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27 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de abril de 2019 El Peruano / DISPOSICIÓN COMPLEMENTARIA DEROGATORIA Única.- Derogatoria Déjese sin efecto la Resolución Jefatural N° 058-2017- ANA, que dictó disposiciones para regular la forma y los plazos en que los usuarios de agua abonan la retribución económica por el uso del agua y por el vertimiento de agua residual tratada. Regístrese, comuníquese y publíquese.WALTER OBANDO LICERA JefeAutoridad Nacional del Agua 1762864-1 CUL TURA Disponen la prepublicación del proyecto de “Reglamento de Intervenciones Arqueológicas” en el portal institucional del Ministerio RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 162-2019-MC Lima, 22 de abril de 2019VISTO, el Informe N° 000178-2019/DGPA/VMPCIC/ MC de la Dirección General de Patrimonio Arqueológico Inmueble; CONSIDERANDO: Que, el artículo 21 de la Constitución Política del Perú, establece que los yacimientos y restos arqueológicos, construcciones, monumentos, lugares, documentos bibliográ fi cos y de archivo, objetos artísticos y testimonios de valor histórico, expresamente declarados bienes culturales, y provisionalmente los que se presumen como tales, son Patrimonio Cultural de la Nación, independientemente de su condición de propiedad privada o pública; los mismos que están protegidos por el Estado, garantizándose la propiedad de dicho patrimonio y fomentándose la participación privada en la conservación, restauración, exhibición y difusión del mismo; Que, el artículo 4 de la Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura, establece entre las áreas programáticas de acción del Ministerio, las vinculadas al Patrimonio Cultural de la Nación, sobre las cuales ejerce competencia, funciones y atribuciones; Que, la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, tiene por objeto establecer políticas nacionales de defensa, protección, promoción, propiedad y régimen legal; así como, el destino de los bienes que constituyen el Patrimonio Cultural de la Nación; Que, el artículo 28-C del Reglamento de la Ley N° 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación, aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2006-ED, establece que las intervenciones en bienes inmuebles arqueológicos se rigen por las disposiciones especiales emitidas por el Ministerio de Cultura sobre la materia; Que, en ese contexto, se ha elaborado una propuesta denominada “Reglamento de Intervenciones Arqueológicas” que contiene un Título Preliminar, cuatro (4) Títulos y cincuenta y cinco (55) artículos, que forman parte integrante de la propuesta; Que, en el marco de lo establecido por el artículo IV del Título Preliminar y artículo 14 de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, resulta pertinente disponer la prepublicación de la propuesta, a fi n de que las personas interesadas formulen comentarios sobre el proyecto de “Reglamento de Intervenciones Arqueológicas”, conforme a lo dispuesto por el artículo 14 del Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general, aprobado por Decreto Supremo N° 001-2009-JUS; De conformidad con la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo; Ley Nº 29565, Ley de creación del Ministerio de Cultura; la Ley Nº 28296, Ley General del Patrimonio Cultural de la Nación; en su Reglamento aprobado mediante Decreto Supremo N° 011-2006-ED; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Cultura aprobado por Decreto Supremo N° 005-2013-MC; y el Decreto Supremo N° 001-2009-JUS, Reglamento que establece disposiciones relativas a la publicidad, publicación de proyectos normativos y difusión de normas legales de carácter general; SE RESUELVE:Artículo 1.- Prepublicación del proyecto Disponer la prepublicación del proyecto de “Reglamento de Intervenciones Arqueológicas”. Dicha prepublicación se realizará en el portal institucional del Ministerio de Cultura (www.cultura.gob.pe), a fi n de conocer las opiniones, comentarios y/o sugerencias de la ciudadanía en general, durante el plazo de diez (10) días calendario, contados a partir de la publicación de la presente Resolución Ministerial en el Diario O fi cial El Peruano. Artículo 2.- Recepción, procesamiento y sistematización Las opiniones, comentarios y/o sugerencias que se reciban acerca del Proyecto de “Reglamento de Intervenciones Arqueológicas”, deben ser remitidos por escrito al Ministerio de Cultura, sito en Avenida Javier Prado Este N° 2465, San Borja – Lima y/o a la dirección electrónica comentariosria@cultura.gob.pe Regístrese, comuníquese y publíquese.ULLA HOLMQUIST PACHAS Ministra de Cultura 1762972-1 DESARROLLO E INCLUSION SOCIAL Designan Coordinador de Logística de la Unidad de Administración del Programa Nacional Cuna Más RESOLUCIÓN DE DIRECCIÓN EJECUTIVA Nº 560-2019-MIDIS/PNCM Lima, VISTO:El Memorándum Nº 147-2019-MIDIS/PNCM/DE, de fecha 23 de abril de 2019, emitido por la Dirección Ejecutiva; el Memorándum Nº 778-2019-MIDIS/PNCM/UGTH; de fecha 23 de abril de 2019, emitido por la Unidad de Gestión del Talento Humano; el Informe Nº 626-2019-MIDIS/PNCM/UAJ, emitido por la Unidad de Asesoría Jurídica; y, CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Supremo Nº 003-2012-MIDIS se creó el Programa Nacional Cuna Más, como programa social focalizado, adscrito al Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social, con el propósito de brindar atención integral a niñas y niños menores de 36 meses de edad en zonas en situación de pobreza y pobreza extrema, el cual brinda sus servicios a través de dos modalidades de intervención: a) Cuidado Diurno y b) Acompañamiento a Familias, y cuyo plazo de vigencia fue ampliado mediante Decreto Supremo Nº 014-2017-MIDIS hasta el 31 de diciembre de 2022; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 274-2017-MIDIS, publicada el 12 de diciembre de 2017,