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28 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de abril de 2019 / El Peruano se resolvió aprobar el Manual de Operaciones del Programa Nacional Cuna Más, en el cual se determina su estructura, funciones generales, funciones especí fi cas de las unidades que lo integran, así como los principales procesos estratégicos, misionales y de apoyo de conformidad con los lineamientos establecidos por el Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; Que, la Dirección Ejecutiva es la máxima autoridad ejecutiva y administrativa del Programa Social que depende jerárquica y funcionalmente del Despacho Viceministerial de Prestaciones Sociales del MIDIS y tiene a su cargo la decisión estratégica, conducción y supervisión de la gestión del Programa Social. Se encuentra a cargo de una Directora Ejecutiva quien ejerce la representación legal del Programa y la Titularidad de la Unidad Ejecutora; Que, mediante Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 1603-2017-MIDIS/PNCM, de fecha 14 de diciembre de 2017, se aprobó el Manual de Clasi fi cador de Cargos del Programa Nacional Cuna Más, a fi n de establecer las características básicas generales de los cargos funcionales del Programa; Que, mediante Resolución Ministerial Nº 011-2018-MIDIS, se aprobó el Cuadro para Asignación de Personal Provisional – CAP Provisional del Programa Nacional Cuna Más; Que, con Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 595-2018-MIDIS/PNCM, de fecha 22 de junio de 2018, se designó al señor Yuri Felix Bustamante Saravia en el cargo de Coordinador de Logística de la Unidad de Administración del Programa Nacional Cuna Más; Que, en ese sentido, mediante memorándum de visto, la jefa de la Unidad de Gestión del Talento Humano, pone a conocimiento la renuncia presentada por el señor Yuri Felix Bustamante Saravia al cargo de Coordinador de Logística de la Unidad de Administración; y asimismo, precisa que mediante memorándum de visto la Dirección Ejecutiva solicitó se evalúe el perfi l profesional del señor Gerald Renzo Benavente Quesquen, para dicho puesto; por lo que, precisa que el citado cumple el per fi l requerido conforme al Manual de Clasi fi cador de Cargos del Programa Nacional Cuna Más, aprobado por Resolución de Dirección Ejecutiva Nº 1603-2017-MIDIS/PNCM; Que, en ese sentido, se debe emitir el acto de administración interna mediante el cual se designe a la persona que asumirá el cargo de Coordinador de Logística de la Unidad de Administración del Programa Nacional Cuna Más; De conformidad con el Decreto Supremo Nº 003-2012-MIDIS modi fi cado por el Decreto Supremo Nº 014-2017-MIDIS, la Resolución Ministerial Nº 274-2017-MIDIS, la Resolución Ministerial Nº 011-2018-MIDIS, Resolución Ministerial Nº 082-2019-MIDIS y conforme los instrumentos internos de gestión del Programa Nacional Cuna Más del Ministerio de Desarrollo e Inclusión Social; SE RESUELVE:Artículo 1º.- ACEPTAR la renuncia presentada por el señor YURI FELIX BUSTAMANTE SARAVIA , en el cargo de Coordinador de Logística de la Unidad de Administración del Programa Nacional Cuna Más, dándole las gracias por los servicios prestado. Artículo 2º.- DESIGNAR al señor GERALD RENZO BENAVENTE QUESQUEN, en el cargo de Coordinador de Logística de la Unidad de Administración del Programa Nacional Cuna Más. Artículo 3º.- DISPONER su publicación en el Portal Institucional del Programa Nacional Cuna Más (www.cunamas.gob.pe), en la fecha de su publicación en el Diario O fi cial “El Peruano”. Regístrese, comuníquese, y publíquese.MARÍA MÓNICA MORENO SAAVEDRA Directora EjecutivaPrograma Nacional Cuna Más 1762971-1ECONOMIA Y FINANZAS Autorizan la Transferencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2019 a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil DECRETO SUPREMO N° 126-2019-EF EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA CONSIDERANDO: Que, el párrafo 10.3 del artículo 10 del Decreto de Urgencia N° 001-2019, Decreto de Urgencia que establece medidas para la atención de intervenciones ante la ocurrencia de intensas precipitaciones pluviales, dispone que los saldos de los recursos transferidos al Instituto Peruano del Deporte en el marco del Decreto Supremo Nº 005-2019-EF, y que no fueron habilitados a favor del Ministerio de Educación en aplicación del párrafo 10.1 del citado artículo 10, son transferidos al Instituto Nacional de Defensa Civil en el marco de lo establecido en el párrafo 4.2 del artículo 4 del referido Decreto de Urgencia; Que, el párrafo 4.2 del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 001-2019, autoriza a las entidades del Poder Ejecutivo a realizar modi fi caciones presupuestarias a nivel institucional a favor del Instituto Nacional de Defensa Civil, con cargo a los saldos de libre disponibilidad de su presupuesto institucional, por la fuente de fi nanciamiento 1: Recursos Ordinarios, mediante Decreto Supremo refrendado por el Ministro de Economía y Finanzas y el Ministro del Sector correspondiente, a solicitud de este último; Que, el párrafo 4.3 del artículo 4 del Decreto de Urgencia N° 001-2019, indica que los recursos transferidos conforme a lo dispuesto en el párrafo 4.2 se destinan al fi nanciamiento de actividades e inversiones para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación, y reconstrucción ante la ocurrencia de peligros generados por fenómenos de origen natural e inducidos por la acción humana, en las zonas a las que se re fi ere el artículo 2 de dicho Decreto de Urgencia; siendo que, dichas actividades e inversiones deben ser priorizadas por la Comisión Multisectorial del “Fondo para intervenciones ante la ocurrencia de desastres naturales” (FONDES), conforme a lo establecido en el párrafo 4.5 del artículo 4 de la Ley Nº 30458, Ley que regula diversas medidas para fi nanciar la ejecución de Proyectos de Inversión Pública en apoyo de Gobiernos Regionales y Gobiernos Locales, los Juegos Panamericanos y Parapanamericanos y la ocurrencia de desastres naturales, el párrafo 13.4 del artículo 13 de la Ley Nº 30624, Ley que dispone medidas presupuestarias para el impulso del gasto en el Año Fiscal 2017, y el Decreto Supremo Nº 132-2017-EF; Que, la Unidad de Presupuesto de la O fi cina de Presupuesto y Plani fi cación del Instituto Peruano del Deporte, mediante el Informe N° 001061-2019-UPTO/IPD, señala que en el presupuesto institucional del pliego 342: Instituto Peruano del Deporte, en la Fuente de Financiamiento 1: Recursos Ordinarios, se cuenta con saldos disponibles con cargo a los recursos que le fueron transferidos mediante el Decreto Supremo N° 005-2019-EF a fi n de cumplir con lo dispuesto en el párrafo 10.3 del artículo 10 del Decreto de Urgencia N° 001-2019; Que, la Unidad de Plani fi cación y Presupuesto de la Ofi cina de Plani fi cación Estratégica y Presupuesto de la Secretaría de Plani fi cación Estratégica del Ministerio de Educación mediante el Informe N° 00372-2019-MINEDU/SPE-OPEP-UPP, opina que es técnicamente factible la gestión de una Transferencia de Partidas del pliego 342: Instituto Peruano del Deporte a favor del pliego 006: Instituto Nacional de Defensa Civil para el fi nanciamiento de actividades e inversiones para la mitigación, capacidad de respuesta, rehabilitación, y reconstrucción ante la ocurrencia de peligros generados por fenómenos de origen natural e inducidos por acción humana, en las