TEXTO PAGINA: 38
38 NORMAS LEGALES Miércoles 24 de abril de 2019 / El Peruano 2: Pampamarca, 3) SECTOR 3: Quechualla y Toro; y 4) SECTOR 4: Cotahuasi., ubicadas en los distritos de Puyca, Huaynacotas, Alca, Pampamarca, Quechualla, Toro, Cotahuasi y Charcana, provincia de La Unión, departamento de Arequipa, cuyas coordenadas UTM PSAD56 figuran en el Expediente; Que, SEAL ha presentado la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), aprobada mediante Resolución Sub Gerencia Regional Nº 028-2013-GRA/ARMA-SG, de fecha 28 de febrero de 2013, conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, y artículo 22 de su Reglamento; y la Calificación como Sistema Eléctrico Rural (SER), aprobada mediante Resolución Directoral Nº 032-2013-EM/DGE, de fecha 26 de febrero de 2013, conforme a lo establecido en el artículo 30 del Reglamento de la Ley General de Electrificación Rural; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley 28749, Ley General de Electri fi cación Rural concordado con los artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber veri fi cado y evaluado que la peticionaria ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, ha emitido el Informe Nº 363-2016-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural; SE RESUELVE: Artículo 1.- Otorgar a favor de la SEAL, concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de distribución de energía eléctrica en la zona comprendida en el proyecto “SER Cotahuasi III Etapa”, ubicada en los distritos de Puyca, Huaynacotas, Alca, Pampamarca, Quechualla, Toro, Cotahuasi y Charcana, provincia de La Unión, departamento de Arequipa, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 2.- La concesión otorgada comprende las siguientes zonas, según las especi fi caciones obrantes en el expediente: Item Zona Departamento Provincia(s) Distrito(s) 1SECTOR 1. Huaynacotas, Puyca y AlcaArequipa La UniónHuaynacotas Puyca Alca 2SECTOR 2. PampamarcaArequipa La UniónHuaynacotas Pampamarca 3SECTOR 3. Quechualla y ToroArequipa La UniónPampamarca Quechualla Toro Cotahuasi Charcana 4 SECTOR 4. Cotahuasi Arequipa Castilla Cotahuasi Artículo 3.- Aprobar el Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 086-2016 a suscribirse con Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. – SEAL, el que consta de 17 Cláusulas y 03 Anexos. Artículo 4.- Disponer que SEAL incorpore el texto de la presente Resolución Directoral en la Escritura Pública que dé origen al Contrato de Concesión Eléctrica Rural Nº 086-2016, referido en el artículo 3 de la presente Resolución. Artículo 5.- Disponer que la presente Resolución se notifi que al concesionario dentro de los cinco (5) días hábiles siguientes a su expedición en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 54 del Reglamento de la Ley de Concesiones Eléctricas, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 009-93-EM, aplicado de acuerdo al artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural. Regístrese, comuníquese y publíquese.CARLA PAOLA SOSA VELA Directora GeneralDirección General de Electricidad 1756704-5 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 282-2016-MEM/DGE Lima, 10 de noviembre de 2016VISTO: El Expediente Nº 64372816, sobre concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica, presentado por la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A. – SEAL¸y el informe Nº 365-2016-DGE-DCE; CONSIDERANDO:Que, mediante la Carta SEAL-GG-0252-2015 con registro Nº 2515451 de fecha 08 de julio de 2015, SEAL solicitó la concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Instalación de una línea de Subtransmisión entre las localidades de Jahuay y Ocoña en el distrito de Ocoña, provincia de Camaná, región Arequipa”, ubicado en los distritos de Mariscal Cáceres y Ocoña, provincia de Camaná, departamento de Arequipa; Que, SEAL presentó la Declaración de Impacto Ambiental (DIA), aprobada mediante Resolución Sub Gerencial Regional Nº 097-2013-GRA/ARMA-SG, de fecha 27 de setiembre de 2013, conforme a lo establecido en el artículo 3 de la Ley Nº 27446, Ley del Sistema Nacional de Evaluación de Impacto Ambiental, y artículo 22 de su Reglamento; y la Cali fi cación como Sistema Eléctrico Rural, aprobada mediante Resolución Directoral Nº 037-2015-MEM/DGE de fecha 17 de febrero de 2015, de acuerdo a los requisitos señalados en el artículo 30 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 025-2007-EM; Que, la solicitud está amparada en las disposiciones contenidas en el artículo 20 de la Ley 28749, Ley General de Electri fi cación Rural concordado con los artículos 28, 29, 30 y 31 de su Reglamento, habiendo cumplido con los requisitos legales de presentación; Que, la Dirección General de Electricidad, luego de haber veri fi cado y evaluado que el peticionario ha cumplido con los requisitos establecidos en el Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural, ha emitido el Informe Nº 365-2016-DGE-DCE; Estando a lo dispuesto en el artículo 31 del Reglamento de la Ley General de Electri fi cación Rural; SE RESUELVE:Artículo 1.- Otorgar a favor de SEAL, concesión eléctrica rural para desarrollar la actividad de transmisión de energía eléctrica en el proyecto “Instalación de una línea de Subtransmisión entre las localidades de Jahuay y Ocoña en el distrito de Ocoña, provincia de Camaná, región Arequipa”, ubicado en los distritos de Mariscal Cáceres y Ocoña, provincia de Camaná, departamento de Arequipa, en los términos y condiciones de la presente Resolución y los que se detallan en el Contrato de Concesión que se aprueba en el artículo 3 de la presente Resolución Directoral. Artículo 2.- Las características principales de los bienes indispensables para operar la concesión son los siguientes: ItemLínea SubtransmisiónTensión (kV)SistemaLongitud (km)Ancho Faja Servidumbre (m) 1 L.S.T. Jahuay - Ocoña 33 Trifásico 31,45 11