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35 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de abril de 2019 El Peruano / - MANUEL ISAIAS VERA HERRERA, Presidente; - TIBURCIO RUFINO SOLANO LEON, Vicepresidente Académico; y - GILBERT NILO RODRIGUEZ PAUCAR, Vicepresidente de Investigación. Artículo 3.- Disponer que la Comisión Organizadora de la Universidad Nacional “José María Arguedas”, remita al Ministerio de Educación, en un plazo máximo de 30 días calendarios contados a partir de la vigencia de la presente resolución, un plan de trabajo para el presente año, un informe sobre el estado situacional y el informe de entrega de cargo presentado por la saliente Comisión Organizadora, conforme a lo previsto en el numeral 6.1.8 de las Disposiciones Especí fi cas de la Norma Técnica “Disposiciones para la constitución y funcionamiento de las comisiones organizadoras de las universidades públicas en proceso de constitución, aprobada por Resolución Viceministerial Nº 088-2017-MINEDU. Regístrese, comuníquese y publíquese.ANA PATRICIA ANDRADE PACORA Viceministra de Gestión Pedagógica 1762969-1 ENERGIA Y MINAS Otorgan concesiones eléctricas rurales para desarrollar actividades de distribución de energía eléctrica a favor de SEAL, ubicadas en los departamentos de Arequipa y Ayacucho RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 277-2016-MEM/DGE Lima, 10 de noviembre de 2016VISTO: El Expediente Nº 65368315, sobre concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, presentado por la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. – SEAL; y el informe Nº 360-2016-DGE-DCE; CONSIDERANDO: Que, mediante la Carta SEAL-GG-0252-2015 con registro Nº 2515451 de fecha 08 de julio de 2015, SEAL solicitó la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las instalaciones del proyecto “Ampliación del Sistema de Electri fi cación Rural de las Comunidades de Murco, Pichincha, Tocroyo, Misayanoc y Pucro”, que comprende las zonas: 01, 02, 03 y 04., ubicadas en los distritos de Yura; Huanca y Lluta; provincias de Arequipa y Caylloma, respectivamente, departamento de Arequipa, cuyas coordenadas UTM PSAD56 fi guran en el Expediente; Que, SEAL ha presentado la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), aprobada mediante Resolución Sub Gerencial Regional Nº 062-2012-GRA/ARMA/SG de fecha 21 de agosto de 2012, conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, y artículo 22 de su Reglamento; y la Cali fi cación como Sistema Eléctrico Rural (SER), aprobada mediante Resolución Directoral Nº 018-2013-EM-DGE, de fecha 13 de febrero de 2013, conforme a lo establecido en el artículo 30 Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley 28749, Ley General de Electri fi cación Rural concordado con los artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber veri fi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, ha emitido el Informe Nº 360-2016-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a favor de SEAL, concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las zonas comprendidas en el proyecto “Ampliación del Sistema de Electri fi cación Rural de las Comunidades de Murco, Pichincha, Tocroyo, Misayanoc y Pucro”, ubicado en los distritos de Yura; Huanca y Lluta; provincias de Arequipa y Caylloma, respectivamente, departamento de Arequipa, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las siguientes zonas, según las especi fi caciones obrantes en el expediente: Item Zona Departamento Provincia Distrito 1 Zona 01 Arequipa ArequipaYura Huanca 2 Zona 02 Arequipa Arequipa Huanca 3 Zona 03 Arequipa Arequipa Huanca 4 Zona 04 ArequipaCaylloma Lluta Arequipa Huanca Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 083-2016 a suscribirse con Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. – SEAL, el que consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- Disponer que SEAL incorpore el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 083-2016, referido en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 5.- Disponer que la presente Resolución se notifi que al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, aplicado de acuerdo al artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLA PAOLA SOSA VELA Directora GeneralDirección General de Electricidad 1756704-1 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 278-2016-MEM/DGE Lima, 10 de noviembre de 2016VISTO: El Expediente Nº 65368515, sobre concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica, presentado por la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. – SEAL; y el informe Nº 366-2016-DGE-DCE; CONSIDERANDO:Que, mediante la Carta SEAL-GG-0252-2015 con registro Nº 2515451 de fecha 08 de julio de 2015, SEAL solicitó la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en las instalaciones del proyecto “Electri fi cación Rural del Centro Poblado de la Asociación Pro Vivienda La Barrera”, que comprende la zona de: La Barrera, ubicada en el distrito de Yanaquihua; provincia de Condesuyos, departamento de Arequipa, cuyas coordenadas UTM PSAD56 fi guran en el Expediente;