la vigencia de la presente resolución, un plan de trabajo para el presente año, un informe sobre el estado situacional y el informe de entrega de cargo presentado por la saliente Comisión Organizadora, conforme a lo previsto en el numeral 6.1.8 de las Disposiciones Especí fi cas de la Norma Técnica “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA PATRICIA ANDRADE PACORA Viceministra de Gestión Pedagógica 1762967-1 Reconforman la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba RESOLUCIÓN VICEMINISTERIAL Nº 089-2019-MINEDU Lima, 23 de abril de 2019 Vistos, el Expediente Nº MPT2019-EXT-0034009, el Informe Nº 00031-2019-MINEDU/VMGP-DIGESU- DICOPRO, de la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, y el Informe Nº 00394-2019-MINEDU/SG-OGAJ de la Ofi cina General de Asesoría Jurídica y; CONSIDERANDO: Que, el artículo 3 de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la universidad es una comunidad académica orientada a la investigación y a la docencia, que brinda una formación humanista, cientí fi ca y tecnológica con una clara conciencia de nuestro país como realidad multicultural. Adopta el concepto de educación como