Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 24 DE ABRIL DEL AÑO 2019 (24/04/2019)

CANTIDAD DE PAGINAS: 116

TEXTO PAGINA: 32

32 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de abril de 2019 / El Peruano derecho fundamental y servicio público esencial, y está integrada por docentes, estudiantes y graduados, precisando que las universidades públicas son personas jurídicas de derecho público. Asimismo el artículo 8 de la Ley establece que el Estado reconoce la autonomía universitaria, la cual se ejerce de conformidad con lo establecido en la Constitución, la Ley y demás normativa aplicable, y se mani fi esta en los regímenes normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico; Que, mediante la Ley Nº 29620, se crea la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba - UNIQ, como persona jurídica de derecho público interno, con sede en la ciudad de Quillabamba, provincia de La Convención, departamento de Cusco; Que, el artículo 29 de la Ley Universitaria establece que aprobada la Ley de creación de una universidad pública, el Ministerio de Educación constituye una Comisión Organizadora integrada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, que cumplan los mismos requisitos para ser Rector, y como mínimo un (1) miembro en la especialidad que ofrece la universidad; la misma que tiene a su cargo la aprobación del estatuto, reglamentos y documentos de gestión académica y administrativa de la universidad, formulados en los instrumentos de planeamiento, así como su conducción y dirección hasta que se constituyan los órganos de gobierno que le correspondan; Que, los literales l) y o) del artículo 9 del Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; establecen, como algunas de las funciones del Despacho Viceministerial de Gestión Pedagógica, la de constituir y reconformar las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas creadas por ley, y aprobar actos resolutivos y documentos normativos, en el marco de su competencia; Que, el literal g) del artículo 148 del referido Reglamento dispone como una de las funciones de la Dirección General de Educación Superior Universitaria, la de proponer la conformación de las Comisiones Organizadoras de las universidades públicas; para tal efecto, su Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria tiene, entre otras funciones, la de proponer los miembros para la conformación de Comisiones Organizadoras de universidades públicas, así como realizar el seguimiento del cumplimiento de la normativa aplicable, de conformidad con lo previsto en el literal e) del artículo 153 de la mencionada norma; Que, el numeral 6.1.1 del Acápite VI Disposiciones Especí fi cas de la Norma Técnica “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU, establece que la Comisión Organizadora está conformada por tres (3) académicos de reconocido prestigio, cuyo desempeño es a tiempo completo y a dedicación exclusiva, quienes tienen la calidad de funcionarios públicos de libre designación y remoción, y ejercerán los cargos de Presidente, Vicepresidente Académico y Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora, según corresponda; Que, el numeral 6.1.2 del Acápite VI Disposiciones Especí fi cas de la Norma Técnica antes citada, establece que la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, es la encargada de la selección de los miembros de las Comisiones Organizadoras, cuyo procedimiento comprende las siguientes actividades: invitación a expresiones de interés, evaluación, selección y designación; Que, mediante Resolución Viceministerial Nº 145-2018-MINEDU, se reconforma la Comisión Organizadora de la UNIQ, quedando integrada de la siguiente manera: AGUSTIN PERALES ANGOMA, Presidente; LUIS ALBERTO TARAMONA RUIZ, Vicepresidente Académico; y EDWARD ENRIQUE ROJAS DE LA PUENTE, Vicepresidente de Investigación; Que, mediante Carta Nº 003-2019-UNIQ-CO-VPI el señor EDWARD ENRIQUE ROJAS DE LA PUENTE presentó su renuncia al cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNIQ; Que, mediante O fi cio Nº 00471-2019-MINEDU/VMGP-DIGESU, la Dirección General de Educación Superior Universitaria remite el Informe Nº 00031-2019-MINEDU/VMGP-DIGESU-DICOPRO, en virtud del cual la Dirección de Coordinación y Promoción de la Calidad de la Educación Superior Universitaria, por las razones expuestas en el referido informe, propone: i) Aceptar la renuncia de EDWARD ENRIQUE ROJAS DE LA PUENTE al cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNIQ; ii) Dar por concluida la designación de AGUSTIN PERALES ANGOMA, como Presidente, y de LUIS ALBERTO TARAMONA RUIZ, como Vicepresidente de Académico de la Comisión Organizadora de la UNIQ; iii) Reconformar la Comisión Organizadora de la UNIQ; y, iv) De acuerdo con la evaluación realizada, propone designar a OSWALDO LUIZAR OBREGON en el cargo de Presidente, a ROOSEVELT BENEL VILLALOBOS DIAZ en el cargo de Vicepresidente Académico y a MANUEL ANTONIO CANTO SAENZ en el cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la UNIQ; Con el visado de la Dirección General de Educación Superior Universitaria y de la O fi cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo dispuesto en el Decreto Ley Nº 25762, Ley Orgánica del Ministerio de Educación modi fi cado por la Ley Nº 26510; la Ley Nº 30220, Ley Universitaria; la Ley Nº 29620, Ley que crea la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba; el Reglamento de Organización y Funciones del Ministerio de Educación, aprobado por Decreto Supremo Nº 001-2015-MINEDU; y, la Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU que aprueba la Norma Técnica denominada “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución”; SE RESUELVE:Artículo 1.- Aceptar la renuncia de EDWARD ENRIQUE ROJAS DE LA PUENTE al cargo de Vicepresidente de Investigación de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2.- Dar por concluida la designación de AGUSTIN PERALES ANGOMA al cargo de Presidente, y de LUIS ALBERTO TARAMONA RUIZ al cargo de Vicepresidente Académico de la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 3.- Reconformar la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba, la misma que estará integrada por: - OSWALDO LUIZAR OBREGON, Presidente; - ROOSEVELT BENEL VILLALOBOS DIAZ, Vicepresidente Académico; y - MANUEL ANTONIO CANTO SAENZ, Vicepresidente de Investigación. Artículo 4.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional Intercultural de Quillabamba, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de 30 días calendarios contados a partir de la vigencia de la presente resolución, un plan de trabajo para el presente año, un informe sobre el estado situacional y el informe de entrega de cargo presentado por la saliente Comisión Organizadora, conforme a lo previsto en el numeral 6.1.8 de las Disposiciones Especí fi cas de la Norma Técnica “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA PATRICIA ANDRADE PACORA Viceministra de Gestión Pedagógica 1762968-1